Por Victoria Ginzberg
Hace quince años que
los familiares de los desaparecidos, los organismos de derechos humanos
y todos aquellos que creen que los crímenes del terrorismo de Estado
no pueden quedar sin castigo esperaban este momento. Ayer, el juez federal
Gabriel Cavallo declaró la invalidez, la inconstitucionalidad
y la nulidad insanable de las leyes de Obediencia Debida y Punto
Final. La histórica decisión del magistrado, que intenta
poner fin a la impunidad de secuestradores, asesinos y torturadores, no
es la conclusión de un proceso sino el principio. Cavallo citó
a declarar a Julio Héctor Simón (el Turco Julián)
y Juan Antonio del Cerro (Colores) por las desapariciones
de José Poblete y Gertrudis Hlaczik. El Centro de Estudios Legales
y Sociales (CELS), que realizó el pedido de anulación de
las normas, anunció que abrirá causas penales en las que
serían acusados, entre otros, el represor Jorge Olivera, el recientemente
ascendido a coronel Eduardo Cardozo, el ex marino Alfredo Astiz y el capitán
Raúl Scheller. El jefe del Ejército, Ricardo Brinzoni, también
podría afrontar un proceso judicial por su responsabilidad en la
masacre de Margarita Belén.
La resolución del juez, que para el Ejército es un
retroceso, encuentra frente al Ministerio de Defensa al recién
asumido Horacio Jaunarena, que ocupó el mismo puesto cuando las
leyes de Obediencia Debida y Punto Final fueron elaboradas por el gobierno
de Raúl Alfonsín.
Para el juez, que trabajó durante cinco meses en el caso a la par
de sus secretarios Hernán Folgueiro y Pablo Parenti, ésta
fue la resolución más importante de su carrera.
Cavallo fundamentó su decisión en el derecho y los pactos
internacionales suscriptos por Argentina y en el derecho de gentes
que comprende principios de justicia esenciales para la vida entre
las naciones que son de cumplimiento obligatorio. En base a esas
normas, las desapariciones y tormentos sufridos por el matrimonio Poblete,
tiene el triste privilegio de poder integrar el puñado de
conductas señaladas por la ley de las naciones como criminales,
con independencia del lugar donde ocurrieron y de la nacionalidad de las
víctimas y autores. Como delitos de lesa humanidad
estos hechos son inamnistiables, imprescriptibles y excluyen la obediencia
debida como causal de exclusión de la responsabilidad penal. En
otro punto de la resolución el juez se apoyó en el artículo
29 de la Constitución que establece la nulidad de actos que impliquen
el ejercicio de facultades extraordinarios por parte del Poder Ejecutivo,
y que es extensible a los otros poderes del Estado.
La anulación de las leyes de impunidad así
se las considera en el fallo por ahora, es sólo válida
para el expediente Poblete. Esta causa se inició cuando las Abuelas
de Plaza de Mayo denunciaron que el teniente coronel Ceferino Landa y
Mercedes Moreira se apropiaron de Claudia Victoria Poblete. La niña
fue secuestrada junto con su madre, Gertrudis Hlaczik, el 28 de noviembre
de 1978, cuando tenía ocho meses. El mismo día fue detenido
su papá, José Poblete, un técnico tornero chileno
que había perdido sus piernas en un accidente automovilístico.
En febrero del año pasado, Claudia Victoria recuperó su
identidad y Landa y Moreira fueron arrestados. En el trascurso de la causa,
Cavallo comprobó que en el grupo de tareas que secuestró
a la familia Poblete estaban Colores y el Turco Julián, represores
del centro clandestino de detención El Olimpo. En ese
lugar, José y Gertrudis fueron privados de su libertad y sometidos
a diversas formas de vejámenes y torturas.
