Después de décadas de activismo, el clima callejero y virtual lleva a pensar que la despenalización social del aborto hoy está ganada y, según se desprende de las confesiones de los diputados que el 13 de junio tendrán el debate en sus manos, la postura antiderechos se empieza a perfilar como sinónimo de piantavotos. Este año, a partir de que la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito presentara por séptima vez consecutiva el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, por las audiencias circuló un aluvión sin precedentes de argumentos a favor de la soberanía sobre el cuerpo propio y motivos para enmarcar con urgencia al aborto como una cuestión de salud pública y justicia social.

Si bien se trata del primer texto que contempla a todas aquellas “personas con la capacidad de gestar” –es decir, pone sobre la mesa al aborto trans–, y las audiencias constituyeron una oportunidad histórica para entretejer cuerpos, miradas e identidades, con 400 expositores durante 13 encuentros, las voces de las personas con discapacidad solo tuvieron unas breves apariciones. Una de las encargadas de sumar el punto de vista de las personas con discapacidad con argumentos favorables a la legalización del aborto fue Varina Suleiman, la abogada de REDI (Red por los Derechos por las Personas con Discapacidad). 

A Varina ya se la había visto tiempo atrás en las pantallas: en marzo de 2017 cuando el gobierno decidió dar de baja más de 170 mil pensiones no contributivas y escándalo mediante intentó salir del paso con la promesa poco probable de devolver algunas, fue Suleiman quien estuvo detrás de los amparos colectivos que le ganaron al Estado en todas las instancias. Se especializó en los cruces entre Derecho, discriminación y discapacidad a partir de dos casos de resonancia nacional: en 2007 como docente de Universidad de Buenos Aires tuvo la dirección letrada de una causa en la que la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de una disposición que limitaba las plazas de los ómnibus reservadas para personas con discapacidad. Después, patrocinó un caso testigo en la Ciudad: la sentencia de Cámara que obligó al Gobierno a cumplir el cupo de empleo público para personas con discapacidad.

LETRA NO TAN CHICA

Ante todo, deja en claro Varina, REDI milita la sanción del proyecto. Lo que sí propone son algunas modificaciones desde la perspectiva de discapacidad con enfoque en Derechos Humanos. Para entender el punto que señala hay que releer el Código Penal, que dice que en Argentina el aborto no es punible cuando se realiza con el fin de evitar un “peligro para la vida o la salud de la madre” y “si el embarazo proviene de una violación y un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”. El proyecto de ley de la Campaña, que es el que más adhesiones supo cosechar, considera que toda persona con capacidad de gestar tiene derecho a acceder libremente y en el hospital público y para esto fija un plazo de 14 semanas. Mantiene en cambio las dos causales que menciona el Código Penal. Pero además agrega otra causal sin límite temporal: cuando haya “malformaciones fetales graves”. A este último punto le dedican sus críticas desde REDI. Explica Varina: “‘malformaciones’ y ‘graves’ son términos muy vagos. Su aplicación podría dar lugar a estar avalando por ley el aborto por motivos discriminatorios y contrarios a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Proponemos reemplazar ese inciso por algo más preciso, como ‘si existieren malformaciones fetales incompatibles con la vida’”.

¿Sacar a relucir esas críticas ahora no implicaría correr el peligro de dar letra a los sectores antiderechos?

-El debate también se da para no dejar elementos librados a la interpretación. Dentro de las organizaciones de personas con discapacidad también las hay muy ligadas a los sectores más conservadores de la iglesia. Ellos advierten que no van a nacer niños con discapacidad como excusa para oponerse al aborto pero no hablan del resto del proyecto. Nada dicen del derecho a decidir de las mujeres. Hasta ahora, ninguna de esas ONGs se presentó al Congreso a visibilizar a las mujeres con discapacidad para que hablen sobre su derecho a que su voluntad no sea desplazada. Hablan desde una cosmovisión religiosa incompatible con un estado laico. Establecer la distancia con esos grupos para nosotros es crucial y por eso empecé esta charla diciendo que REDI apoya el proyecto. 

¿Y cómo te distanciás de esos sectores?

