El nuevo Código Contravencional que el gobierno porteño pretende aprobar en la Legislatura en las próximas semanas concentra duras críticas porque consideran que su sanción significaría el regreso a los edictos policiales, criminaliza a trabajadores informales, a vendedores ambulantes, a los artistas callejeros y a todos aquellos que realicen “changas” en el espacio público.
Si bien los especialistas coinciden en que en realidad hay cosas que ya ocurren de hecho en la ciudad de Buenos Aires, el nuevo código dotará legamente a la policía de un amplísimo nivel de discrecionalidad.
Además, es unánime el rechazo debido a que consideran que el objetivo es “policializar” el espacio público. También denuncian que viola las leyes de Seguridad Pública de la ciudad y que va en contra de lo que establece la propia Constitución porteña.
Las Comisiones de Justicia y Asuntos Constitucionales de la Legislatura trabajan para dar curso al proyecto de ley Nº 1664 acerca de la Reforma del Código Contravencional con la idea de obtener dictamen favorable en las próximas semanas. Los puntos que más polémica generan son la figura de los ruidos molestos aplicado a toda persona que trabaje en la vía pública (incluido los músicos callejeros), mayores facultades y discrecionalidad a las fuerzas policiales y que cuidacoches y limpiavidrios se desempeñen con un régimen de habilitación para limitar su tarea.
Si se aprueba la norma que impulsa el oficialismo, se intensificará la autonomía policial ya que, entre otras cosas, le daría lugar a la denuncia anónima con el objetivo, argumentan, de “agilizar” el acceso a la justicia y dejar de lado cualquier nulidad que pudiera presentar el proceso.
Además, dejaría de ser necesaria una orden judicial para la aprehensión por parte de la fuerzas de seguridad, lo que constituye una violación a la ley de Seguridad Integral de la Ciudad, que establece que el personal policial debe identificarse y dar una advertencia antes de utilizar la fuerza.
“La Ley de Seguridad pública es progresista porque se discutió con amplísimo grado de participación de derechos humanos para recortar y limitar el poder de la policía que, obviamente tiene un rol en la calle, que es la prevención del delito, pero no tiene por qué intervenir de la manera en que este código pretende”, explicó a PáginaI12 la abogada, criminóloga y escritora Claudia Cesaroni, del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc).
El proyecto para reformar algunos puntos del Código Contravencional de la ciudad de Buenos Aires, elevado por Horacio Rodríguez Larreta a la Legislatura porteña, pretende arrogarse el hecho de ser el primer código que contempla los derechos de las mujeres ya que incorpora la figura del acoso sexual callejero.
Desde el gobierno porteño argumentan la necesidad de este artículo respaldándose en las cifras que arroja el Ministerio Público Fiscal (MPF) que dicen que en la ciudad de Buenos Aires se registran “tres denuncias de acoso sexual callejero por semana, 41 casos en el primer trimestre de 2018, un crecimiento exponencial frente al mismo periodo en 2017, cuando se había radicado sólo una”.
El artículo sobre el acoso sexual adiciona la pena de arresto, de uno a cinco días y “agrega como agravante del delito los casos donde el sujeto pasivo de la contravención resulta un menor de 18 años o persona con discapacidad; cuando hay concurso de dos o más personas; y cuando el acoso sexual está basado en desigualdad de género”.
Desde el Foro contra la Violencia Institucional CABA emitieron un comunicado para manifestar su repudio a la “escalada punitiva” que “quebranta los derechos de los habitantes de la ciudad, y en especial los de su población más vulnerable”. El espacio que nuclea a vendedores ambulantes, cuidacoches, trabajadores artísticos de espacios públicos y de centros culturales, organizaciones sociales, políticas y de derechos humanos sostiene que la iniciativa, “en su afán represivo” además de violar las leyes de Seguridad Pública de la ciudad también va en contra de lo que establece la propia Constitución.
Otra pretensión es la de regular las actividades en internet, eso significa otorgarle la categoría contravencional al hostigamiento, la difusión de imágenes o grabaciones íntimas y la suplantación digital de identidad, cuando la competencia natural de procedimiento pertenece al fuero penal y es el Congreso de la Nación quien debe legislar allí.
