La Pampa recibirá por parte del Estado Nacional 3 mil millones de pesos, más intereses. La Corte Suprema resolvió ayer una demanda en favor del gobierno provincial, en sintonía con otros planteos que había resuelto a fin de 2015 en los casos de Santa Fe, Córdoba y San Luis. Se trata de fondos coparticipables cuyo mecanismo de devolución deberán en un plazo de 120 días, según el fallo que firmaron los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Las dos autoridades del máximo tribunal, Carlos Rosenktrantz y Helena Higton no firmaron la resolución, tomada el mismo día en que ambos se reunieron con Mauricio Macri.

La causa “La Pampa, Provincia de contra Estado Nacional (Poder Ejecutivo -Ministerio de Economía de la Nación) sobre acción de inconstitucionalidad” fue iniciada por la provincia en 2007. Ante la posibilidad de que prescriba en el corto plazo, la Corte declaró ayer la inconstitucional el decreto del Poder Ejecutivo que autorizaba al Estado a detraer unilateralmente un porcentaje de los fondos coparticipables que correspondían a la provincia, en miras a reordenar y dotar de financiamiento a la AFIP.

La Corte consideró que el Poder Ejecutivo no podía unilateralmente modificar un régimen que, según la Constitución Nacional, debe ser acordado por todas las provincias y el Estado nacional (como la Ley de Coparticipación Federal de la Ley 23.548 y del Acuerdo Federal del 12 de agosto de 1992).

Rosenkrantz había avisado que se excusaría dado que durante su actividad como abogado, su estudio había litigado en un caso similar presentado por Santa Fe. Highton de Nolasco tampoco firmó, al igual que no lo había hecho en otras oportunidades por el mismo tema. El caso profundiza las diferencias al interior del tribunal, luego del sorpresivo cambio de autoridades.