Imprimir|Regresar a la nota
Sociedad|Domingo, 6 de diciembre de 2015
MUERTES SIN INVESTIGAR EN INSTITUCIONES DE SALUD MENTAL

Morir de abandono

Según denuncia el CELS, en el Borda y el Moyano se producen muertes por enfermedades evitables. También hay explotación laboral.

Por Carlos Rodríguez
/fotos/20151206/notas/na21fo01.jpg

Un informe sobre Salud Mental realizado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), denuncia irregularidades en el proceso de externación de los pacientes internados en hospitales monovalentes como el Borda o el Moyano y sostiene que “la desidia se refleja en el hecho de que muchas personas han muerto” en los psiquiátricos “sin que se establezcan las causas”. Testimonios de profesionales de la salud señalan que “muchos fallecen por enfermedades que si son oportunamente diagnosticadas y tratadas no tiene por qué conducir a la muerte, como es la neumonía”. El libro del CELS analiza también, a fondo, el trabajo de los pacientes en los Talleres Protegidos, donde producen insumos varios destinados al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En relación con este tema, se afirma que por trabajar 22 horas semanales reciben un “incentivo” que los internos llaman “peculio” y que no puede ser considerado un “salario” dado que se trata de un monto “de 500 pesos mensuales, o menos”.

En el capítulo dedicado a los Talleres Protegidos, se resalta que la actividad productiva es sostenida, pero el régimen que se aplica en esos lugares es distinto al régimen laboral formal establecido para los trabajadores en general. El “incentivo” o “peculio” no constituye “una remuneración regular, igualitaria, proporcional, progresiva ni inalienable por el trabajo realizado, sino que es una asignación que, por su carácter, puede ser precisamente, irregular y arbitraria”.

En ese marco, la mayoría de las personas que reciben ese “peculio” no lo asumen como un sueldo y entienden que la labor realizada “no era un trabajo” sino que lo hacen “para aprender”. Un ejemplo es el de los Talleres Protegidos de Rehabilitación en Salud Mental de la Ciudad, donde “si bien ponen el eje en el entrenamiento de habilidades sociales, más que en la formación profesional, constituyen espacios de producción que surten de insumos a efectores de salud del Gobierno de la Ciudad”, tales como sillas, mesas, armarios, camas, estanterías para almacenar historias clínicas, kits de cirugía descartable, papelería oficial, y una gran diversidad de insumos y servicios de mantenimiento de plomería, gas, etc.

En esos rubros, los Talleres Protegidos son “el principal proveedor de materiales para el área de Salud del Gobierno de la CABA”. Lo que subraya el CELS es que esos talleres “aun siendo lo suficientemente productivos como para abastecer la demanda de insumos de Salud de una jurisdicción como la CABA, el esquema conceptual y normativo” que los define “no reconoce la condición de las personas vinculadas como trabajadores formales”.

Los bienes que producen “no se comercializan” y no hay “transacciones” entre los proveedores y el gobierno porteño, que sólo debe invertir una cifra exigua como “incentivo” o “peculio”. El promedio horario laboral semanal que cumplen los pacientes es de 22 horas y el monto que se les paga es de “500 pesos o menos por mes, un monto minúsculo en relación al tiempo trabajado”.

Como no hay ninguna posibilidad de discusión paritaria entre los pacientes trabajadores y el Gobierno porteño, la situación no se visibiliza ni genera cuestiones por parte de los explotados. Sólo algunos pacientes recordaron que, si estuvieran fuera del psiquiátrico, “en la construcción ganaríamos 200 pesos por día” mientras que “acá ganamos 20 pesos”. Un paciento lo expresó claramente: “Siempre me pregunto si es justo el dinero que me pagan; nos podrían pagar más”.

El mismo problema tienen los que pueden salir y trabajar en casas o empresas particulares: “A veces el dueño de la casa (donde trabaja) me tira unos pesos y a veces no, lo hago por hacer algo, no más”. Afirma el CELS que “la frecuencia con que las personas con discapacidad psicosocial son explotadas, obliga a los profesionales de programas de externación a involucrarse en el seguimiento de sus vicisitudes laborales”.

A los pacientes se les aplica el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad, creado el 7 de enero de 2013, mediante la Ley 26.816, sancionada luego de la entrada en vigencia de la Convención Sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2008, y la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental en el año 2010.

La norma es cuestionada por el Cels porque instauró “un régimen diferenciado al aplicable de forma general para el empleo en relación de dependencia”. Entre las cuestiones más problemáticas señala el Cels que se especifica que la actividad “no configura un contrato de trabajo en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo N 20.744” y que otorga “el carácter de remuneración al salario” estipulando un sistema de “asignaciones mensuales estímulos no remunerativas, equivalentes al 40 por ciento del Salario Mínimo, Vital y Móvil”.

El informe del CELS hace referencia a “las formas particulares de exclusión social e institucional” que sufren las personas en proceso de externación de los hospitales psiquiátricos. El trabajo subraya que la situación de estas personas que han vivido “largos períodos de internación “decanta primordialmente de la estigmatización del diagnóstico psiquiátrico, aunque emerge de un contexto social discriminatorio previo”. Esto lleva a que “la representación social –magnificada a través de los medios de comunicación– que prevalece sea la que los etiqueta como seres peligrosos y violentos”. Mientras tanto, “el Estado, a través de sus operadores, reproduce esa mirada y esos prejuicios”. Por esa razón, desde hace más de cien años, “valida judicialmente medidas de control y restricción de derechos, como la interdicción civil, la internación involuntaria, y los tratamientos compulsivos; prácticas que son fuentes de graves y estructurales violaciones a los derechos humanos”.

El extenso informe tiene un bloque dedicado a los fallecimientos de pacientes en los neuropsiquiátricos “sin que se conozcan las causas” porque “a los pacientes psiquiátricos no se les practican necropsias” para determinar si hubo mala praxis o algún tipo de violencia. En este punto se cita el estremecedor relato de una médica: “Las personas que están encerradas, hacinadas, con poco registro de su cuerpo, con poco registro de síntomas, con poco del hecho de pedir atención médica” son más factibles de que “se mueran de neumonía”.

Lo que agrava la situación, de acuerdo con el mismo testimonio, es que en los certificados se dice que la muerte fue por “neumonía”, pero cuando los médicos solicitan que se haga una autopsia, no logran que se haga. “Peleamos por la necropsia, pero la necropsia no se hace en el hospital”. La referencia concreta, en este caso, era al Centro de Salud Mental Dr. Franco Basaglia, de la provincia de Buenos Aires.

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar|República Argentina|Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.