Organizaciones referentes en materia de derechos humanos, tecnología, género y libertad de expresión repudiaron el apartado concerniente los artículos 52, 66 bis, 69 bis y 69. Sostuvieron que “no se comprende de qué modo las autoridades competentes localizarán la actividad en línea en el ámbito jurisdiccional exclusivo de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires para su aplicación”. Esto se debe a que “el carácter interjurisdiccional de Internet, reconocido por el Superior Tribunal de la Ciudad en su reciente sentencia en el caso Uber destaca lo imperativo de que toda discusión sobre su actividad se realice en el espacio del Congreso Nacional”.
Un capítulo que se destaca por su masivo repudio es el de agravamiento de penas para los trabajadores de sectores informales, como los cuidacoches, popularmente conocidos como trapitos: cuidar autos, dar indicaciones, reservar lugares gratuitamente o a cambio de una retribución voluntaria, configurarían una contravención.
El proyecto del Ejecutivo en su artículo 82 los sanciona “con uno a dos días de trabajo de utilidad pública o multa de 300 a 2000 pesos o arresto de uno a cinco días”. Y aclara que “se elevarán al doble cuando la contravención se cometa con el concurso de dos o más personas, la conducta esté basada en la desigualdad de género o la víctima sea mayor de 70 años de edad o con discapacidad” y cuando “exista previa organización”.
Desde el CELS denuncian que esa medida “seguramente pueda dar una supuesta tranquilidad a vecinos de ciertas zonas de la ciudad, pero difícilmente desarme las redes extorsivas que se denuncian en estas actividades en la que muchas veces la policía está involucrada por acción u omisión”.
En cuanto a ruidos molestos, el proyecto oficial indica que “será sancionado/a con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de 200 a 1000 pesos”. Y especifica: “Cuando el origen de los ruidos provengan de la vía pública, con excepción de las manifestaciones artístico culturales a la gorra, la sanción será de dos a diez días de trabajo de utilidad pública, multa de cuatrocientos a dos mil pesos o arresto de uno a cinco días”. Los artistas consideran insuficiente esa excepción: ante una denuncia anónima, el denunciado igual será llevado por la Policía y recién después deberá hacer su descargo.
Con respecto a la fijación de carteles o volantes en la vía pública, el proyecto cataloga como una contravención cuya sanción involucra el arresto y decomiso de los materiales. Esas modificaciones podrían perseguir actividades realizadas de espacios políticos, sociales o culturales, centros culturales y trabajadoras sexuales.
“Intentan consagrar legislativamente lo que ya se hace ilegalmente”, aseguró Cesaroni, quien explicó que “no puede verse sola la reforma del Código Contravencional sino en el contexto de un tipo de ciudad que construye Rodríguez Larreta y Cambiemos, que ‘limpia` las paredes, el mobiliario urbano, pero es hostil a las personas que están en la calle y que circulan”.
La ironía a la que responde esa “limpieza” es lo que sucedió recientemente con la casa de Luca Prodan, a la que el gobierno de la ciudad le eliminó los grafitis de la puerta (que tenían 30 años de historia) con el pretexto de mantener la higiene urbana.
La abogada explicó que “la amplitud de estas figuras legales que se implementan hace dotar a la policía de un amplísimo nivel de discrecionalidad”, y subrayó que “no es más que un retorno a los edictos policiales con otro nombre, bajo el efecto de policializar espacios públicos”.
Cesaroni señaló además que esto que pretende el gobierno porteño está ocurriendo en la ciudad de Mendoza, donde están tratando el código contravencional que sanciona hablar mal del gobernador o hacer actividades artísticas en la vía pública.
“Las sanciones son multas que, como muchas personas no las pueden pagar, se convierten en días de arresto”, precisó Cesaroni, quien consideró que “no es casual que en Mendoza o en la ciudad de Buenos Aires se establezcan este tipo de códigos que, en el fondo, tienen que ver con limpiar el espacio público de manifestaciones opositoras y artísticas”.