La AFIP elevará de 300 a 500 dólares el monto de la franquicia para traer artículos del exterior, de acuerdo a una resolución que ya ha elaborado el organismo y se iba a hacer pública a través del Boletín oficial del día de hoy, según adelantaron ayer fuentes de la misma repartición. Cuando el valor supere ese límite, el tributo a abonar es equivalente al 50 por ciento del valor excedente.  

 La suba de esa franquicia, por persona, será para los viajeros que retornen al país por vía aérea, mientras también se elevará, pero de 150 a 300 dólares, para los que ingresen por vía terrestre o fluvial. Se mantendrá la excepción impositiva para celulares y artículos informáticos (notebooks, netbooks y otros), dispuesta pocas semanas atrás.

 Según explicaron voceros de la AFIP, la franquicia de 300 dólares por persona regía desde 1994, y el aumento diferencial corresponde al incremento de la inflación que tuvo Estados Unidos en ese período. La medida, aseguraron, equipara a la Argentina al resto de los países del Mercosur, que ya tienen ese mismo nivel de franquicia. Los menores de 16 años cuentan con una franquicia por la mitad del monto de los adultos.