Dos oficiales penitenciarios bonaerenses fueron condenados ayer a 25 y 10 años de prisión por “homicidio” de 33 presos durante un incendio en la Unidad 28 de Magdalena en 2005, y otro fue sentenciado a cinco años de cárcel por no mantener en condiciones el pabellón en el que ocurrió el hecho. El Tribunal Oral en lo Criminal 5 de La Plata, además de condenar a 25 años de prisión al ex secretario del penal Raimundo Fernández; a 10 años al oficial a cargo Rubén Alejandro Montes de Oca y a cinco años al ex jefe del penal, Daniel Tejeda, ordenó la detención de todos ellos.
El Tribunal consideró a Fernández y Montes de Oca autores del delito de “homicidio simple” en 33 casos y de “tentativa de homicidio” por dos casos de internos que lograron salvar la vida y condenó a Tejeda como autor del delito de “incendio culposo agravado” por haber mantenido alojados a internos en un pabellón en el que no funcionaba el sistema antiincendio. Los tres fueron detenidos en la sala y trasladados esposados hasta el lugar donde serán alojados para cumplir la pena.
El incendio se inició la noche del 15 de octubre de 2005, en vísperas del Día de la Madre, cuando los penitenciarios intentaron detener una pelea entre los internos alojados en el Pabellón 16 y los presos prendieron fuego colchones. Fernández era quien al momento del incendio estaba a cargo de la unidad y dirigió el operativo de ingreso de los guardias al pabellón, tras la pelea entre los internos. Los jueces dieron por probado que los penitenciarios bajo las órdenes de Fernández dispararon municiones antitumulto, lo que motivó que los presos prendieran fuego para que los agentes dejaran de disparar.
Durante el juicio quedó acreditado que Montes de Oca estaba a cargo del cierre y apertura de la puerta de acceso donde estaban alojados los presos que iniciaron el incendio. Para el Tribunal, tanto Fernández como Montes de Oca “se retiraron del lugar pese a que les constaba el estado avanzado del fuego y las consecuencias del humo tóxico dentro del pabellón y al salir dejaron encerrados a los detenidos, que fallecieron a causa de asfixia y las altas temperaturas”. Los jueces consideraron que Fernández “pudo hacer, tuvo opción y optó por la inactividad, por no ordenar la apertura de las puertas”. Y rechazaron el planteo de la defensa en torno del peligro que también corría el ex jefe penitenciario por el humo al argumentar que “Fernández pudo salir del pabellón, en tanto los internos quedaron encerrados en una cámara de gas”.
Respecto del ex jefe del penal, Daniel Tejeda, para los magistrados mantuvo a los detenidos en un pabellón que no estaba en condiciones. Para los jueces, sabía que “la red contra incendio del módulo no funcionaba por falta de presurización y una conexión clandestina que derivaba el agua de los hidrantes al baño del pabellón”. Sin embargo, “nada hizo para solucionar la situación de peligro, teniendo la obligación que el cargo de director de unidad le imponía”.
El Tribunal dictó además una inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por 10 años a Fernández y Tejeda y siete a Montes de Oca por “la ineptitud e incompetencia que han demostrado los imputados”.
Por el caso, habían llegado a juicio otros 14 penitenciarios, que resultaron absueltos. Carla Ocampo Pilla, abogada de la Comisión Provincial por la Memoria, querellante en la causa, contó: “Los 33 fallecidos eran menores de 26 años y sólo dos tenían condena”.