La Justicia porteña multó a la empresa Edesur por querer cobrar su servicio a una vecina que no tenía suministro eléctrico a raíz de un incendio que afectó a su vivienda.
La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó un recurso de apelación interpuesto por Edesur contra la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, e impuso a la compañía una multa de 30 mil pesos, por liquidar indebidamente dos facturas a una vecina afectada por el incendio de su vivienda.
El 28 de diciembre del 2015 ocurrió el incendio en el que se consumieron los tableros eléctricos, medidores y cables de distribución de la vivienda.
“La vivienda quedó sin suministro de electricidad hasta mediados de febrero, momento en que se habilitó una conexión provisoria directa, sin medidor”, detalló la sentencia. Pero Edesur liquidó dos facturas con consumos medidos, hecho reclamado y posteriormente denunciado por la vecina. Defensa y Protección al Consumidor impuso una multa de treinta mil pesos a la empresa distribuidora, la que fue apelada por la empresa.
El organismo había sostenido que la empresa no había informado sobre las gestiones de reclamo de la mujer ni sobre la falta de respuesta a esos reclamos.