A juzgar por la resolución que la Cámara Federal firmó ayer, la investigación sobre la filtración de las imágenes del momento en que fue detenido Amado Boudou, cuando se lo vio descalzo y en pijamas, el 3 de noviembre pasado, fue un compendio de anomalías y pruebas incompletas. El juez Sebastián Ramos la había cerrado porque consideró que no había ningún delito en juego aunque el ex vicepresidente pudiera haberse sentido difamado. Sin embargo, los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia señalaron que no está todo dicho, que ni si quiera se estableció quién había ordenado registrar con fotos y videos el procedimiento, a lo que sumaron que –llamativamente– ese material que circuló enseguida por las redes sociales y los portales de los diarios tampoco fue incorporado en la causa. También ordenaron hacer entrecruzamientos telefónicos para determinar con quién hablaban desde el departamento de Boudou los agentes de Prefectura que se ocuparon del arresto: las principales suposiciones apuntan a autoridades del Ministerio de Seguridad y/o al juez Ariel Lijo, que había dispuesto la media.
La difusión de las imágenes de Boudou desde el momento en que abre la puerta de su casa a los prefectos que iban a detenerlo hasta incluso la lectura de la orden de arresto y los motivos, ya vestido de jean y remera, fue un hecho sin precedentes. Hubo dos denuncias superpuestas sobre lo sucedido: una la hizo Marcelo Parrilli, que apuntó al Ministerio de Seguridad, los agentes de Prefectura que actuaron y al juez Lijo, la otra fue del propio Boudou, que señaló a los prefectos e hizo extensiva la responsabilidad a otros actores con mayor jerarquía que pudieran estar implicados. Ambas denuncias quedaron unificadas en el juzgado de Sebastián Ramos. Cuando declaró, el ex vicepresidente dijo que la persona que estaba a cargo del procedimiento recibía llamados y conversaba con diálogos cortos con alguien que parecía estar dándole indicaciones. Sugirió que las directivas podían venir del juzgado que, como era esperable, negó cualquier vinculación con los registros de imágenes. Boudou relató que lo obligaron a posar para las fotos que luego se filtraron a los medios y que la persona a cargo le dijo que “eran órdenes y que tenía que ser así, que tenía que filmar”.
El juez Ramos sobreseyó a los prefectos (Diego Enrique Fiorotto, Gabriel Alejandro Montes, Diego Martín Muñoz y David Sebastián Fernández) a mediados de marzo. En el fallo dijo que, si bien Boudou pudo haberse sentido ofendido y difamado, “tal agravio no comporta exclusivamente un delito”. E incluso justificó la difusión de las imágenes por tratarse de “un acto que posee interés general que no puede ocultarse a la sociedad”.
La Cámara señaló ayer que es prematuro afirmar que no existió un delito. “Los eventos denunciados no han sido, hasta hoy, explorados integralmente”, señalaron Bruglia e Irurzun. “No se convocó –en sede judicial– a los testigos del procedimiento practicado en el departamento del querellante ni se escuchó la versión de los oficiales a cargo de la tarea discutida”, advirtieron. “Tampoco –agregaron– se ordenó el entrecruzamiento de los llamados telefónicos solicitado por el fiscal en su requerimiento de instrucción. Si bien se reservaron los listados de llamadas entrantes y salientes registrados por la terminal utilizada por uno de los imputados, se desconoce el origen, el destino y la identidad de los interlocutores contactados en el período que aquí interesa. El valor probatorio de esa medida reside en los datos que se puedan extraer de ese listado, siempre que sean sometidos al entrecruzamiento reclamado en el sumario.”
Es decir, no está claro con quién se comunicaban los prefectos en el momento ni se esclareció que la toma de imágenes fuera una orden de algún superior. Y un punto sorprendente es que, según aseguran los camaristas, la respuesta enviada por el Ministerio de Seguridad en el contexto de la investigación “impide desentrañar el origen de la orden ‘concreta’ que impuso ‘la obtención de registros fílmicos y fotográficos’”. La Cámara advierte que algunas de las medidas de prueba ordenadas “no fueron cumplimentadas en su totalidad”. Y un punto sorprendente es que tampoco surge que “los videos e imágenes que aquí importan hayan sido formalmente aportados –por los agentes de la fuerza pública– a la causa por la cual se obtuvieron”.
Boudou fue detenido en una causa en la que se le imputa enriquecimiento ilícito y donde el juez Lijo aplicó la controvertida figura de “asociación ilícita”, a menudo utilizada como comodín por los jueces cuando quieren justificar una privación de la libertad. Si bien la decisión se vinculó con los resultados de un peritaje, la disposición de Lijo pareció una reacción frente a la difusión de un informe del Consejo de la Magistratura –impulsado por el Colegio de abogados de la Calle Montevideo, que trabaja en sintonía con el Gobierno– que lo responsabilizaba de demoras y cajoneos en algunas causas. Boudou siempre se había presentado y estuvo a derecho cuando lo convocaron en distintas causas, pero el juez aplicó la doctrina Irurzun, según la cual los ex funcionarios podrían fugarse o entorpecer investigaciones por el sólo hecho de haber tenido cargos altos, sin importar sus nexos vigentes. El 12 de enero, por los votos de Bruglia y el subrogante Rodolfo Pociello Argerich, el ex ministro y vicepresidente recuperó la libertad.