Con más enunciados que compromisos, el Gobierno envió ayer al Congreso el prometido proyecto de ley Equidad de Género –para establecer la paridad salarial– pero cuya redacción no impone obligaciones ni establece sanciones para las empresas que lo incumplan. El tono declarativo de la iniciativa cita el principio constitucional de “igual remuneración por igual tarea” y deja librado a que los “contratos individuales, convenciones colectivas de trabajo, reglamentaciones y todo acto en el que fijen o estipulen salarios, se garantizará la plena observancia de igualdad de género”. En tanto, modifica el régimen de licencias de la ley de Contrato de Trabajo ampliado a 15 días corridos por nacimiento o adopción para el caso del o la trabajadora “que no haya gestado” (hasta ahora de solo dos días para el caso de paternidad y amplia los derechos de las familias igualitarias) y otorga “diez días corridos al año” por violencia de género.

El proyecto elaborado desde el Ejecutivo licuó hasta las intenciones de los propios diputados macristas sobre la iniciativa. Bajo el pomposo título de “Igualdad Salarial Estricta”, el texto enviado al Congreso dispone como única instancia de control sobre el cumplimiento de la paridad salarial que “los empleadores, a nivel individual o a través de las entidades representativas de su actividad” elaboren un “código de conducta” sobre las decisiones adoptadas “para garantizar el respeto a la igualdad de género en el interior de la empresa”, que deberán enviar al Ministerio de Trabajo “para su conocimiento”. 

Pero no especifica ningún tipo de seguimiento de su cumplimiento. Menos aún obligaciones ni sanciones para los empleadores que lo incumplan. Lejos de las propuestas que el diputado oficialista Martín Medina (PRO) incorporó a su proyecto en el que disponía crear un “registro de empresas y organizaciones sindicales con paridad salarial”, en el propio Ministerio de Trabajo y establecía el plazo de un año para la inscripción obligatoria de adecuación a  la ley las compañías con más de 200 empleados y todas las organizaciones de representación sindical y empresarial. 

Mientras que el proyecto oficial que firman el ministro de Trabajo, Jorge Triaca, y el jefe de Gabinete, Marcos Peña –que será el eje del debate legislativo–, sólo ofrece la cartera laboral como receptor de los “códigos de conducta” que elaboren los empleadores “para su conocimiento”. El ministerio de Trabajo no tiene establecidos en la redacción del proyecto un rol de autoridad de control que pueda aplicar sanciones para las empresas que no cumplan con el supuesto cometido que traza la iniciativa. 

En cambio, la iniciativa avanza con extensiones sobre varios de los artículos del régimen de licencias que actualmente establece la ley de Contrato de Trabajo. 

Entre ellas, amplia a 15 días corridos las licencias por nacimiento o adopción y podrán extenderse por 10 días más en caso de nacimiento o adopción múltiple. “Estos plazos aplicarán tanto para el trabajador como para la trabajadora que no haya gestado al hijo”, dice el texto del proyecto que de esa manera incorpora los derechos de las familias igualitarias y amplia la licencia por paternidad que hasta ahora es de apenas dos día. También extiende la licencia por fallecimiento de hijo de tres a 10 días corridos.

Crea una licencia de 5 días para procedimientos de fertilización asistida, que podría extenderse a 30 días corridos por año sin goce de sueldo. Además incorpora la posibilidad de que la o el trabajador que tenga menores de 4 años a cargo reduzca su jornada de trabajo, resignando la disminución salarial en proporción a las horas trabajadas.

“Reincorporarse a su puesto en las mismas condiciones que lo venía haciendo o reintegrarse en otro cargo o empleo de igual categoría con una reducción de la jornada normal de trabajo y en la misma proporción de su remuneración, en ambos casos, de común acuerdo con su empleador y por un plazo no superior a los seis meses”, dice uno de los artículos de la iniciativa que se refiere a la reincorporación al trabajo de la mujer que vuelve de su licencia por maternidad. 

Quizá una de la medidas más innovadoras es el reconocimiento de una licencia por violencia de género, que el proyecto establece en “10 días corridos al año”.