La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó, el 7 de diciembre pasado, la Ley Integral de Prevención y Sanción del Acoso Sexual para prevenir y sancionar el acoso verbal o físico, producido en espacios públicos que afecten la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de las mujeres que sufren violencia en la calle desde los nueve años y limita su libre tránsito desde la niñez, la adolescencia hasta la adultez. “Esta ley tipifica el acoso, que por mucho tiempo fue una práctica naturalizada. Ahora es el Estado el que indica que es un modo de violencia y es un aporte más a un cambio cultural en el que todos y todas debemos trabajar. Nos impulsó la necesidad de visibilizar que el acoso sexual es una práctica corriente que afecta la vida cotidiana de miles de mujeres, niñas y adolescentes y que por mucho tiempo se encontró completamente naturalizada; pero esto está cambiando gracias a la lucha de miles de mujeres que además de apoyar el #NiUnaMenos militan y trabajan incansablemente para ampliar sus libertades y vivir en un entorno libre de violencia de género”, señaló Pablo Ferreyra, el autor de la iniciativa junto a María Rachid y Gabriel Fuks y consensuada con Gabriela Alegre.
Los comentarios sexuales directos o indirectos al cuerpo (siempre sin que la mujer quiera); las fotografías y grabaciones no consentidas; el contacto físico indebido o no consentido; la persecución o arrinconamiento; la masturbación y gestos obscenos constituyen acoso sexual. La ley dispone que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aire realice campañas de concientización y que si el acoso no es más grave (y ya no constituye otro delito penal) sea sancionado con penas que van de dos a diez días de trabajo de utilidad pública y/o una multa de doscientos a mil pesos.