Cavallo describió que las prácticas llevadas a cabo dentro
del plan sistemático de represión incluyeron,
entre otras, el sumergir la cabeza de una persona indefensa en el agua
hasta el límite de su resistencia, la aplicación de la corriente
eléctrica en su cuerpo, la sujeción de los detenidos maniatándolos
con cadenas, el sometimiento a simulacros de fusilamiento, la quemadura
de los detenidos con cigarrillos en distintaspartes del cuerpo, la aplicación
de alfileres y otros instrumentos punzantes en las uñas de las
manos y los pies, el acorralamiento de los prisioneros con perros bravos,
al mantenimiento de los detenidos encapuchados por varias semanas acostados
y atados de pies y manos. ¿Es posible que una ley de la Nación
presuma que en tales circunstancias un sujeto dotado de discernimiento
pudo no tener capacidad para revisar la legitimidad de una orden?,
se preguntó el juez. Y agregó que, siguiendo los preceptos
de la Obediencia Debida, habría que suponer, aún cuando
las pruebas indican lo contrario que el personal de las fuerzas
de seguridad que secuestró a José y Gertrudis, las personas
que los torturaron y que denigraban a Poblete cuando aludiendo a su condición
de lisiado lo llamaban cortito y lo arrojaban al suelo desde
lo alto sabiendo que la falta de miembros inferiores impedían evitar
que se golpeara al caer, actuaron cumpliendo órdenes superiores,
no pudiendo resistirlas porque pesaba sobre ellos un estado de coerción.
El escrito destacó la contradicción que encierra la ley
de Obediencia Debida, ya que los represores secuestraron en un mismo
acto a Gertrudis y Claudia Victoria pero según la ley sancionada
en 1987 actuaron cumpliendo órdenes respecto a la madre pero no
en relación a la hija.
Horacio Verbitsky, presidente del CELS, y las abogadas que trabajaron
en la presentación que posibilitó este fallo, María
José Guembe y Carolina Varsky, anunciaron que el organismo de derechos
humanos patrocinará al abogado Horacio Méndez Carreras en
la apertura de dos nuevas causas paradigmáticas: de la Marie Anne
Erize y las de las monjas Alice Domond y Leonie Duquet y que estudia la
presentación de una denuncia contra el jefe del Ejército,
Ricardo Brinzoni (ver aparte).
En la causa Poblete el juez citó para el 15 y 20 de marzo a Simón
y Del Cerro, quienes se convertirían en los primeros procesados
por desapariciones después de quince años. Pero en esta
causa, también podría haber nuevas detenciones de otros
miembros del grupo de tareas que secuestró a la familia Poblete
(ver aparte). Además, la Asociación de ex Detenidos Desaparecidos
pedirá al juez que juzgue a Colores y el Turco Julián por
todas sus víctimas, los sobrevivientes y los que no pudieron escapar
del infierno.
La nulidad de las leyes de impunidad seguramente será apelada por
los abogados de los represores. En ese caso, le tocará a la sala
II de la Cámara Federal confirmar o desechar los argumentos de
Cavallo. Los antecedentes indican que los jueces Horacio Cattani, Eduardo
Luraschi y Martín Irurzun no pondrían trabas a la persecución
de los crímenes del terrorismo de Estado. Fueron estos camaristas
quienes consideraron que había que ampliar la investigación
por el robo de Claudia Victoria a las desapariciones de sus padres y afirmaron
que no se puede invocar la Obediencia Debida en hechos atroces o
aberrantes como la sustracción de un menor acaecida
junto a la privación ilegal de sus padres. Los mismos jueces
ya habían asegurado, en la causa por la desaparición de
Conrado Gómez, que las leyes de Punto Final y Obediencia Debida
no son de cumplimiento obligatorio, sino que deben ser evaluadas en cada
expediente. Además, en el expediente sobre el asesinato del general
chileno Carlos Prats se pronunciaron por la imprescriptibilidad de los
delitos de lesa humanidad. Si la Cámara decide apoyar la anulación
de las leyes también deberá evaluar qué hacer con
las causas de la ESMA y del Primer Cuerpo de Ejército que hasta
ahora se instruyen por el derecho a la verdad.
El gran desafío, en este caso, es la Corte Suprema. En el escrito
conocido ayer, Cavallo recordó que al conceder la extradición
de Erich Priebke, el máximo tribunal aceptó que el derecho
de gentes formaba parte de las legislación interna y consideró
que los delitos cometidos por el criminal nazi eran imprescriptibles.
El juez se preguntó entonces si debía dársele mayor
jerarquía a los crímenes de Priebke que a loscometidos por
la última dictadura sólo porque fueron perpetrados fuera
del país. Los nueve ministros de la Corte tendrán que dar
su respuesta.
