La ley de alquileres obtuvo dictamen de comisión en la Cámara de Diputados. Contempla la extensión del contrato mínimo de alquiler hasta los tres años en lugar de los dos que rigen hasta ahora y la actualización semestral del precio en función de una fórmula compuesta por el índice de precios minoristas del Indec y el coeficiente de variación salarial. También se establece la obligación de registrar el contrato ante la AFIP, así como que el mes de depósito sea devuelto al fin del contrato y actualizado por inflación y se facilita el acceso a garantías. Cuando la operación de alquiler se realice por inmobiliaria, la comisión deberá ser costeada por el propietario. Se espera que antes de fin de año la ley pueda obtener sanción parlamentaria.
En líneas generales, el proyecto que se debate en Diputados recoge varias de las demandas de las agrupaciones de inquilinos y de las iniciativas previas que buscaron legislar en esta materia. Entre los bloques hay relativo consenso alrededor de la necesidad de avanzar en un marco regulatorio para el mercado de alquileres. De hecho, el Senado ya había dado media sanción a un proyecto del Frente para la Victoria e Inquilinos Agrupados similar al que ahora impulsa el Gobierno y que recibió apoyo de todos los bloques en la Comisión de Legislación General de Diputados. Uno de los cambios que introdujo el oficialismo es la actualización semestral (y no de manera anual) de los alquileres en función de una fórmula compuesta por el IPC y el coeficiente de variación salarial del Indec.
Las agrupaciones de inquilinos buscaban la extensión del plazo de actualización del precio del alquiler al año, pero todo se encamina a que el proyecto prospere en Diputados con el plazo de los seis meses para las subas, tal como lo presentó días atrás el presidente Mauricio Macri. “Logramos el compromiso de todos los bloques para que antes de fin de año tengamos una ley de alquileres nacional. Es una victoria de todas las organizaciones de inquilinos”, dijo Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados.
El artículo 3 del proyecto de ley establece que en los alquileres para uso habitacional el pago por anticipado no puede superar un mes de alquiler, al igual que el depósito. Además, el depósito en garantía será devuelto al inquilino al momento de la finalización del contrato y actualizado de igual manera a como evolucionó el precio del alquiler.
Uno de los puntos que genera más rispideces con las inmobiliarias es la regulación del cobro de las comisiones. El proyecto establece que si el contrato se celebra bajo la intermediación de un corredor inmobiliario, las comisiones u honorarios “deberán ser soportados por el propietario”, al igual que los gastos de publicación y certificación de firmas. Además, si la inmobiliaria participa en la renovación del contrato, las comisiones no podrán superar medio mes de alquiler. El argumento de las inmobiliarias es que “no es una comisión por el alquiler sino que son honorarios profesionales y se trata de servicios que protegen los derechos de ambas partes. Lo más razonable sería que se abonaran en un 50 por ciento por cada uno de ellos”, como opinó Miguel Angel Astorga, presidente de la Cámara de Corredores Públicos e Inmobiliarios de Mendoza. La idea de que los propietarios corran con los costos del alquiler radica en que entre propietarios e inquilinos existe una relación desigual que la ley busca equilibrar.
Por otra parte, el plazo mínimo de locación del inmueble es de tres años y a la hora de la renovación del contrato cualquiera de las dos partes podrá convocar a la otra dentro de los últimos dos meses de la relación de alquiler. Si el propietario no responde al pedido del inquilino y se niega a la renovación, el inquilino puede liquidar el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización. También se facilita el acceso a garantías.