El espionaje sobre familiares que buscaban saber qué pasó con sus seres queridos marcó un antes y un después en la democracia argentina –que está por cumplir 40 años de existencia ininterrumpida–. El único fin que persiguió esa vigilancia fue que no fuera molestado con protestas quien ejercía la presidencia cuando el submarino San Juan de la Armada Argentina se hundió. La Agencia Federal de Inteligencia (AFI) torció la ley para evitarle contratiempos a Mauricio Macri. Esos fueron los principales argumentos que escuchó la Cámara Federal de Casación Penal, que tiene que decidir si sostiene el sobreseimiento del exmandatario u ordena continuar investigando el espionaje ilegal sobre las familias de los 44 tripulantes.

La Sala II de la Casación realizó una audiencia oral para revisar el fallo que el 15 de julio del año pasado dictó la Cámara Federal porteña. En ese momento, los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia reconocieron que la AFI hizo inteligencia sobre las familias de los submarinistas pero dijeron que esta actividad estaba justificada porque se encontraba en riesgo la seguridad del Presidente o la seguridad interior. Con ese argumento, la Sala I de la Cámara Federal –integrada únicamente por jueces que llegaron al tribunal durante el gobierno de Cambiemos– revocó los procesamientos que había dictado el juez Martín Bava contra Macri, el extitular de la AFI Gustavo Arribas y otros diez funcionarios del organismo de inteligencia.

La decisión sobre el futuro de esa causa está ahora en manos de Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Mariano Borinsky, que hicieron una audiencia para escuchar a tres querellas y al Centro de Estudios Legales y Sociales, que actúa como amicus curiae (amigo del tribunal) en la causa. Ni el fiscal Raúl Pleé ni el abogado de Macri, Pablo Lanusse, estuvieron presentes en la sala o se conectaron de manera remota. Los que sí lo hicieron fueron los letrados que representan a Arribas.

Por escrito, Lanusse pidió que se confirmara el fallo de la Cámara y dijo que Macri jamás ordenó espiar a las familias. Sostuvo, además, que el CELS era parcial y no se privó de colocar una provocación hacia Cristina Fernández de Kirchner. "Si se hiciera una interpretación correcta de la resolución del 15 de julio de 2022, veremos que muy posiblemente si la AFI hubiera actuado con esos correctos parámetros allí definidos, y se dejara de mirar con ideologías perimidas, el repudiable y grave intento de magnicidio en contra de la Sra. Vicepresidente, tal vez, podría haberse abortado con antelación", chicaneó.

La postura del CELS

Paula Litvachky, directora ejecutiva del CELS, fue la primera en exponer ante la Casación. Ella les explicó a los jueces que lo que está en juego en este caso es determinar si la AFI puede producir inteligencia por razones de seguridad presidencial o si puede hacerlo con respecto a grupos sociales que protestan o reclaman. La respuesta a los dos interrogantes es no: se lo impide la normativa interna, las pautas del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y tampoco hay sustento para considerar a los familiares del ARA San Juan como un peligro para el Presidente.

Durante su exposición, la representante del CELS sostuvo que:

  • La seguridad presidencial no es un asunto de la AFI, sino de la Casa Militar. La Ley de Inteligencia no le da a la AFI funciones en ese sentido;

  • La Cámara Federal confundió la seguridad presidencial con la seguridad interior. Una es competencia de la Casa Militar y otra, del Ministerio de Seguridad. Incluso si los organismos acordaran cooperar, no pueden hacerlo saltando las disposiciones legales;

  • La AFI no puede decir que estaba haciendo contrainteligencia porque eso implicaría sostener que las familias del ARA San Juan llevaban adelante una tarea de inteligencia, lo que sería “inverosímil e irrespetuoso para quienes sufrieron la pérdida de sus familiares”;

  • El objetivo de las tareas de inteligencia fue tener información sobre los familiares que protestaban y reclamaban al Poder Ejecutivo. “Esto está expresamente prohibido por el artículo 4 de la Ley de Inteligencia Nacional”, reafirmó;

  • En el fallo Kimel, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que la protesta es algo que cualquier funcionario político debe soportar.

“Ninguna regla de seguridad presidencial dispone que los organismos de seguridad o de inteligencia deban evitar que el Presidente se vea molestado por una protesta, ni por una petición”, remarcó Litvachky.

Los planteos de las querellas

Luis Tagliapietra, padre de un submarinista y abogado querellante, dijo que lo que está probado en el expediente es únicamente un mínimo porcentaje de las actividades de espionaje que padecieron las familias. “Nos hicieron recordar las tácticas de personajes siniestros como (Alfredo) Astiz”, sostuvo en referencia al marino que se infiltró en el movimiento de familiares de detenidos-desaparecidos para después secuestrar a tres Madres de Plaza de Mayo.

Lo que tiene ganado la Argentina en materia de derechos humanos no puede tirarse por la borda con este fallo”, dijo la abogada querellante Valeria Carreras, que reclamó que se deje sin efecto la resolución de Llorens, Bertuzzi y Bruglia.

Para Carreras, el fallo de la Cámara Federal se parece a los argumentos de las defensas y dijo que la única actividad que desplegaban las familias era tendiente a saber qué había pasado con el submarino –con el que se perdió todo contacto a mediados de noviembre de 2017–. “Acuérdense de esa frase ‘algo habrán hecho’. Con este fallo se inauguraría la frase ‘te espío porque me molestás’”, afirmó.

La abogada sostuvo que el argumento de que la AFI seguía los movimientos de las familias ante visitas de Mauricio Macri a Mar del Plata es incorrecto porque incluso hay partes de inteligencia de misas u otros que adelantan cuáles serán los reclamos que le harán a Macri en la Casa Rosada. El argumento es “mentira, arbitrario, amañado”, sostuvo.

Mariano Bergés, que representa a las familias de otro hundimiento –El Repunte–, dijo que en este proceso lo más grave fue la desaprensión con la que se manejó la Cámara Federal porteña y que no entendió que la Ley de Inteligencia es un muro de contención para que la AFI haga lo que se investiga en la causa.

Al finalizar, Yacobucci dijo que comunicarían su decisión en el tiempo legal oportuno. La ley establece que son 20 días hábiles, por lo que la definición podría conocerse a finales de septiembre o principios de octubre, es decir, en las vísperas de las elecciones generales en las que Macri no compite pero apoya oficialmente a Patricia Bullrich mientras coquetea extraoficialmente con Javier Milei.