Miércoles, 13 de noviembre de 2013 | Hoy
SOCIEDAD › EL GOBIERNO FIJó LOS FERIADOS TURíSTICOS PARA LOS PRóXIMOS TRES AñOS
Un decreto determinó los feriados “puente” hasta el año 2016. Son los días no laborables instituidos para fomentar el turismo. En 2014 serán el 2 de mayo, por el Día del Trabajo, y el 26 de diciembre, con lo que la Navidad tendrá casi cinco días no laborables.
Ya se puede programar los fines de semana extralargos de los próximos tres años: el gobierno nacional estableció los nuevos feriados con fines turísticos hasta 2016. Los del año próximo serán el 2 de mayo y el 26 de diciembre; los de 2015 serán el 23 de marzo y el 7 de diciembre, y los del 2016, el 8 de julio y 9 de diciembre.
El ministro de Turismo, Enrique Meyer, destacó que “el calendario de feriados brinda un marco de previsibilidad al sector y contribuye a que cada vez más argentinos puedan viajar por el país. En cada fin de semana largo, más de un millón de puestos de trabajo se ponen en marcha”. “El ordenamiento de feriados permite que podamos trabajar de manera más ordenada, teniendo como objetivo primordial el desarrollo de las economías regionales que se ven beneficiadas con el crecimiento y la distribución del turismo durante todo el año, evitando la estacionalidad”, añadió el funcionario.
En los considerandos de la nueva disposición, publicada ayer en el Boletín Oficial, se explica que el artículo 3 del decreto 1584 del año 2010 “instituye los feriados con fines turísticos, facultando al Poder Ejecutivo Nacional, en los casos en que los feriados nacionales coincidan con los días martes o jueves, a fijar dos feriados por año que deberán coincidir con los días lunes o viernes inmediatos respectivos”.
Específicamente sobre el 2016, el nuevo decreto explica que en su transcurso un solo feriado nacional coincidirá con un día martes o jueves, por lo que “corresponde fijar adicionalmente para ese año un feriado en un día determinado”. En ese marco, la disposición destaca que “el 9 de Julio de 2016 se conmemorará el Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la Patria, fecha cúlmine del período de festejos patrios del Bicentenario iniciado el 25 de Mayo de 2010”. Teniendo en cuenta que el 8 de julio de ese año es día laborable, “y previéndose que con motivo de los festejos de la fecha histórica del 9 de Julio habrá una masiva movilización de habitantes, turistas y delegaciones en todo el territorio de la Nación”, el decreto establece ese día como “feriado turístico”.
Los feriados puentes, entonces, serán:
- En 2014: el viernes 2 de mayo, después del Día del Trabajador, y el viernes 26 de diciembre, día posterior a la Navidad.
- En 2015: el lunes 23 de marzo, anterior al feriado del martes 24, el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y por la Justicia, y el lunes 7 de diciembre, fecha anterior al Día de la Inmaculada Concepción de María.
- En 2016: los días no laborables especiales serán el viernes 8 de julio, un día antes del feriado por el Día de la Independencia, y el viernes 9 de diciembre, jornada posterior al Día de la Inmaculada Concepción de María.
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