Desde Santa Fe.

El Tribunal Oral de Santa Fe ya ha condenado los crímenes del terrorismo de estado con perspectiva de género. Esta semana, en el arranque de los alegatos por el martirio de Silvia Suppo, la querella le pidió que profundice esa línea y juzgue la violencia sexual en centros clandestinos de la dictadura como delito autónomo de lesa humanidad, independiente de los tormentos. “Era parte de la maquinaria del terror disponer de los cuerpos de las personas detenidas”, dijo la abogada querellante Lucila Puyol. Mientras que su colega Guillermo Munné solicitó cárcel efectiva para los cuatro imputados en el juicio: 20 años de prisión para el ex jefe de la comisaría 4ª Ricardo Ferreyra por “violaciones sexuales agravadas” y “embarazo forzado”  de Silvia y penas de 15 a 10 años para los tres acusados por el “aborto forzado”: el ex coordinador del Area 212 Juan Calixto Perizzotti y sus dos “colaboradores”, María Eva Aebi y Oscar Farina, quienes se hicieron pasar por la hermana y la pareja de Suppo, según los testigos.

Los alegatos comenzaron con la querella, siguió el fiscal Martín Suárez Faisal y mañana les tocará a las defensas. Puyol y Munné patrocinan a los hijos de Suppo, Marina y Andrés Destéfani, que hablaron en nombre de su padre, fallecido en 2009 y de su madre, asesinada en marzo de 2010. “Ellos nos relataron aquí" las vidas de Silvia y Jorge, "sus valores, su militancia, también sus dudas y temores, y por sobre todo, sus convicciones”, dijeron los profesionales.

En el juicio se juzga la persecución a militantes de la Juventud Peronista de Rafaela: el homicidio de Rubén Carignano, los secuestros y torturas de Jorge Destéfani, Hugo Suppo, Graciela Rabellino y Ricardo Díaz, y el suplicio de Silvia Suppo.

“Hoy decimos que la dictadura fue cívico, militar y eclesiástica, pero también machista, sexista y patriarcal”, dijo Puyol al recordar el testimonio ante el Tribunal de la abogada Susana Chiarotti, una de las expertas “más reconocidas a nivel nacional e internacional en la temática de la violencia de género”.

Muchas veces, en las investigaciones al terrorismo de estado, “los delitos sexuales no son visibilizados típicamente como hechos independientes” y “quedan comprendidos como tormentos, pese a que nuestra ley penal prevé las figuras específicas de violación y abuso desde mucho antes de la fecha de comisión de estos hechos”, precisó Puyol.

“Chiarotti dijo que en muchas causas, el juez no considera la violencia sexual (como la desnudez forzada, los abusos y las violaciones) como delitos autónomos” de lesa humanidad. Esto es lo que sucedió en este juicio”, -planteó Puyol-  cuando el juez Reinaldo Rodríguez procesó a los imputados por “tormentos agravados” y “junto con la Fiscalía tuvimos que apelar” ante la Cámara Federal de Rosario “para que la violación y el aborto” de Suppo “sean considerados delitos autónomos de los tormentos”.

La violencia sexual involucra a toda la cadena de mandos. Los represores tenían “libertad de hacer lo que quisieran” en los centros clandestinos. “Era parte de la maquinaria del terror disponer de los cuerpos de las personas detenidas”, señaló Puyol. “El violador es fruto de la sociedad patriarcal que ejerce el poder en un contexto perverso de dominar y humillar a las personas detenidas, para destruirlas. No eran actos lascivos,  sino mecanismos de poder, ni siquiera era una relación sexual ni obedecía al deseo sexual sino de poder.” “No era posible que lo que sucediera adentro centro de detención no fuera conocido por los superiores. Los superiores sabían todo lo que pasaba, el hecho de que hubiera violaciones involucra a toda la cadena de mandos”.

En el juicio a la patota del norte, en 2013, “ante este mismo Tribunal, escuchamos el testimonio de Griselda Pratto, quien fue violada” por el comodoro de la Fuerza Aérea, Danilo Sambuelli, que era jefe de Inteligencia de la III Brigada Aérea de Reconquista y por dos policías de la provincia que estaban bajo su mando, Carlos Nickish y Armando Neumanni. “Esto reafirma lo que dijo Chiarotti, que toda la cadena de mando violaba a la joven”, señaló Puyol.

“Ya cuando llegamos al aborto forzado, el cuerpo ha sido invadido tres veces. Primero: invasión física que significa la violación. Segundo: la invasión del embarazo forzado, cuando el cuerpo se transforma para alojar a otro ser que no esperábamos ni queríamos y eso también constituye una diferencia de género con respecto a los varones que eran violados pero no quedaban embarazados, Y tercero, la intervención directa quirúrgica sobre el cuerpo. El aborto forzado es uno de los crímenes de lesa humanidad y debe ser juzgado de manera autónoma”, concluyó la abogada.