Jueves, 16 de febrero de 2006 | Hoy
TICKETEK, EN LA MIRA POR “ILEGALIDADES”
Hiciste la cola una noche entera para ver a tu banda favorita, y cuando fuiste a pagar te dijeron que tenías que abonar el 10 por ciento más de “service charge”. ¿Por qué? Porque sí.
Por Juan Manuel Strassburger
El enojo con Ticketek viene desde hace tiempo, pero la caótica (y hasta traumática) venta de entradas para los próximos shows de los Rolling Stones y U2 lo llevó a niveles masivos. Varios fans (y no tanto) empezaron a cuestionarse: “¿Por qué pagar 10 por ciento de ‘service charge’ si yo mismo me movilicé hasta el punto de venta y soporté larguísimas horas de espera? ¿Cuál es el beneficio?”. Lo mismo quienes optaron por internet o la compra telefónica: “¿Por qué me cobran 10 por ciento del ‘service charge’ si ya aboné siete pesos por envío a domicilio o tres pesos por retiro de punto de venta? ¿Cuántos extras me quieren hacer pagar?”. Para colmo, la altísima demanda hizo que, previsiblemente, fuera muy difícil (por no decir casi imposible) acceder a los tickets por teléfono o internet. Situación que afectó, principalmente, a los del interior.
Y es que Ticketek, como bien lo informa su página web, sólo cuenta con puestos físicos de venta en Capital Federal y provincia de Buenos Aires. Aun así, los pocos afortunados que sí pudieron comprar sus tickets por internet o llamando desde su casa también debieron cargar con su cuota infortunio: a escasos días de los ansiados recitales, muchos compradores todavía no recibieron su entrada debido (otra vez) a la altísima demanda. Ante tantos beneficios y facilidades, la pregunta surge sola: ¿existe alguna manera de comprar entradas por fuera de Ticketek? Para los Rolling Stones y U2 no la hubo, y para Oasis (en estos días) tampoco. Se impone, entonces, una segunda pregunta: este tránsito obligatorio y compulsivo por la empresa australiana para ir a ver tu banda favorita... ¿es legal?
El NO consultó a distintos organismos del Estado y encontró que la forma en que Ticketek publicita su servicio peca de “publicidad engañosa” o de “omisión de dato relevante”, de acuerdo con la Ley 22.802 de Lealtad Comercial y la Resolución 7/2002. Además, los miles de perjudicados simplemente por vivir en el interior pueden reclamar el inicio de una investigación sumarial por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. La imposibilidad de comprar la entrada por fuera de la empresa constituye una “venta atada”, situación que vulnera la Ley 25.156 de Defensa de la Competencia y, por ende, volvería “ilegal el servicio de Ticketek”, según una fuente de la comisión dependiente del Ministerio de Economía.
“Se está dando información de forma engañosa: Ticketek anuncia que la entrada tiene un costo que al final no es tal, y eso es una infracción grave”, sentencia Pablo Beverina, asesor legal en Lealtad Comercial de Defensa del Consumidor de la Ciudad. El abogado cuestiona la leyenda que figura antes de cada compra: “Los precios detallados –dice en la web– no incluyen el costo por servicio, los mismos serán informados antes de concluir su compra”. Para Miguel Fortuna, director del organismo, esta forma de publicitar es “ilegal” y motivó que, a fines de enero, enviaran un requerimiento a la empresa que debió responder en 10 días hábiles. “Podríamos estar sacando una medida cautelar en lo inmediato”, anticipa Beverina.
En Defensa del Consumidor de la Nación tienen un punto de vista similar. El asesor legal Leonardo Lepíscopo sostiene que la publicidad de Ticketek incurre en “omisión de dato relevante”. Infracción que tiene que ver con “todo aquello que pueda decidir o no tu opción de compra y que sea eventualmente omitido”. Explica Lepíscopo: “La norma estipula claramente que el consumidor no tiene que estar haciendo el cálculo mental de cuánto le sale un producto o servicio. Esa cuenta la tiene que hacer el empresario y dársela ya resuelta al consumidor”. En cuanto a la situación sufrida por los del interior, Lepíscopo afirma que Defensa del Consumidor previene “una investigación sumarial” por deficiencias en el servicio. El especialista recomienda que todo aquel que se siente perjudicado concurra a alguna dependencia provincial de Defensa del Consumidor y reclame mediante una carta “que Ticketek incumplió en lo prometido por deficienciaen el servicio”. Según Lepíscopo, la empresa deberá demostrar, por su parte, que el incumplimiento se debió “a fuerzas de causa mayor”. Algo difícil de justificar teniendo en cuenta la “altísima demanda”.
Pero, entonces, ¿qué ocurre con respecto a la obligación de pasar por Ticketek para hacerse de una entrada? ¿Es legal? ¿O ilegal? La Comisión de Defensa de la Competencia de la Nación (competente en este tema) no suele tener contacto de la prensa. Ni por este ni por otros motivos. Pero ante la insistencia del NO, una fuente allegada al organismo accedió responder: “Es absolutamente ilegal. Vulnera los incisos I y J del artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia que prohíben expresamente la venta de un servicio a la venta de otro. Es lo que en la jerga se conoce como ‘venta atada’”. Para la fuente, la comisión hasta ahora no ha actuado, porque (increíblemente) no hubo nadie que hiciera la denuncia. O, si lo hizo, no fue en el organismo correcto. “Tenés que presentar un escrito a nuestra comisión denunciando lo que te pasa. No necesitás que sea en lenguaje jurídico ni tener asistencia legal. Sí que sea en el momento.” Por ejemplo, los que ahora compran para el show de Oasis. n
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