Un fallo judicial de Rosario hizo valer los derechos del consumidor de productos ofrecidos en internet. El CyberMonday es un evento online que atrae a clientes de todo el mundo, ya que los comercios ofrecen, durante 24 horas en pantalla, sus productos a precios más bajos, mediante compras con tarjeta de crédito y desde la comodidad del hogar. Sin embargo, esa ventaja no admite incumplimientos o demoras. Esta semana, la Cámara de Apelaciones de Circuito condenó a la casa de electrodomésticos Garbarino por no haberle entregado a una clienta una tablet que sería regalo de Navidad. El pretendido regalo llegó un mes después, con costo de envió, pese a que la clienta la tuvo que buscar en un local.

Los jueces Ricardo Netri, Eduardo Pagnacco y René Galfré dictaron la resolución contra la firma por no cumplir con los plazos de entrega a domicilio, acordados al momento de la compra.

Tras esperar la tablet para envolverla para regalo y ponerla bajo el arbolito, la damnificada hizo la presentación judicial. Es que el día consignado para la opción de entrega, nadie se presentó a su domicilio, por lo que intentó comunicarse llamando al número de teléfono de atención al cliente, pero no tuvo éxito a pesar de reiterar sus llamados.

La Navidad pasó. También el Año Nuevo. En enero, la compradora pudo comunicarse con la firma y volvió a asentar un reclamo. Días después, la llamaron por teléfono y le dijeron que podía ir a retirar la tablet a una sucursal del centro. Cuando fue a buscarla, solicitó hablar con el encargado o gerente, a quien le reclamó por lo que había pasado. La respuesta fue que no tenía competencia en las operaciones vía internet; por lo que tampoco podría reintegrarle lo abonado en concepto de costo de envío, que tuvo que pagar aparte.

Los camaristas remarcaron que fue la firma la que eligió la vía de internet para ofrecer las promociones de CyberMonday, lo que le reportó un beneficio considerable al punto que la propia empresa reconoció que la demanda superó ampliamente las expectativas y "bajo esa excusa pretendió justificar la demora en la entrega de la tablet".

En tanto, el reproche judicial no es solamente por la demora en la entrega, sino también por que la firma se comprometió a llevarla al domicilio de la compradora, pero "cambió unilateralmente los términos convenidos y la hizo ir a ésta a una sucursal del comercio para retirarla, con el agravante de que le había cobrado los gastos de envío".

El costo del producto electrónico era de 999 pesos, pero la Cámara condenó a la empresa a abonar la suma de mil pesos, en concepto de daño moral; y otros mil por el daño punitivo. Para el tribunal, el escaso valor del producto "acrecienta la gravedad de la conducta de la demandada, puesto que es normal que ante un hecho así el damnificado se someta pasivamente a sufrir el perjuicio que se le causa, ya que no es común que se inicie una demanda judicial para reclamar lo que corresponde, cuando lo que está en juego no es de envergadura y por todos los inconvenientes que trae un juicio (tiempo, preocupación y costos)".