-En una editorial publicada en abril en el diario La Nación se comparó el inciso sobre las “malformaciones fetales graves” en los proyectos en debate con “doctrinas eugenésicas que tenderían  a lograr un ‘mejoramiento’ de la condición humana”. Es decir, dijeron que el proyecto habilita la eliminación sistemática de las personas con discapacidad. Eso es una emboscada  para las cabezas desinformadas. Pero el hecho de que los sectores reaccionarios quieran usar, como siempre han hecho, a la discapacidad para llevar agua para su molino no debe llevarnos a pasar por alto que el Comité de la ONU –que monitorea la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad– está llamando la atención a algunos países por el plazo diferenciado para interrumpir el embarazo. Si leés el proyecto para despenalizar el aborto, a semejanza de la ley española de 2010, notás un cambio de foco: viene hablando de la gestante y, de pronto, en este punto que nosotros señalamos, habla de las condiciones del feto. Desde REDI decimos que esto habilita el “aborto selectivo por discapacidad”, que para la ONU es un acto discriminatorio.

¿Qué dice sobre esto la ONU exactamente?

-Dice que en el caso de Austria, por ejemplo, parece que hubiera un nexo de causalidad entre la cláusula legal que permite la diferenciación de plazos cuando existen “malformaciones fetales graves” y el hecho de que descendió al 60 % el nacimiento de niños con síndrome de Down, entre 1995 y 2006. A España el Comité le recomendó derogar la distinción de plazos para abortar basada en la discapacidad. Esto debe modificarse y así lo proponemos. Por otra parte, sería una locura plantear que una madre aborta ante la posibilidad de tener un bebé con síndrome de Down con el objetivo de “mejorar la especie”, como acusa La Nación. 

Dijiste que si el proyecto de ley no se “armoniza” en estos puntos específicos con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad podría ser peligroso para una futura aplicación de la ley. ¿Por qué?

-Nos vamos a encontrar con pedidos de inconstitucionalidad. Si bien la declaración de inconstitucionalidad debería circunscribirse a ese inciso, podría ser utilizado por los sectores que se han autodenominado “pro vida” para nulificar toda la ley. Es un poco “darles letra” para que intenten por vía judicial frenar la caída de un emblema del patriarcado. Hace unos años, cuando un fallo ordenó al Registro Civil celebrar el primer matrimonio Igualitario en la Ciudad, algunas organizaciones religiosas interpusieron demandas pidiendo la nulidad. Una magistrada hizo lugar y nulificó una sentencia dictada en otra causa y jurisdicción. Si los posibles conflictos que se advierten de antemano no se resuelven en el Congreso, esos agujeros después se trasladan al plano judicial. 

“Hay quienes bajo la excusa de estar defendiendo a las personas con discapacidad van a encontrar en esos huecos la oportunidad para pedir la inconstitucionalidad de toda la ley. Y nunca falta algún magistrado que haga lugar”, advierte Varina y también señala que esos mismos sectores antiderechos evitan mencionar que la prohibición del aborto afecta a las personas con discapacidad. Consultada para esta nota, Daniela Fagioli –abogada e integrante de la Campaña Nacional por el derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito– explicó por qué se incluyó en el proyecto la causal “malformaciones fetales graves”: “hubo un gran debate al interior de la campaña por ese punto, pero el propósito fue tener un articulado que contemple, por ejemplo, la situación de las personas que se encuentran con diagnósticos fetales de una vida extrauterina, que a veces no es incompatible al momento del nacimiento, sino en pocas horas o días. No es un artículo eugenésico. Esas interpretaciones las han hecho en especial los grupos antiderechos, pues son ellos quienes consideran que las mujeres abortarían con el diagnóstico, por ejemplo, de síndrome de down. El cambio cultural de una sociedad capacitista es un trabajo que debemos seguir profundizando. Hoy en día, hay mujeres de sectores altos que pueden hacerse estudios de diagnóstico fetal y en base a eso deciden abortar, así como también hay quienes deciden continuar, y eso es una decisión, como en la mayoría de los abortos, que va más allá de lo que la ley estipula”. También, cuenta Fagioli, no se descarta que a futuro se quite esa causal durante el debate en Diputados: “como hemos conversado con otres compañeres que son parte del colectivo de personas con discapacidad, un camino podría ser que se contemplen ‘los diagnósticos detectados durante la gestación’ dentro de la causal salud integral. Pero esta decisión sobre el articulado ya no está en manos de la campaña”.