El predio de La Rural quedó bajo los efectos de una medida cautelar que impide su venta, cambio de manos o utilización como garantía. La decisión de inmovilizarlo fue tomada por el Tribunal Oral Federal 2, que lleva adelante el juicio por la venta irregular, a un precio vil y por mecanismos dudosos, de los terrenos ubicados en pleno Palermo a la Sociedad Rural Argentina. Aquella operación data de hace 27 años y el juicio que está en marcha, donde son juzgados Carlos Menem y Domingo Cavallo –entre otros–, podría traer entre sus consecuencias la restitución del inmueble al Estado. Para poder asegurar esa posible medida, la fiscal Gabriela Baigún y la Dirección de Recupero de Activos y Decomiso de Bienes de la Procuración General habían pedido lo que jurídicamente se llama “anotación de la litis sobre el inmueble”, que no es otra cosa que congelarlo. A eso es a lo que los jueces hicieron lugar y es una señal de que le planteo de la fiscalía, que ha mostrado compartir la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), tiene legitimidad y chances de prosperar.

Entre los acusados sentados en el banquillo se encuentran quien era presiente de la Sociedad Rural al momento de la compra, Ricardo de Zavalía, y el entonces secretario de la entidad, Juan Alberto Ravagnan. Es evidente que toda condena y eventual orden de restitución del predio afectará a quienes hoy manejan esa entidad que enarbola los intereses del campo. Por lo que los planteos de los imputados son en defensa propia y de los intereses de la actual conducción. Entre sus argumentos, los hombres de la SRA, señalaron que se trata de “un tercero de buena fe”. Fue uno de los puntos centrales del reclamo de la fiscal Baigún, quien sostuvo que: “como única y directa beneficiaria de lo dispuesto por el decreto 2699/91”, que habilitó la venta directa, “conocía –como mínimo– los vicios de la contratación”: “que estaba adquiriendo el predio ferial de Palermo a un precio vil, teniendo en cuenta otras tasaciones; que estaba adquiriendo el bien por contratación directa, sin que esté justificado el uso de este modo excepcional; que el tribunal de tasaciones de la nación no había tasado el inmueble, aunque legalmente debía hacerlo; que el precio de la venta le fue indebidamente financiado, ya que no había razones para justificarlo; que estaba adquiriendo un bien justificado en que iba utilizarlo para sus fines estatutarios cuando en realidad tenía planeado explotarlo  a través de una sociedad anónima, con otros fines”.  

El predio de La Rural, antes Parque Tres de Febrero, fue un bien de dominio público hasta 1991, cuando Menem recibió una propuesta para comprarlo de parte de la SRA y autorizó su venta por decreto el 20 diciembre de ese año. El boleto de compra-venta se firmó ese mismo día, con un pago inicial de 3 millones de pesos/dólares. La venta se hizo por 30 millones, en base a una tasación irrisoria –en lugar de la del tribunal de tasaciones– en la que participaron ex funcionaros del Ministerio de Economía y de los bancos Ciudad e Hipotecario. Ya durante la investigación judicial los peritos de la Corte Suprema establecieron que el valor era de unos 131.800.000 de pesos/dólares. El fiscal de instrucción, Carlos Stornelli, dictaminó que la única forma de vender el predio era a través de una ley del Congreso, pero se utilizó el régimen de venta de bienes de dominio privado del Estado. En 2012, Cristina Fernández de Kirchner firmó un decreto que determinó la nulidad aquella venta y ordenaba la recuperación para el Estado. Pero la SRA presentó un amparo a través del cual logró frenar la restitución en segunda instancia. Aquel decreto fue incluso defendido por Carlos Balbín, que fue procurador del Tesoro en los comienzos del gobierno de Mauricio Macri, y que declaró recientemente en el juicio penal ante el TOF2.

La presentación de Baigún y de la Dirección de recupero para preservar el inmueble, recuerda que apenas se concretó la compra, se conformó una unión transitoria de empresas para explotarlo comercialmente, integrada por La Rural de Palermo SA (constituida por la propia Sociedad Rural con el 99 por ciento del paquete accionario apenas se hizo la operación) y Ogden Argentina S.A.  La primera, sostuvieron, se creó para sortear obstáculos legales para los fines comerciales porque la SRA se “se escudaba bajo un halo de objetivos sociales, culturales, comunitarios, comunitarios y detrás de una organización sin fines lucrativos, que resultaron ser una farsa”. De ahí, señalaban, “la mala fe”.

La resolución del TOF2 para preservar el predio, lleva la firma de sus tres integrantes: Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y José Antonio Michilini. Si bien ya hubo años atrás una medida similar que caducó, el hecho de que ahora se decida durante el juicio tiene una fuerte connotación. Así, en el proceso en trámite están en juego un aspecto penal, que podría derivar en condenas por peculado (con penas de hasta diez años) y la posible devolución a manos estatales de lo que hoy es un imperio comercial y sede de grandes eventos.