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Sociedad|Sábado, 19 de marzo de 2016
UN COMITE DE LA ONU CONSIDERO QUE CRIMINALIZAR EL ABORTO VIOLA EL DERECHO A LA SALUD

Un dictamen por la despenalización

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sostuvo que las leyes que criminalizan el aborto son discriminatorias y señaló que los estados parte deben garantizar el acceso al aborto seguro. El dictamen es de cumplimiento obligatorio para la Argentina.

Por Mariana Carbajal
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Especialistas en derechos de género evaluaron de manera positiva el dictamen del comité.

La ONU emitió un pronunciamiento sobre el derecho al aborto, cuya aplicación tiene rango constitucional en el país. Después de más de seis años de discusión, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que determina la interpretación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, dictaminó sobre las obligaciones de los Estados en cuanto a la salud sexual y reproductiva. Puntualmente, estableció que “la criminalización del aborto y las barreras al acceso son violaciones a la obligación de respetar el derecho a la salud”. En diálogo con Página/12, la jurista Cecilia Hopp analizó los alcances del dictamen para la Argentina: “En definitiva, de manera inmediata Argentina tiene la obligación de garantizar el acceso a los abortos no punibles, de acuerdo con las leyes vigentes, pero también tiene el deber de legalizar el aborto a demanda porque la criminalización y cualquier obstáculo para el acceso al aborto son discriminatorios y constituyen violaciones al derecho a la salud de las mujeres”.

Esta nueva Observación General del Comité DESC tiene una gran importancia, sobre todo para el país porque los tratados y las interpretaciones que hacen los órganos que supervisan su cumplimiento tienen rango constitucional, según lo sostiene la Corte Suprema. “Esta Observación General es la interpretación que el Comité que crea el Pacto de DESC hace del propio pacto, específicamente del derecho a la salud y las obligaciones del Estado”, explicó a Página/12 la abogada Edurne Cárdenas, integrante del equipo internacional del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). “El Estado argentino está obligado a modificar leyes y políticas para cumplir con las obligaciones del tratado”, destacó Hopp, docente de la Facultad de Derecho de la UBA.

El Comité DESC está integrado por expertos independientes de distintos países. Es el órgano que además, supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por sus Estados parte. Argentina es uno de ellos. El tratado, que tiene rango constitucional, en su artículo 12 se refiere al derecho a la salud. El Comité ya se había pronunciado a través de una “Observación General” –técnicamente se denominan así sus recomendaciones– pero resolvió ampliar su mirada con otra comentario, el número 22, sobre las obligaciones de los Estados para garantizar ese derecho, en relación a la salud sexual y reproductiva.

En primer lugar, el órgano de la ONU aclara que el derecho a la salud sexual y reproductiva no es solamente una parte integral del derecho general a la salud sino que está fundamentalmente vinculado al disfrute de otros derechos humanos, incluidos los derechos a la educación, al trabajo a la igualdad, así como los derechos a la vida, a la privacidad y a la autonomía individual.

Entre otros puntos, señala:

- La criminalización del aborto y las barreras al acceso son violaciones a la obligación de respetar el derecho a la salud.

- El derecho a la información incluye a la información sobre aborto seguro y pre y post aborto.

- La calidad del acceso a la salud implica que no se impida el acceso al aborto con medicamentos.

- El derecho a la salud y la igualdad de las mujeres implica la derogación de leyes restrictivas sobre aborto y acceso a servicios de aborto seguro y prevención del aborto inseguro.

- Los estados partes están obligados a eliminar la discriminación en sus leyes: un ejemplo de discriminación es la criminalización del aborto. También deben derogar normas que impongan requisitos como la autorización judicial o de terceras personas para el acceso al aborto.

- Los estados parte tienen obligación de garantizar el acceso al aborto seguro.

- Es una obligación mínima la prevención del aborto inseguro.

“En esta Observación General se establecen estándares muy importantes sobre el derecho a la salud de las mujeres”, destacó Hopp. El comité DESC establece obligaciones esenciales e inmediatas y otros estándares que deben ser los objetivos a cumplir. “Según este documento, Argentina está obligada en forma inmediata a prevenir abortos inseguros y, por tanto, debe garantizar el acceso al aborto seguro. Además, el comité consideró que las leyes que criminalizan el aborto son discriminatorias, así como también aquellas que restringen u obstaculizan el acceso. Otro punto muy relevante tiene que ver con la necesidad de asegurar el acceso al aborto con medicamentos. A partir de esta opinión del Comité DESC, Argentina está obligada a aprobar el uso gineco-obstétrico del misoprostol y la mifepristona. En este sentido, los servicios de salud deben asegurar el derecho a la información, que incluye el asesoramiento sobre el uso de estas drogas para interrumpir embarazos y sobre los recaudos y controles posteriores al aborto con pastillas”, detalló Hopp.

Durante los últimos años se llevaron a cabo políticas en el país que representaron avances en el acceso a los derechos sexuales y reproductivos y especialmente en el acceso a los abortos no punibles. Hopp explicó que el Pacto Internacional de DESC contiene una obligación muy especial: “Los Estados parte deben garantizar progresivamente el goce de estos derechos y una vez que se adquirió un nivel de satisfacción de esos derechos existe una prohibición de regresión, lo que implica que retroceder en las políticas públicas orientadas a garantizar el derecho a la salud de las mujeres implica una violación a los derechos humanos y responsabilidad internacional. En este sentido, Argentina ya fue condenada por otro Comité de la ONU por no garantizar el acceso al aborto no punible, en el caso LMR. Todo esto debe ser tenido en cuenta por el gobierno nacional y los gobiernos provinciales porque existe una obligación de dar continuidad a estas políticas y profundizarlas”, advirtió la jurista.

Los expertos del Comité señalaron que “el pleno disfrute del derecho a la salud sexual y reproductiva sigue siendo una meta distante para millones de personas, especialmente para las mujeres y niñas en todo el mundo”. “Como Comité hemos hablado antes sobre el derecho a la salud, pero pensamos que dada, por ejemplo, las altas tasas de mortalidad materna alta en el mundo o las prácticas nocivas que las mujeres y las niñas especialmente, como la mutilación genital femenina y el matrimonio precoz, es importante abordar específicamente el tema de salud sexual y reproductiva”, explicó el miembro del Comité Heisoo Shin.

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