La Corte Suprema de Justicia confirmó la extradición a Chile del referente mapuche Francisco Facundo Jones Huala para ser juzgado por los delitos de incendio en lugar habitado y tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal. El máximo tribunal ratificó así lo decidido en primera instancia por el juez Gustavo Villanueva, quien reabrió el pedido para extraditarlo a pesar de que ya había desestimado por el juez federal de Esquel Guido Otranto en 2016.
En un fallo unánime, Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda desestimaron los distintos planteos formulados por la defensa de Jones Huala, algo que también acompañaron Rosatti y Rosenkrantz, pero con consideraciones particulares respecto del pedido de la defensa de evaluar la acusación contra el líder mapuche como delito político.
El único pedido que el máximo tribunal consideró de la defensa de Jones Huala fue que el Poder Judicial chileno compute los meses que pasó en prisión preventiva en la Argentina al momento de dictar la pena. En la causa por delitos de incendio en lugar habitado y tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal, el líder mapuche estaba imputado junto a otros tres hombre que resultaron absueltos, mientras que la única mujer imputado recibió 61 días de condena por encubrimiento.
Los abogados de Jones Huala insistieron en todas las instancias judiciales sobre la nulidad decretada en un pedido previo de extradición. Esa nulidad había sido dictada por el juez federal Guido Otranto —quien fue apartado de la causa por la desaparición forzada de Santiago Maldonado durante la represión del 1 de agosto, cuando se pedía por la liberación de Huala— el 1 de septiembre de 2016. Entonces, Otranto había considerado nulo el pedido ya que el dato que permitió hallar al líder mapuche había sido obtenido por la Policía de Chubut bajo tortura del detenido sin orden judicial ni abogado defensor Gonzalo Cabrera.
Quien se encargó de insistir en el pedido de extradición fue Villanueva y finalmente falló a favor en marzo de este año. Desde el fallo en primera instancia hasta el de la Corte también desestimó el pedido de la defensa para contemplar que en caso de ser extraditado podría existir riesgo de persecución por raza y nacionalidad o de que se le aplique una pena cruel, inhumana y degradante o la posibilidad de ser perseguido políticamente, algo que la defensa de Jones Huala sostuvo a partir de la aplicación de la ley antiterrorista sobre los mapuches en Chile.
La Corte avaló en ese sentido la resolución del Procurador General Interino, Eduardo Casal, quien sostuvo que Jones Huala es juzgado en Chile por acciones de "vandalismo común", que no deben entenderse con carácter políticos o asociarlos a actos de rebelión o terrorismo. Ese pronunciamiento estuvo en línea con la construcción de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, sobre el accionar terrorista de los mapuches.
La Corte también descartó el pedido de Huala de ser juzgado en la Argentina, debido a que se trata de su país de origen. El máximo tribunal indicó que esa decisión es de competencia del Poder Ejecutivo, que impulsa la extradición del líder mapuche.
"El pueblo agraviado somos nosotros, los mapuche, los tehuelche y todos los originarios, no como dice el fiscal (...) sólo revuelven esa herida y eso va a generar mayor rabia en los mapuche, nos quieren tratar como delincuentes y somos luchadores políticos y sociales de un pueblo milenario, con una profunda convicción de nuestro espíritu y nuestra fuerza", había advertido Huala la mañana en la que Villanueva firmó el inicio de su trámite de extradición.