A instancias de una medida cautelar planteada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de Venado Tuerto, la jueza en lo Civil y Comercial de esa ciudad, María Celeste Rosso, ordenó a la cooperativa que allí provee de electricidad la suspensión por tres meses del incremento aplicado a la tarifa de energía. Se amparó en el mandato constitucional de que "cualquier aumento de servicio debe ser previamente debatido en audiencia pública, lo cual la Cooperativa no cumplió", dice el fallo. El veredicto de Rosso se suma a uno similar ocurrido días atrás en San Cristóbal, y ambos se apoyan en jurisprudencia de la Corte Suprema nacional que en 2016 suspendió un aumento del gas por no haber tenido audiencia pública previa.