Por Irina Hauser
La diputada Alicia Castro anunció
que pondrá desde hoy una mesita en la esquina del Congreso, donde
estaba la confitería El Molino, y abrirá las puertas y los
teléfonos de su despacho para asistir a todos los ciudadanos que
quieran hacer reclamos legales para poder cobrar todo su sueldo en efectivo.
La titular del gremio de Aeronavegantes intenta multiplicar los efectos
de una resolución que el juez Martín Silva Garretón
dictó ayer a su favor, en la que declaró inconstitucional
el decreto que puso un tope de 250 pesos por semana para los retiros de
dinero en efectivo. El texto de la medida cautelar que favorece a la diputada
del Frente para el Cambio dice que se está violando el derecho
de propiedad de los trabajadores. Medidas de esta naturaleza no
encuentran antecedente en la historia económica de la Nación,
sostuvo el magistrado. Por ahora el Gobierno no recurrirá a la
Corte Suprema.
Entusiasmados con la idea de una gran movilización
de trabajadores reclamando ante la Justicia, Castro y los diputados Alfredo
Villalba y Luis DElía, imaginaron ayer a la tarde incluso
la posibilidad de abrir un 0800-SALARIO o algún otro servicio por
el estilo. Por ahora, dijeron, probarán suerte entregando instructivos
a quien los necesite en Callao y Rivadavia, y sus asesores legales atenderán
consultas. Pretendemos, dijo Castro, que la gente pueda cobrar sus
salarios, que el Estado está confiscando, sin estas restricciones
inconstitucionales.
Los salarios, insistió la dirigente, forman parte del derecho
de propiedad. Mientras acomodaba su pelo largo y cobrizo, Castro
exhibía sobre la mesa las ocho páginas de la resolución
de Silva Garretón que decían con sello judicial más
o menos lo mismo que ella, con algunos otros ingredientes. La decisión
versa, exclusivamente sobre la posibilidad de disponer del sueldo, pero
no abarca otros problemas que se han planteado (en juzgados aparte) como
las dificultades para cobrar indemnizaciones laborales o cuotas alimentarias,
entre otras cosas.
El juez sostuvo que el salario tiene naturaleza alimentaria, es
decir, está destinado a la cobertura de gastos de subsistencia,
básicamente al consumo y no al ahorro y debe abonarse en dinero,
esto es, en moneda de curso legal.
En el Gobierno intentaron minimizar los efectos de la decisión
del juez contencioso administrativo (ver aparte). Hoy se limitarán
a presentar una apelación en primera instancia sin ir directamente
a la Corte Suprema, a pesar de que los habilitó a hacerlo otro
de los tantos decretos de necesidad y urgencia de este año.
No hay nada que permita argumentar, a entender de Silva Garretón,
que si la gente retira su sueldo íntegro de la caja de ahorro eso
afectará el nivel de los depósitos o el proceso
de reducción del costo de la deuda pública,
temas que aclara con el decreto 1570 se pretenden solucionar.
Tampoco está demostrado a la inversa, señala, que la limitación
de 250 pesos o 250 dólares a la disponibilidad de fondos acreditados
en concepto de sueldo es el medio adecuado para conjurar los efectos de
la situación descripta. Más aún, el magistrado
aventura que disponer del sueldo permitiría estimular el
nivel de actividad económica y, consecuentemente el de recaudación.
Respecto de los importes percibidos en concepto de retribución,
en principio, no pueden admitirse ningún tipo de restricciones
de uso y goce, es tajante la medida cautelar. Pero va más
lejos, ya que analiza la letra del decreto y cuestiona:
Que no fija un plazo
determinado sino que libra las medidas al tiempo que duren
las operaciones de reducción de costo de la deuda.
Carece, señala, de un
criterio de proporcionalidad puesto que autoriza la extracción
semanal de una suma fija no representativa de porcentaje alguno
de los salarios involucrados, lo que viola el principio de igualdad ante
la ley.
Que la complejidad de
la instrumentación de las medidas previstas implican dificultades
y demoras que pueden colocar al asalariado en una situación
de mora en el cumplimiento de posibles obligaciones.
Me permito señalar
que medidas de esta naturaleza no encuentran antecedente en la historia
económica de la Nación, y sólo pueden compararse,
a mi juicio con las restricciones que, respecto de la libertad física,
pueden disponerse previa declaración del estado de sitio...,
incluyó Silva Garretón en sus últimas páginas.
Por lo pronto, la medida cautelar favorece exclusivamente a Alicia Castro,
quien ahora puede retirar todo su sueldo de legisladora, no así
todos sus ahorros. Sólo tendrán efecto colectivo las demandas
que sean presentadas por organizaciones sindicales y de usuarios, y que
la diputada ayer salió a alentar. No creo que los bancos
entren en desobediencia a la Justicia, la única que siempre puede
meter la pata es la Corte, dijo.
Las medidas económicas redondeó la diputada
sólo sirven para proteger al sistema financiero, profundizan la
recesión y afectan a los pequeños y medianos empresarios
y comerciantes. Si (Domingo) Cavallo tuviera sus ahorros en Argentina,
seguramente entendería el malestar generalizado.
Se vienen otros pedidos
Luego de la presentación de Alicia Castro, la vía
judicial amenaza con convertirse en la opción de muchos argentinos
para enfrentar la restricción de depósitos. Ayer se
presentaron las primeras demandas, y la oleada de escritos promete
continuar hoy. Además del pedido de Castro, varios planteos
fueron recibidos en diversos juzgados de la Capital:
La ciudadana Leonor Torres
planteó la nulidad del decreto porque le impide cobrar en
efectivo la cuota alimentaria que usa para atender las necesidades
de su hijo, quien padece de epilepsia.
El secretario general
de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN),
Julio Piumato, presentó un recurso que podría tener
incidencia colectiva. Con el asesoramiento del abogado Héctor
Recalde, Piumato pidió que la nulidad absoluta
por afectación del derecho de propiedad.
El abogado Juan María
Aberg Cobo sostuvo que el Ejecutivo ha actuado de manera maliciosa
y en fraude a la ley. Además, el letrado reclamó
al juez Rodolfo Canicoba Corral que cite a De la Rúa y a
los ministros porque la norma ocasionará graves trastornos
e inducirá a toda clase de males.
|
Castañón,
en contra
Esto no es ni siquiera un fallo, es una medida cautelar
dictada por un juez de primera instancia, y no tiene ninguna importancia
desde el punto de vista jurídico ni institucional,
subestimó Alfredo Castañón, secretario Legal
y Administrativo del Ministerio de Economía, la decisión
del juez Martín Silva Garretón. Por lo pronto los
abogados del Estado, apelarán y esperarán un fallo
de cámara. Si Alicia Castro retira su sueldo probablemente
lo tenga que devolver porque estamos seguros de que la Cámara
nos va a dar la razón, agregó. Por ahora, explicó
no recurrirán a la Corte Suprema, a pesar de que podrían
hacerlo, porque no se ha planteado una situación de
gravedad institucional. Pero a futuro no lo descartan.
|
|