Sostener un cartel por la aparición con vida de Santiago Maldonado e insultar a un policía equivale a intimidación pública y resistencia a la autoridad, y tirar una piedra también. Así lo consideró el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi en un fallo en el que procesó a dos manifestantes que fueron reprimidos tras la marcha del 1 de septiembre de 2017, cuando el joven tatuador anarquista llevaba un mes desaparecido. Aquella noche, cuando la movilización había terminado y casi todos se habían desconcentrado en paz, la policía salió a cazar personas, a detenerlas adentro de una pizzería a muchas cuadras de Plaza de Mayo, entre ellas cuatro trabajadores de prensa.
El año pasado el juez Martínez de Giorgi había procesado a las 31 personas detenidas aquella noche. Pero, tras la apelación de las defensas, el 6 de diciembre de 2017 la Cámara Federal revocó su decisión con duros términos, a partir del análisis de las fotos y videos que demuestran que no se cometieron tales delitos, disponiendo la falta de mérito para la mayoría. En el caso de la trabajadora y los trabajadores de prensa, decretó su sobreseimiento. El fiscal de Cámara, Germán Moldes, interpuso entonces un recurso de casación que fue sostenido por su par de Casación Raúl Plée, en el que calificó a los imputados como "Iracundo tropel (…) canallas y facinerosos, bestias, horda vandálica (…) con altas dosis de 'travestismo', a quienes tocó esa vez asistir disfrazados de fotógrafos (…) tal vez, en la próxima les toque el papel de Arlequín, Colombina o El Zorro", entre otra cantidad de improperios.
Así, el expediente llegó a la sala III de la Cámara de Casación que con el voto de Liliana Catucci y Eduardo Riggi revocó el sobreseimiento de los peridistas Ezequiel Medone, Juan Pablo Mourenza y Paola Barriga Montero. En ese momento denunciaron que a ellos, como a otros manifestantes, les falsearon las actas judiciales "para para decir que estuvimos donde no estuvimos y que así nos quepa esa figura". Cuando el caso volvió a la Cámara ese tribunal lo devolvió sin pronunciarse y ahora que está de nuevo en manos de Martínez de Giorgi, quedaron todos sobreseídos a excepción de un hombre y una mujer, cuya imagen con los pechos descubiertos fue tomada en la última marcha por la legalización del aborto, y que durante la manifestación por Maldonado sólo llevaba una pancarta con su nombre. Página/12 accedió a la resolución donde consta la pobre argumentación con que el magistrado sustenta el procesamiento, pero a pedido de su defensa no publica los nombres porque esto implicaría agravar el daño que ya vienen sufriendo por haber cometido el supuesto delito de exigir la aparición de Maldonado. En el fallo no hay ninguna mención a la situación procesal de Medone, Mourenza y Barriga Montero.
El juez describió que luego de la marcha "un grupo de personas en las inmediaciones de la Plaza de Mayo, luego de la desconcentración de la marcha que se había realizado para pedir por la aparición con vida de Santiago Maldonado derribó el vallado que se encontraba en el sector más cercano a Casa Rosada, mientras lanzaban elementos contundentes, tales como botellas y piedras, y además quemaban contenedores del Gobierno de la Ciudad. Estas personas también llevaban palos en sus manos y tenían sus rostros tapados con pañuelos y remeras". Martínez de Giorgi destacó que "como consecuencia de estos sucesos resultaron lesionados catorce policías". Entre los daños mencionó los graffitis que pintaron los manifestantes en las paredes de la Catedral y el Cabildo.
"De las filmaciones aportadas se observó a la imputada colgada del vallado increpando a la policía con un cartel que rezaba "Quisiste apagar una voz y encendiste millones Santiago donde está", al mismo tiempo que propinaba insultos", describió el juez, al mismo tiempo que remarcó que la mujer tenía la cara tapada y sólo se veían sus ojos. Para el hombre procesado fue suficiente una foto en la que se lo ve tirando una piedra, también con la cara tapada. Estas dos acciones fueron suficientes para que Martínez de Giorgi resolviera que los procesados "infundieron temor público, suscitaron tumultos y generaron desórdenes e incitaron a la violencia colectiva contra las fuerzas de seguridad nacionales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", para lo cual "emplearon fuerza e intimidación contra personal policial para impedir el ejercicio de sus funciones". La defensa ya anticipó que apelará, pero no sin antes esclarecer en qué situación quedaron los trabajadores de prensa. Algo similar hizo el juez federal en la causa por la represión a la manifestación de diciembre contra la reforma previsional, al imputar a una decena de "individuos que desvirtuaron la protesta", en una suerte de teoría de los dos demonios de la democracia: la mayoría fue reprimida a causa de un "grupito" que provoca la desmedida reacción policial.