La Justicia porteña absolvió a J., un hombre que había recibido dos multas el mismo día por haber estacionado sus autos frente a la puerta de su propio garaje. El hombre, un jubilado que reclamó en la Comuna 14 “para intentar la solución”, debió recalar en la Justicia porque no había una instancia previa para evaluar la situación. Para resolver la demanda, el juez Pablo Casas, titular del Juzgado nº 10 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, consideró las pruebas ofrecidas por el multado J. para acreditar que la casa y los autos le pertenecen, pero también recurrió a Google Street View, para chequear la presencia o no de carteles que indicaran la prohibición de estacionar allí. Además de resolver que J. debía ser absuelto, el juez Casas consideró que las costas del juicio no debían quedar a cargo del jubilado, aunque a la vez la situación “también a la Ciudad le provoca un gasto”, por lo que indicó que informaría la resolución al cuerpo de tránsito “a fin de que vean la posibilidad de establecer alguna medida”.
Una vez que el reclamo por las multas llegó a la Justicia, el caso se resolvió en una audiencia. El acta relevó que, al comenzar, el jubilado explicó “que vive en una casa que tiene 10 metros de frente con un patio”, que “la casa tiene una puerta de entrada verdadera, donde por allí podría meter un coche” y otra puerta “incluso más ancha, que es falsa, y que no tiene número”, por lo que “ni siquiera allí hay un lugar verdaderamente reservado”.
Frente a esas puertas, en la calle, detalló, deja estacionados dos autos. Agregó que es una costumbre suya que lleva ya 40 años, habida cuenta de que considera que “el lugar, si está reservado, está reservado para él, ya que es la entrada al garaje de su casa”. Por allí, continuó, “ese día de abril, debió haber pasado un inspector que entendió que esos coches estaban en infracción” y labró las multas, ambas con idéntico horario. Como las multas eran de más de mil pesos, J. fue a la Comuna, donde le indicaron que sólo podían convalidar el acta, no revocarla; así llegó a la Justicia.
Ante el juez Casas, preguntó si no podía considerarse lo sucedido como “una autoinfracción”. El magistrado preguntó si alguna vez había estado prohibido estacionar en esa calle, algo que el jubilado multado negó.
Ninguna norma indicaba la prohibición de estacionar en esa calle, consideró el juez, que además sumó el uso de Google Street View “para chequear que no exista un cartel que prohibía estacionar allí”. El acta de la audiencia da cuenta de que, tras el chequeo, Casas advirtió que “no hay ninguna señalética que indique que esté prohibido estacionar. Por ello entiende que el lugar estaba reservado únicamente para la entrada y salida de su vehículo (el del jubilado) y no por algún otro motivo”. Además, tampoco había estacionado sobre carril de bicicletas ni sobre lugar reservado a otra persona. “Es decir que en ambos casos los vehículos estaban estacionados en el frente de su hogar. En el primer caso, tapando su propio garaje, y en el segundo, en frente de una falsa puerta de garaje que tiene el frente de su domicilio, en tanto en las fotos aportadas puede observarse que detrás de ella se encuentra una ligustrina, que impediría el paso de cualquier vehículo”. Por otra parte, el juez evaluó que “el inspector no tiene forma de saber que esos autos son de la persona que vive allí”, lo cual, sumado al hecho de que la necesidad de acudir a la Justicia y procurarse una defensa “le genera un gasto a la persona pero también a la ciudad le provoca un gasto”. Para “subsanar ese gasto no puede condenar en costas a quien es absuelto, mas allá de que además las costas son cincuenta pesos”. Por eso, en busca de una solución, el magistrado resolvió informar “la resolución al cuerpo de tránsito, a fin de que vean la posibilidad de establecer alguna medida”.