La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires convirtió en ley en la última sesión del año, el proyecto oficial que agrega el artículo 74 bis al Código de Faltas, mediante el que a partir del próximo ciclo lectivo se podrá penar con multas y hasta arresto a las personas que agredan verbal o físicamente a personal docente y no docente de los establecimientos educativos públicos y privados bonaerenses. Según establece la nueva norma presentada por el Poder Ejecutivo provincial, será sancionada con arresto de entre 5 y 30 días o multas de entre 6 mil y 15 mil pesos la persona que “invocando un vínculo con el alumno, dentro del establecimiento de gestión pública o privada o en las inmediaciones, hostigue, maltrate, menosprecie o perturbe emocional o intelectualmente a un trabajador de la educación, sea docente o no”. Además, la ley que cuenta con el aval de los gremios docentes, establece que se sancionará a quien “insulte” a un docente o auxiliar “o provoque escándalo”, a quien “ejerza actos de violencia física”, “perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función educativa” o “ingrese sin autorización a un establecimiento educativo y no se retire a requerimiento del personal docente o no docente”. En 2015 se denunciaron 236 agresiones al personal docente y 7 de ellas fueron con armas.