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Sábado, 23 de enero de 2010

Incentivos fiscales para el patrimonio

 Por Facundo de Almeida *

El patrimonio arquitectónico es un tema instalado en la agenda política porteña. Casi nadie se atreve ya a expresar en voz alta que no es necesario conservarlo, o que no se trata de un recurso cultural y económico importante. La tarea actual y urgente es decidir cuáles edificios antiguos es oportuno conservar y cuáles no, definiendo el “mapa” del patrimonio de la Ciudad.

Pero la tarea no termina allí. Conservar el patrimonio no es sólo identificarlo y prohibir su demolición sino también implementar mecanismos que permitan restaurarlo y darle un uso sustentable y acorde con su valor patrimonial. En este punto, las herramientas que existen en la Ciudad de Buenos Aires son escasas, y las pocas disponibles no se aplican o sólo se utilizan parcialmente.

El único instrumento en uso, aunque tampoco demasiado extendido, es la excepción del pago del impuesto al Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL). El Código de Planeamiento Urbano establece que los propietarios de edificios catalogados pueden solicitar la exención del citado impuesto hasta un ciento por ciento de su valor, como así también los derechos de delimitación y construcción, y la suspensión del revalúo del inmueble por el término de cinco años.

El código prevé también la posibilidad de que el propietario pueda solicitar la transferencia de la capacidad constructiva remanente –los metros que se ve impedido de construir por la protección patrimonial– a otra parcela de la Ciudad. Este procedimiento es tan complicado –requiere la aprobación por parte de la Legislatura de un convenio que previamente tienen que firmar el titular del dominio y el jefe de gobierno en cada caso– y limitado –los metros patrimoniales sólo se pueden aplicar en el sur de la Ciudad– que hasta ahora sólo se utilizó en una oportunidad.

En la Legislatura tramita un proyecto de ley de autoría de la ex presidenta de la Comisión de Patrimonio Arquitectónico, Teresa de Anchorena, del ex diputado Christian Asinelli y del actual diputado Eduardo Epszteyn, que de sancionarse simplificaría notablemente el procedimiento y lo ampliaría a toda la ciudad, compensando así a los propietarios de inmuebles protegidos y generando recursos que deberían aplicar –al menos en parte– a la puesta en valor de la propiedad.

La ley 449 de planeamiento urbano también establece otro mecanismo que jamás ha sido reglamentado. Se trata del Fondo de Estímulo para la Recuperación de Edificios Catalogados (Ferec), incorporado hace una década en la legislación.

El Fondo debería haberse integrado con el 15 por ciento de la recaudación en concepto de Derechos de Delineación y Construcción en el ámbito de toda la Ciudad; las partidas que específicamente destinara el presupuesto cada año; los recursos provenientes de entidades nacionales o extranjeras; donaciones o legados que los particulares instituyeran a favor del Fondo; y la recaudación obtenida por transferencia de capacidad constructiva remanente.

El dinero reunido debería haberse utilizado, mediante créditos otorgados por el Banco Ciudad, a la restauración de inmuebles patrimoniales, y un 15 por ciento a la ejecución de obras y mantenimiento de edificios y espacios públicos valiosos que pertenezcan al dominio de la Ciudad. El incumplimiento durante estos diez años ha sido responsabilidad del Ministerio de Desarrollo Urbano. Tal vez el genuino interés demostrado por el actual presidente del Banco Ciudad, Federico Sturzenegger, en temas de patrimonio, incentive a que finalmente se ponga en marcha este mecanismo.

La ley 1227 de Patrimonio Cultural prevé un sistema de estímulos, que como ocurre con las sanciones tampoco ha sido reglamentado. En este caso, el incumplimiento es atribuible al Ministerio de Cultura, que debería prever premios, créditos y subsidios para la preservación de los bienes protegidos por esa norma.

La ley de Mecenazgo cuenta con un apartado destinado a la preservación de patrimonio cultural, y es por ello que en la primera convocatoria fueron aprobados tres proyectos destinados a la restauración de inmuebles patrimoniales. Los contribuyentes del impuesto a los Ingresos Brutos podrán ahora aportar un porcentaje del monto que deben tributar, para financiar las obras de restauración de la Basílica María Auxiliadora, del Teatro de la Federación de Obreros Católicos y del Teatro Lassalle.

El Fondo Metropolitano de las Ciencias, las Artes y la Cultura, dependiente del Ministerio de Cultura, estableció en 2009 una línea de subsidios de hasta 80 mil pesos para la restauración de edificios catalogados que se encuentren emplazados dentro del Casco Histórico de la Ciudad.

Es claro que los mecanismos son limitados, implementados de forma inconexa y escasa, más aún si tenemos en cuenta la creación y reglamentación de 26 nuevas Areas de Protección Histórica y la catalogación de casi un millar de edificios en los últimos cuatro años. Es urgente que se implementen los procedimientos de financiamiento existentes que hagan sustentable el patrimonio edificado y que se creen otros nuevos que incentiven la inversión privada, siguiendo, por ejemplo, el exitoso modelo del Fideicomiso del Centro Histórico de México, que ha generado en el área una inversión de más 2 mil millones de dólares en los últimos seis años.

Licenciado en Relaciones internacionales. Magíster en gestión cultural por la Universidad de Alcalá de Henares.

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