En una jornada con particularidades, por cuestiones que no hacen al asunto central de este proceso, el Tribunal Oral Federal N° 1 de Salta condenó ayer a diez años de prisión al ex director de Seguridad de la Policía de Salta, Joaquín Guil, y a cinco años al ex agente de esa fuerza, Carlos Feliciano "Perro" Estrada, por delitos de lesa humanidad.

La condena fue por los allanamientos, las detenciones y las torturas que sufrió Tomás Ricardo Cuadri, que fue secretario del ministro de Gobierno Enrique Pifester Frías durante la gestión del ex gobernador Miguel Ragone, también él víctima del terrorismo estatal, secuestrado y desaparecido el 11 de marzo de 1976. 

En una audiencia corta, con la diligencia que acostumbra el TOF 1, los jueces Federico Santiago Díazy Mario Marcelo Juárez Almaraz y la jueza Marta Liliana Snopek, escucharon las réplicas de la fiscalía, la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la defensa oficial quer representó a ambos acusados y tras un corta deliberación dio a conocer la sentencia. 

El inicio de la lectura del fallo generó cierta confusión e incluso el represor Joaquín Guil (que ya carga con varias condenas a perpetua por otros crímenes de lesa humanidad) celebró puño en alto, creyendo que por primera vez había logrado salir absuelto de un proceso de lesa humanidad. Se equivocaba. 

Ocurrió que el Tribunal lo absolvió de la acusación en relación a dos hechos, pero lo condenó por otro. A Estrada también lo absolvió en un hecho, pero lo condenó por otro. 

El fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila y el fiscal general Carlos Amad habían acusado por tres hechos. El primero es por un operativo del 21 de abril de 1976, cuando un grupo de policías, entre ellos Estrada, entraron a la casa de Cuadri, y tras trastocar todo lo llevaron detenido a la Central de Policía, ubicada en pleno centro de la ciudad de Salta, donde fue torturado. La fiscalía sostuvo que salió el 5 de mayo de 1976, aproximadamente. 

El segundo hecho es del 8 de septiembre de 1976. Esa noche allanaron otra vez la casa de Cuadri y otra vez lo detuvieron, lo encapucharon y lo obligaron a ir en el piso boca abajo en un vehículo en el que había otras personas detenidas. Varios testigos afirmaron que de ese operativo participaron los policías Néstor "El Chango" Valdiviezo, Jorge del Milagro "Cachavacha" Homez y Estrada. Esa vez Cuadri fue llevado hasta un descampado donde fue sometido a un simulacro de fusilamiento y luego fue a parar otra vez en la Central, donde fue torturado nuevamente. Esta vez estuvo detenido unos 68 días. 

El tercer hecho es del 31 de enero de 1979. La Brigada de Investigaciones de la Policía allanó otra vez la casa de Cuadri, lo detuvieron y lo llevaron a la Central, “donde nuevamente fue golpeado y torturado". Salió el 6 de febrero de 1979.

Guil fue absuelto en relación al primer hecho y por algunos delitos en el tercer hecho, y fue condenado por el segundo hecho, como "coautor mediato" de los delitos de "allanamiento ilegal, privación de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas" e "imposición de tormentos agravados por resultar la víctima perseguido político"; en relación al tercer hecho, fue condenado también por imposición de tormentos agravado. 

Estrada fue absuelto por el primer hecho, y condenado por el hecho dos, en su caso, como "coautor material", dado que participó en persona de los allanamientos y detenciones, mientras que Guil era uno de los jefes, integrante de la plana mayor, que permitió estos procedimientos ilegales. 

"Se hizo justicia"

Más allá de estas especificaciones que vienen a cuento por la confusión de Guil, Tomás Cuadri y su familia, que escucharon el veredicto en la sala de audiencia, se manifestaron satisfechos con la sentencia. "Se hizo justicia", dijo con emoción su hija Evangelina Cuadri,  también víctima de estos hechos y que dio uno de los testimonios principales para el proceso. 

La persecución que Cuadri y su familia sufrieron en la última dictadura cívico militar, que incluyó la pérdida de fuentes laborales, lo obligó a irse a Buenos Aires. Fue tal el hostigamiento que hasta pasaron hambre. 

Cuadri soportó reiterados allanamientos en su domicilio, fue detenido al menos tres veces, de abril de 1976 a febrero de 1979, siempre lo torturaron interrogándolo sobre el paradero de Enrique Pfister Frías. Al sostener la acusación el fiscal adh Juan Manuel Sivila sostuvo que todos estos hechos “formaron parte de un conjunto de acciones de persecución mucho más extensas emprendidas por integrantes de las agencias de seguridad de la provincia en razón de que Cuadri fue considerado un oponente al régimen de poder imperante".

La querella de la Secretaría de DDHH de la Nación, representada por el abogado Gastón Casabella, aseguró que Cuadri fue considerado "subversivo" por el solo hecho de estar relacionado a Ragone.

La querella había pedido penas de 15 años de prisión para ambos acusados, mientras que el fiscal Carlos Amad había solicitado 15 años para Guil y de 11 para Estrada.

Cómo anécdota, ayer, en el momento de las réplicas se dio un cruce fuerte entre el fiscal Amad y el defensor oficial Federico Petrina

"No voy a permitir de ningún modo que se afirme que este Ministerio Público Fiscal se aleja de la ley", empezó el fiscal respondiendo al alegato del defensor. También le recriminó, entre otras cuestiones, una falta de respeto a las víctimas de estos hechos, y las consideró más preocupante por provenir de un integrante de la defensa pública, dado que el Estado argentino está obligado a respetarlas. Petrina rechazó estas afirmaciones: "Jamás he faltado el respeto a nadie", aseguró y le exigió al fiscal que haga una denuncia si considera que obró mal.