Desde Santa Fe
El juicio al grupo de tareas que operó en la III Brigada Aérea de Reconquista ya es emblemático: el primero en la provincia que destapa la violencia sexual como uno de los mecanismos del terrorismo de estado para quebrar voluntades. Y ayer, el alegato del Ministerio Público lo ratificó. Los fiscales MartÃn Suárez Faisal y Roberto Salum imputaron a los siete represores del banquillo por "privación ilegÃtima de la libertad" y "tormentos agravados" a 39 vÃctimas -según los casos, pero a cinco de ellos: el jefe de la patota, Danilo Sambuelli y cuatro policÃas: Carlos Nickisch, Arnaldo Neumann, Rubén Molina y Horacio Machuca, los acusaron también por "violaciones reiteradas y agravadas" a una niña de 16 años y a su hermana de 23. Y pidieron las penas consiguientes: 25 años de prisión para Sambuelli, 20 para Nickisch, 15 para Neumann y 12 para Molina y Machuca, todas de cumplimiento efectivo. "La violencia sexual era parte del plan sistemático de la represión. Los cuerpos de las mujeres afectadas se transformaban en campos de batalla, en el que los varones imponen de manera cruel el poder y la dominación que culturalmente ejercen sobre las mujeres", dijo uno de los fiscales al citar un fallo del Tribunal Oral de Santa Fe en 2010, el mismo que juzga ahora a los represores de Reconquista, y que fue el primero en el paÃs que consideró la violación en centros clandestinos como una de las formas de la tortura.
El lunes, los abogados querellantes Lucila Puyol e Iván Bordón habÃan pedido condenas de 20 a 11 años de prisión. Ayer, los fiscales Suárez Faisal y Salum solicitaron el máximo de la escala penal para Sambuelli, el jefe del grupo de tareas: 25 años de prisión. Y 20 años de cárcel para sus dos laderos: el comisario Nickisch (ex jefe del Departamento Informaciones) y Jorge Alberto BenÃtez (ex interventor militar en la Unidad Regional IX). El resto va en descenso: Neumann (15 años), Molina y Machuca (12 años) y Eduardo Luque (8 años).
Pero el fiscal acusó también a "Sambuelli, Nickisch, Neumann, Molina y Machuca por el delito de violaciones reiteradas y agravadas" a dos hermanas, Griselda y Luisa Pratto. Griselda era una niña de 16 años cuando la secuestraron el 5 de febrero de 1977 en la III Brigada Aérea, hasta el 26 de marzo: 49 dÃas de martirio y esclavitud sexual, en los que cumplió los 17. Luisa tenÃa 23, dos pequeños hijos y un embarazo de siete meses. Suárez Faisal imputó a Sambuelli, Nickisch y Neumann por la violación de Griselda y a Nickisch, Neumann, Molina y Machuca por la violación de Luisa.
"La violencia sexual fue el medio que utilizaron los represores para torcer la voluntad" de las hermanas Pratto, relató el fiscal. La familia ya habÃa sido secuestrada: el compañero de Luisa, Rubén MaulÃn, su suegra y tres hermanos. Luisa quedó a cargo de sus chiquitos -el mayor de dos años y medio y una beba de un año, más el embarazo de siete meses. Griselda habÃa ido a Reconquista para ayudarla. "Ninguna de las dos estaba en condiciones fÃsicas ni morales para oponerse a los represores, que las violaron siempre en conjunto, en una patota que operaba en los procedimientos ilegales", agregó.
"Los relatos de Luisa y Griselda Pratto demuestran la inescindible relación entre las violaciones, las torturas y el objetivo perseguido, que era la anulación de la personalidad, la obtención de una declaración autoincriminatoria o datos sobre el paradero de otras personas que habÃan etiquetado como 'subversivos'", explicó el fiscal. Y mencionó los relatos de MaulÃn y de uno de los hermanos Pratto, Juan Carlos. Otro testigo, Alberto Prez, que estaba alojado en calabozo de la III Brigada Aérea, vio por una rendija "a una chica desnuda y rodeada por represores, y que tiempo después la volvió a ver completamente ensangrentada y escuchó sus llantos y quejidos toda la noche". "No tenemos dudas de que esa adolescente era Griselda Pratto", reveló el fiscal Salum.
Salum citó también una "investigación sobre la violencia sexual en el marco del terrorismo de estado", que se publicó en Rosario ("Grietas en el silencio") y el fallo del Tribunal Oral de Santa Fe que condenó al ex agente secreto del Ejército, Horacio Américo Barcos, el 12 de abril de 2010. "Los abusos sexuales y la violación sufridos por la vÃctima durante su cautiverio constituyen crÃmenes contra la humanidad", dijo. "Los cuerpos de las mujeres afectadas se transforman en campos de batalla, en los que los varones imponen de manera cruel el poder y la dominación que culturalmente ejercen sobre las mujeres". En el juicio, Griselda dijo que Sambuelli le decÃa que él "tenÃa el poder", que podÃa hacer con ella lo que quisiera.
El fiscal Salum aportó otro argumento más, que las violaciones a las vÃctimas del terrorismo de estado podÃan ser en centros clandestinos, pero también afuera, como ocurrió con Luisa y Griselda. "Cuando eran llevadas a otro lugar fÃsico o privadas de su libertad y abusadas en su propio domicilio. Lo relevante no es el lugar donde se comete el delito, sino el ejercicio de un determinado tipo de poder que se expresa en la acción, precisamente, el tipo de poder caracterÃstico de los crÃmenes contra la humanidad", concluyó.
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