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Un fallo declara inconstitucional
el tope legal para retirar sueldos

El amparo fue planteado por
Alicia Castro quien pidió �y podrá� retirar la totalidad de su dieta. El juez Silva Garretón accedió a su reclamo y comparó las restricciones del decreto
con las del estado de sitio. El
Gobierno apelará.

Alicia Castro hizo público el fallo y ofreció ayuda jurídica para reclamos similares.

Por Irina Hauser

La diputada Alicia Castro anunció que pondrá desde hoy una mesita en la esquina del Congreso, donde estaba la confitería El Molino, y abrirá las puertas y los teléfonos de su despacho para asistir a todos los ciudadanos que quieran hacer reclamos legales para poder cobrar todo su sueldo en efectivo. La titular del gremio de Aeronavegantes intenta multiplicar los efectos de una resolución que el juez Martín Silva Garretón dictó ayer a su favor, en la que declaró inconstitucional el decreto que puso un tope de 250 pesos por semana para los retiros de dinero en efectivo. El texto de la medida cautelar que favorece a la diputada del Frente para el Cambio dice que se está violando el derecho de propiedad de los trabajadores. “Medidas de esta naturaleza no encuentran antecedente en la historia económica de la Nación”, sostuvo el magistrado. Por ahora el Gobierno no recurrirá a la Corte Suprema.
Entusiasmados con la idea de una “gran movilización” de trabajadores reclamando ante la Justicia, Castro y los diputados Alfredo Villalba y Luis D’Elía, imaginaron ayer a la tarde incluso la posibilidad de abrir un 0800-SALARIO o algún otro servicio por el estilo. Por ahora, dijeron, probarán suerte entregando instructivos a quien los necesite en Callao y Rivadavia, y sus asesores legales atenderán consultas. Pretendemos, dijo Castro, que la gente “pueda cobrar sus salarios, que el Estado está confiscando, sin estas restricciones inconstitucionales”.
Los salarios, insistió la dirigente, “forman parte del derecho de propiedad”. Mientras acomodaba su pelo largo y cobrizo, Castro exhibía sobre la mesa las ocho páginas de la resolución de Silva Garretón que decían con sello judicial más o menos lo mismo que ella, con algunos otros ingredientes. La decisión versa, exclusivamente sobre la posibilidad de disponer del sueldo, pero no abarca otros problemas que se han planteado (en juzgados aparte) como las dificultades para cobrar indemnizaciones laborales o cuotas alimentarias, entre otras cosas.
El juez sostuvo que el salario “tiene naturaleza alimentaria, es decir, está destinado a la cobertura de gastos de subsistencia, básicamente al consumo y no al ahorro y debe abonarse en dinero, esto es, en moneda de curso legal”.
En el Gobierno intentaron minimizar los efectos de la decisión del juez contencioso administrativo (ver aparte). Hoy se limitarán a presentar una apelación en primera instancia sin ir directamente a la Corte Suprema, a pesar de que los habilitó a hacerlo otro de los tantos decretos de necesidad y urgencia de este año.
No hay nada que permita argumentar, a entender de Silva Garretón, que si la gente retira su sueldo íntegro de la caja de ahorro eso afectará “el nivel de los depósitos” o el proceso de “reducción del costo de la deuda pública”, temas que –aclara– con el decreto 1570 se pretenden solucionar. Tampoco está demostrado a la inversa, señala, que la “limitación de 250 pesos o 250 dólares a la disponibilidad de fondos acreditados en concepto de sueldo es el medio adecuado para conjurar los efectos de la situación descripta”. Más aún, el magistrado aventura que disponer del sueldo permitiría “estimular el nivel de actividad económica y, consecuentemente el de recaudación”.
“Respecto de los importes percibidos en concepto de retribución, en principio, no pueden admitirse ningún tipo de restricciones de uso y goce”, es tajante la medida cautelar. Pero va más lejos, ya que analiza la letra del decreto y cuestiona:
Que no fija un “plazo determinado” sino que libra las medidas al “tiempo que duren las operaciones de reducción de costo de la deuda”.
Carece, señala, de un criterio de “proporcionalidad” puesto que autoriza la extracción semanal de una suma fija “no representativa de porcentaje alguno de los salarios involucrados, lo que viola el principio de igualdad ante la ley”.
Que la “complejidad de la instrumentación de las medidas” previstas implican “dificultades y demoras que pueden colocar al asalariado” en una situación de mora en el cumplimiento de posibles obligaciones.
“Me permito señalar que medidas de esta naturaleza no encuentran antecedente en la historia económica de la Nación, y sólo pueden compararse, a mi juicio con las restricciones que, respecto de la libertad física, pueden disponerse previa declaración del estado de sitio...”, incluyó Silva Garretón en sus últimas páginas.
Por lo pronto, la medida cautelar favorece exclusivamente a Alicia Castro, quien ahora puede retirar todo su sueldo de legisladora, no así todos sus ahorros. Sólo tendrán efecto colectivo las demandas que sean presentadas por organizaciones sindicales y de usuarios, y que la diputada ayer salió a alentar. “No creo que los bancos entren en desobediencia a la Justicia, la única que siempre puede meter la pata es la Corte”, dijo.
“Las medidas económicas –redondeó la diputada– sólo sirven para proteger al sistema financiero, profundizan la recesión y afectan a los pequeños y medianos empresarios y comerciantes. Si (Domingo) Cavallo tuviera sus ahorros en Argentina, seguramente entendería el malestar generalizado”.

 

Se vienen otros pedidos

Luego de la presentación de Alicia Castro, la vía judicial amenaza con convertirse en la opción de muchos argentinos para enfrentar la restricción de depósitos. Ayer se presentaron las primeras demandas, y la oleada de escritos promete continuar hoy. Además del pedido de Castro, varios planteos fueron recibidos en diversos juzgados de la Capital:
La ciudadana Leonor Torres planteó la nulidad del decreto porque le impide cobrar en efectivo la cuota alimentaria que usa para atender las necesidades de su hijo, quien padece de epilepsia.
El secretario general de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN), Julio Piumato, presentó un recurso que podría tener incidencia colectiva. Con el asesoramiento del abogado Héctor Recalde, Piumato pidió que la “nulidad absoluta” por “afectación del derecho de propiedad”.
El abogado Juan María Aberg Cobo sostuvo que el Ejecutivo “ha actuado de manera maliciosa” y “en fraude a la ley”. Además, el letrado reclamó al juez Rodolfo Canicoba Corral que cite a De la Rúa y a los ministros porque la norma “ocasionará graves trastornos e inducirá a toda clase de males”.

 

Castañón, en contra

“Esto no es ni siquiera un fallo, es una medida cautelar dictada por un juez de primera instancia, y no tiene ninguna importancia desde el punto de vista jurídico ni institucional”, subestimó Alfredo Castañón, secretario Legal y Administrativo del Ministerio de Economía, la decisión del juez Martín Silva Garretón. Por lo pronto los abogados del Estado, apelarán y esperarán un fallo de cámara. “Si Alicia Castro retira su sueldo probablemente lo tenga que devolver porque estamos seguros de que la Cámara nos va a dar la razón”, agregó. Por ahora, explicó no recurrirán a la Corte Suprema, a pesar de que podrían hacerlo, porque “no se ha planteado una situación de gravedad institucional”. Pero a futuro no lo descartan.

 

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