Un Clavel en el Olimpo
Juan Antonio del Cerro y Julio Simón no serán los
únicos represores que sufrirán las consecuencias de
la resolución del juez Gabriel Cavallo. El pedido de nulidad
de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final hecho por el CELS
abarca once militares, policías y civiles tres están
muertos que participaron en la represión e impartieron
órdenes en El Olimpo. En la lista están, entre otros,
el ex general Carlos Guillermo Suárez Mason, y el agente
de inteligencia Raúl Antonio Guglielminetti. Además,
el juez está investigando la participación en el secuestro
de la familia Poblete de otros miembros del grupo de tareas del
centro clandestino que los militares consideraban el lugar
de los dioses. El comisario Roberto Antonio Rosa, alias Clavel
(foto), que fue reconocido por sus víctimas cuando el escándalo
del juez federal Norberto Oyarbide lo puso en las tapas de los diarios,
fue integrante de la patota del Olimpo y podría correr la
misma suerte que sus compañeros Simón y Del Cerro.
Rosa fue señalado como socio de Oyarbide y de los prostíbulos
que protegía. También Ricardo Scifo Módica,
alias Alacrán y Carlos Augusto Rolón,
alias Soler, deberían preocuparse. Como Rosa,
Soler fue noticia durante la democracia: los ex detenidos denunciaron
en 1996 que estaba al frente del Centro de Atención a la
Víctima de la Policía Federal.
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Los acusados por el
CELS
El represor Jorge Olivera (foto), el coronel Eduardo Cardozo en
actividad, los oficiales Carlos Malatto y Eduardo Vic, los
marinos Antonio Pernías, Jorge El Tigre Acosta,
Raúl Scheller y el propio jefe del Ejército, Ricardo
Brinzoni, serán algunos de los acusados en las causas que
el CELS piensa impulsar luego de que el juez Gabriel Cavallo decretara
la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Se trata
de los casos de las desapariciones de la joven francoargentina Marie
Anne Erize y de las monjas francesas Alice Domond y Leonie Duquet.
Olivera está imputado por el secuestro y torturas de Erize
y, aunque logró escapar de Italia en base a un papel falsificado,
podría ser enjuiciado en el país. La causa contra
Brinzoni sería por encubrimiento de la Masacre
de Margarita Belén, llevada a cabo en el Chaco el 13 de diciembre
de 1976. En la madrugada de ese día un grupo de entre 13
y 21 detenidos fue sacado de la Unidad Penitenciaria número
7 de Resistencia, supuestamente para ser llevados a una cárcel
de Formosa. Pero en el camino los presos fueron torturados y fusilados.
En ese momento el interventor militar de Chaco era Facundo Serrano.
Brinzoni era funcionario de la intervención y debió
conocer lo que pasaba.
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OPINION
Por Horacio Verbitsky
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Un futuro mejor
Cuando el juez español Baltasar Garzón pidió
la extradición de un centenar de militares argentinos, las
voces del sentido común y de los negocios, aquí y
allí, descalificaron al magistrado como poco serio y vaticinaron
que la Audiencia Nacional revocaría su decisión. Sin
embargo, por unanimidad de los once miembros de su sala penal, esa
corte confirmó que ni el paso del tiempo ni la obediencia
a una orden superior disculpan los crímenes de lesa humanidad
y el genocidio, que no pueden ser perdonados y que deben ser perseguidos
en cualquier lugar del mundo.
Cuando Garzón ordenó el arresto del dictador chileno
Augusto Pinochet en Londres, los expertos en vaticinar el pasado
advirtieron sobre la fragilidad de la democracia chilena y sonrieron
con superioridad ante la obvia decisión adversa que atribuían
a la justicia británica. Pero el tribunal de justicia más
conservador del mundo, el de los Law Lords, concedió su extradición
a España, no una sino dos veces y por abrumadora mayoría.
Lo mismo acaban de hacer un juez y el gobierno mexicano con un torturador
argentino que será enviado a Madrid. La componenda política
devolvió a Pinochet a casa y los escépticos anunciaron
que allí quedaría impune. Sin embargo, la Cámara
de Apelaciones de Santiago dispuso su desafuero para que el juez
Juan Guzmán Tapia lo juzgara por la caravana de la muerte.
Quedaba todavía el recurso ante la Corte Suprema de Justicia.
Nada menos que esos jueces que el mismo Pinochet había designado
confirmaron su desafuero. Hoy se atreven a testimoniar en contra
del ex dictador hasta generales del Ejército y nadie discute
que la democracia chilena se ha fortalecido.
