Desde Santa Fe.

El juez federal Reinaldo Rodríguez despachó esta semana la causa por el vaciamiento del Banco de Santa Fe a los Tribunales de la provincia. Lo hizo después de que el expediente tramitara en su Juzgado durante 28 años, desde el 27 de agosto de 1990, y él entendiera en el asunto en los últimos tres lustros. La razón es que insistió en declararse incompetente, a pesar de que el fiscal Jorge Gustavo Onel le pidió que revocara esa decisión (por qué “podría haber implicado la violación a formas sustanciales del procedimiento”, le dijo) y resolviera todas las cuestiones pendientes: las peticiones del Gobierno de Santa Fe y de la Asociación Bancaria de ser partes querellantes y la incorporación de pruebas sustanciales: el informe Nogueras que el Ministerio Público propuso en 2013 (y la provincia digitalizó y publicó en su página oficial) y la que ofreció la Fiscalía de Estado en 2017: el dictamen del ex ministro de Economía Angel Sciara que estimó el costo de la privatización del Banco en 1.000 millones de dólares. Rodríguez respondió, breve: “No ha lugar”. Tres palabras para desligarse de la investigación del supuesto fraude bancario más antiguo de la Argentina, así que último decreto, ordenó: “Remítase la causa” al “Colegio de Jueces de Primera Instancia de Santa Fe, junto con los incidentes” y “la documental reservada en Secretaría”.

Un pase de manos al fuero ordinario con el que Rodríguez esquivó el mandato de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El 23 de agosto, en un fallo raro, la Corte suspendió el trámite de dos recursos de queja de las defensas, hasta tanto el “tribunal de origen” resuelva “la cuestión de la prescripción” de la causa. Pero, ¿cuál es el tribunal de origen? Rodríguez dijo que él ya canceló su “jurisdicción” en el proceso. Y a su juicio, quién debería resolver es el juez de la provincia que reciba el súper expediente, si es que resuelve, porque si lo imita, el conflicto de competencia escalará otra vez hasta la Corte. 

Rodríguez ya intentó cerrar la causa hace cinco años, el 24 de junio de 2013, cuando declaró “extinguida la acción penal” contra los 44 imputados, todos ellos ex presidentes y ex directores del Banco Provincial, pero el 22 de abril de 2016, la Cámara Federal de Rosario revocó esa resolución. Y a los seis meses, el 5 de diciembre 2016, la misma Cámara declaró que “no existe obstáculo procesal alguno, ni de índole jurídica diversa, para continuar seriamente” la investigación.

Entre esas dos resoluciones de la alzada, el juez de Santa Fe se declaró incompetente, el 1º de julio de 2016. Lo más llamativo es lo que el tribunal le dijo en la segunda sentencia, en la de diciembre de 2016. Le recordó que la causa estaba en la Cámara, “antes” de que Rodríguez “se declare incompetente” y por lo tanto, el magistrado no tenía “atribuciones” para sustraerle el proceso a un tribunal superior. La doctrina y la jurisprudencia coinciden que la “competencia” es “originaria” de las Cámaras que “la delegan en los jueces de primeria instancia”, entonces, “mal podrían éstos restar atribuciones a un superior en el Poder Judicial, aún cuando procedieran de absoluta buena fe”, advirtió el tribunal.

El fiscal Onel recordó esa resolución de la Cámara de diciembre de 2016 cuando le pidió a Rodríguez que revocara su incompetencia. “Entiendo que la decisión que declara la incompetencia de ese Juzgado Federal”, cuando la causa estaba “en un órgano de revisión podría haber implicado la violación a formas sustanciales del procedimiento”. “A la luz de lo resuelto por la Cámara” –agregó Onel- lo “lógico” era que Rodríguez declare “la nulidad de la resolución de incompetencia”. Y calificó la situación como “un contrasentido incompatible con el buen servicio de justicia”, que el juez se hubiera desligado del proceso el 1º de julio de 2016 y que a dos años de esa decisión aún no hubiera enviado la causa a los Tribunales de la provincia.

Al día siguiente, el juez ratificó su “incompetencia”, planteó que esa resolución está “firme” y justificó la demora en el envío por los tiempos de la Corte para devolver el expediente “original”. Y acerca de las otras peticiones del fiscal para que acepte al Gobierno de la provincia y a la Asociación Bancaria como partes querellantes y se incorporen como pruebas el informe Nogueras y el dictamen del ex ministro Sciara, le respondió: “No a lugar”.

Esta semana, apenas la causa bajó de la Corte, Rodríguez dispuso el pase a la justicia ordinaria. “No teniendo este Juzgado más jurisdicción para continuar con la causa, remítase al Colegio de Jueces de primera instancia de Santa Fe”, junto con los “incidentes” y la “documental reservada en Secretaría”.