La Legislatura porteña sancionó por unanimidad modificaciones al régimen de licencias familiares para los empleados del Gobierno de la Ciudad, con lo que llevó a 75 días la licencia por paternidad posible. A partir de la nueva ley, el padre dispondrá de 15 jornadas de licencia con goce de sueldo tras el nacimiento (en lugar de los 12 previos); a esos días se podrán sumar otras 30 jornadas que la madre podría transferirle en caso de que él también sea empleado público porteño y que se descontarían del tiempo concedido a ella; además, el progenitor no gestante podrá disponer de otros 30 días, de corrido, en cualquier momento del primer año de vida del hijo. El proyecto, que fue aprobado por legisladoras y legisladores de todos los bloques, incluye también un cambio en el régimen de licencias para casos de maternidad y paternidad por adopción.
Para los casos de quienes adopten, el nuevo sistema dispone de licencias escalonadas, que asignan días en función de la edad de las niñas y los niños adoptados: a mayor edad, más jornadas. Así, quien adopte un niño menor de 3 años dispondrá de 90 días de licencia; si el niño tiene entre 3 y 6 años, serán 120 los días; si tiene entre 6 y 10 años, la licencia será de 150 jornadas. Para adopciones de niñas y niños de entre 10 y 18 años, la licencia será de 180 días. Por cada nueva adopción, además, habrá 30 días de licencia adicionales. En tanto, el padre o co-adoptante podrá acceder a 15 días de licencia con goce de sueldo luego de la adopción, a los que se suman otros 30 días corridos durante el primer año, o 120 días sin goce de sueldo.
El dictamen de comisiones que fue tratado en el recinto estableció que “las modificaciones apuntan a contribuir al desarrollo infantil, acortar la brecha de desigualdad de género y propiciar la distribución igualitaria de tareas en el cuidado de los hijos”, al tiempo que adecuan la normativa “a parámetros de equidad laboral y a la co-responsabilidad parental, a través de licencias que apunten a fortalecer los vínculos familiares e incentiven el cuidado compartido”. Por eso, también la nueva ley es “conforme a las normas civiles que reconocen el matrimonio igualitario, la unión civil o convivencial”.
El proyecto aprobado modificó el régimen de licencias especiales de todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Relaciones Laborales de la Administración Pública de la Ciudad, en el Estatuto del Docente local, del personal de la Salud Pública y del Sistema Integral de Seguridad Pública. Además, la nueva norma unifica criterios aplicables a todos los empleados del Gobierno de la Ciudad.
La ley también estableció que, durante 5 días hábiles del ciclo lectivo, corresponden 3 horas diarias por adaptación de hijo a la escuela, y hasta 12 horas al año para participar en actos escolares de hijos a cargo. Además, las y los docentes dispondrán de un día libre al año para realizarse controles mamarios o prostáticos.
Las víctimas de violencia de género que trabajen para el Gobierno de la Ciudad, además, tendrá una licencia de 20 días hábiles al año, luego de presentar constancia de denuncia judicial o constancia administrativa. La disposición también alcanza a los casos de violencia familiar. Además, si la empleada lo requiere, la administración porteña puede cambiar su lugar y horario de trabajo, entre otras medidas de protección, y en ningún caso esas modificaciones afectarán su salario.