La misma ronda de cínicos o ramplones se ha puesto en movimiento
en la Argentina, a partir de la decisión del juez Gabriel
Cavallo de declarar nulas, inválidas y contrarias a la Constitución
las leyes de punto final y de obediencia debida. Dicen que la Cámara
Federal, o la Cámara de Casación o la Corte Suprema
de Justicia volverán las cosas a su antiguo sofocante orden.
Quienes desde el Centro de Estudios Legales y Sociales hemos promovido
esta resolución histórica creemos que aquí
ocurrirá lo mismo que en España, Gran Bretaña,
México y Chile, porque la fundamentación del fallo
es de una solidez inconmovible, y no hay razón alguna, jurídica,
ética, nacional o internacional, para que no se reanuden
en la Argentina los juicios interrumpidos hace casi quince años.
Un sondeo de opinión publicado el domingo por Clarín
indica que el 78 por ciento de la población está a
favor de la declaración de nulidad y la reanudación
de los juicios. No existen, además, los riesgos para la estabilidad
democrática que el ex presidente Raúl Alfonsín
invocó en su apelación a la ética de
la responsabilidad luego del alzamiento de Semana Santa de
1987. Si entonces seguían en actividad nueve de cada diez
oficiales implicados en la guerra sucia, es seguro que esa misma
proporción de los oficiales del Ejército de hoy está
fuera de sospecha, por la mera renovación generacional. Esto
ni siquiera implica decir que el diez por ciento restante esté
comprometido. Me inclino a creer que no habrá muchas denuncias
nuevas contra criminales que no hayan sido identificados hasta ahora.
En tales condiciones es aventurado imaginar que un tribunal de justicia
que se respete a sí mismo esté dispuesto a marginarse
de las corrientes centrales del derecho internacional y asociarse
a los genocidas, por mero capricho.
El único problema es que el actual jefe de Estado Mayor del
Ejército, general Ricardo Brinzoni, fue secretario general
de la gobernación de la provincia del Chaco en 1976, cuando
se produjo allí la espantosa masacre de Margarita Belén,
en la que dos docenas de detenidos, torturados hasta no poder tenerse
en pie, fueron ejecutados con el inverosímil pretexto de
un intento de fuga. Por eso, Brinzoni pretende cubrirse detrás
de los oficiales jóvenes, en una defensa corporativa, injusta
con la democracia argentina y con el propio Ejército. Es
imprescindible separar a las pocasmanzanas podridas que aún
quedan, para que no contaminen al resto. Los abogados del CELS estudiarán
si hay elementos para acusar a Brinzoni como cómplice o encubridor.
El flamante ministro Horacio Jaunarena haría bien en reemplazarlo
antes de que sea tarde.
También se ha dicho que no es conveniente reabrir viejas
heridas. Es un razonamiento curioso: las heridas fueron abiertas
por la espada, no por la pluma judicial. La presentación
del Centro de Estudios Legales y Sociales no se efectuó pensando
en el pasado ni con afán retributivo. Lo que nos guía
es el presente y el futuro.
La impunidad no es un disvalor que se circunscriba a un momento
y a un sector de la sociedad, sino una mancha venenosa que se extiende
hasta cubrirlo todo. Si los más graves crímenes cometidos
en la historia de nuestro país quedaran sin castigo, ¿qué
sistema jurídico tendría legitimidad para sancionar
los delitos menores, que en comparación con aquellos son
todos los demás? Una sucesión de asesinatos, casos
de corrupción política, lavado de dinero y brutalidad
policial, en los que la justicia actúa tarde y mal han generalizado
esa pringosa sensación de impunidad, en respuesta a la cual
la sociedad erige como su heroína a la diputada Elisa Carrió,
porque se atreve a desafiar esa estructura que degrada la convivencia
y disuelve la República. La reanudación de los juicios
por el genocidio del siglo XX será vital para construir sobre
bases sólidas la democracia del XXI, para que vivamos en
una República y no como rehenes de diversas mafias que se
ríen de la ley porque se sienten fuera de su alcance. En
la biografía reciente escrita por María Seoane y Vicente
Muleiro, el ex dictador Videla descalificó los cargos por
torturas con esta tremenda frase: En este momento se está
torturando en alguna comisaría. De prevenir eso se
trata, precisamente.
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