El juez le reprochó al ex secretario de Minería Mayoral, “el incumplimiento de promover estudios e investigaciones para evaluar, planificar y coordinar el racional aprovechamiento de los recursos mineros del país, contemplando la preservación del medio ambiente” y no “promover e instrumentar un sistema de monitoreo ambiental”, mientras que a Lorusso, ex secretario de Ambiente, le atribuyó haber permitido que Veladero “funcionara sin los debidos controles estatales, al menos durante el año 2015”.
En los procesamientos tuvo en cuenta un informe técnico que aludió a “falencias relacionadas con la operatividad” en la mina que “repercutieron” a la hora de facilitar “el flujo de la solución rica derramada sin impedimentos hacia el cauce del Río Potrerillos”. Además, en ese informe, se advirtió que el sistema carecía de controles automatizados y todo se hacía de manera manual, y que el derrame “se detectó a raíz de observar una variación significativa en el caudal del Río Potrerillos” por parte de un empleado. Los técnicos que redactaron el informe adjuntado a la causa advirtieron que la válvula –que supuestamente se rompió por estar expuesta a temperaturas extremas y congelamiento y provocó el derrame– no parecía haber sido revisada para comprobar si su diseño era el adecuado. Y sostuvieron que la compuerta que comunicaba el río con el canal en el cual ocurrió el derrame fue reemplazada después de ese episodio, “lo cual permite suponer que el estado de la misma al momento del incidente no sería el adecuado”.
En cuanto a la contaminación “se informó la presencia de plomo y cadmio en todas las muestras y cromo total en las muestras” tomadas en los ríos Potrerillos, Las Taguas, Blanco con valores “por fuera de lo normado”.