El capitalismo financiero se configura como un sistema extraterritorial solo cuando le conviene. Cuando no, usa al territorio y a sus instituciones en su favor. Así, puede servirse de las islas que configuran su red organizada de guaridas fiscales. Principalmente, dos de estas islas: la de Gran Bretaña y la de Manhattan.
Uno de los hijos del capital financiero, los fondos buitre, usan a los tribunales neoyorquinos para hacerse de ganancias usurarias. Compran a precio vil títulos de la deuda de un país cuando está en problemas, y luego demandan a ese país exigiéndole el valor nominal de los títulos más intereses. Se calcula que con este artificio, los fondos buitre que demandaron a Argentina obtuvieron en el 2016 un beneficio de aproximadamente un 1500 por ciento respecto a su “inversión inicial”. La pulseada del capital financiero es contra las soberanías nacionales y su basamento democrático. En una nota de abril de 2016, publicada en el Cash, habíamos advertido que en los acuerdos que se cerraban con los fondos buitre, el país no estaba actuando como soberano. El interés de la Nación quedaba en igualdad con el interés de lucro de un especulador domiciliado en las Cayman. Y que aún dentro del derecho interno, tanto en los Estados Unidos (Chapter Eleven) como de Argentina (Ley de Concursos), el Estado intervenía de manera soberana para dar seguridad jurídica a los acuerdos. Si una empresa privada en crisis acordaba una forma de pago con 2/3 de sus acreedores, el acuerdo es obligatorio para todos y nadie podría después individualmente demandar a la empresa. De lo contrario, la empresa quedaría atrapada en un juicio sin fin. Si esto se daba en el ámbito privado, cuantas más garantías deberían darse en el contexto público y soberano donde Argentina logró la conformidad con 9/10 de sus acreedores en sus canjes de deuda 2005 y 2010.
Sin embargo, se eligió pactar por separado con cada acreedor. Y tenemos un juicio sin fin. Así, a pesar de los 10.000 millones de dólares pagados en el 2016, en este año ya han entrado en el Distrito Sur de la Corte de Nueva York una decena de nuevas demandas contra Argentina. Se tratan de bonos que no ingresaron a los canjes del 2005 y 2010, algunos en manos de noveles buitres (como Bison Bee LLC, domiciliado en la guarida fiscal de Delaware) que los compraron recientemente para litigar contra Argentina. Alegan estos nuevos buitres que Argentina incumple la cláusula pari passu. Esto es, que trata mejor a unos acreedores que a otros. Era esperable. Si se arregla por separado con cada uno, siempre habrá alguien que se queje (interesadamente) de que al otro lo trataron mejor. En el caso de estos demandantes versión 2018, reclaman que hay acreedores que están cobrando (los de los canjes 2005, 2010 y los buitres del 2016) mientras que ellos no. Y también, que los buitres del 2016 (Singer entre ellos) se benefician de una “nueva ley cerrojo” que es la 27.249, la que les da un trato preferencial. O sea, le dicen a la Jueza Loretta Preska (sustituta del extinto Griesa) que Argentina los discrimina.
El fondo buitre Bison Bee alega que, siguiendo los lineamentos del Fiscal Agency Agreement, regulación bajo la cual se emitieron los bonos que compró para poder litigar, Argentina está en default desde el 2002 por no haber pagado capital ni intereses de esos bonos, y por la declaración de moratoria del país que hace la ley 25.561 de Emergencia Económica y salida de la convertibilidad.
Más allá de que los montos de estas nuevas demandas son inferiores a lo que Argentina ya pagó a los buitres en el 2016, queda demostrado lo que sucede cuando el Estado renuncia a su status soberano. Se expone a la extorsión de que lo encuadren otra vez en default. Con los costos que esto tendría en un país que hoy depende por completo del financiamiento externo. Todo a pesar del sometimiento a las exigencias del capital trasnacional durante estos últimos dos años. Roma no paga traidores. El capital financiero, tampoco.
* Doctor en Derecho Público y Economía de Gobierno (UNT) y en Ciencia Política y Administración (UCM). Docente Undav.