“Que tanto el Sistema de Defensa como su Instrumento Militar se justifican a partir de la existencia misma del Estado y no de la definición de determinado escenario temporal y sus correspondientes amenazas, y que su esencia se relaciona con el eventual ejercicio del monopolio de la fuerza para la resolución del conflicto en toda su gama, desde la crisis hasta la guerra o el conflicto armado internacional, según lo disponga el Poder Ejecutivo Nacional”, sostiene en sus considerandos el decreto 683/18 que vino a modificar el 727/06 que limitaba el accionar militar. Añade que “es responsabilidad política establecer los parámetros y criterios a tener en cuenta para la misión, reorganización y funcionamiento del Sistema de Defensa en general y, en particular, de las Fuerzas Armadas para que se constituyan en un instrumento de disuasión real, de acuerdo con la percepción de amenazas a los intereses de la Nación y sus correspondientes riesgos presentes y futuros”.
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