La Justicia condenó a tres años de prisión condicional al tesorero de la anterior cooperadora de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), cuya administración fue denunciada en 2011 por las nuevas autoridades. La acusación por malversación de fondos y administración fraudulenta recayó sobre la gestión 2007-2010, pero el único condenado fue Julio Jozami Barreiro, quien era encargado de las operaciones contables y bancarias. El resto de los integrantes de esa comisión directiva alcanzó un criterio de oportunidad previo pago para resarcir. La estafa alcanzó una suma cercana a los 500 mil pesos. En primera instancia, el acusado fue absuelto por la jueza Marisol Usandizaga, pero para la Cámara, el delito doloso (intencional) fue claro. "Aprovechando su carácter de tesorero y mediante un acto no permitido -no conocido por sus pares o asociados- extraía lo devengado como intereses, perjudicando a la entidad y generando un beneficio para sí", expresa el fallo que se conoció ayer.
Tras la denuncia, el juez Juan Andrés Dónnola procesó a los acusados al detectar pagos inexistentes a proveedores, facturaciones apócrifas, desaparición de títulos Boden y falta de ingreso de ganancias por plazo fijo.
El fallo de la Alzada expresa que "la auditoría permite determinar que Jozami en su carácter de tesorero, mientras tenía a su cargo el manejo y cuidado de bienes e intereses pecuniarios ajenos en el período de 2007-2010 violó tales deberes mediante actos no permitidos, perjudicando los intereses confiados causando un perjuicio patrimonial a la entidad, logrando un lucro indebido para sí". La cámara cuestionó que la defensa haya dirigido la acusación a una empleada administrativa sobreseída. Para los camaristas Carina Lurati y José Luis Mascali "no es posible que una empleada administrativa pueda llevarse a su bolsillo miles y miles de pesos, mes a mes, durante dos años, sin que la persona responsable que le entregó el dinero se percate de esta situación".
Y detallaron: "Las pruebas contables dan cuenta de que la anterior cooperadora realizó 51 depósitos a plazo fijo por montos variables; muchas, renovaciones. Durante las 51 operaciones, sólo 4 fueron registradas en la contabilidad de la entidad. Dichas operaciones generaron intereses por 111 mil pesos, pero sólo figuran ingresados 1.557,49 pesos, omitiéndose la registración de 110.045 pesos. Jozami tenía el manejo de las inversiones", aseguraron.
En ese sentido, precisaron cómo era el ardid: "Cada mes, retiraba los intereses, que es la única razón por la que el dinero -en la costumbre de los argentinos- se coloca en un plazo fijo y no en una caja de ahorros; y ese monto -salvo en cuatro oportunidades, en dos años- no ingresó a la Asociación de la que era tesorero". Y aclararon: "Pudo haber un error, en uno o dos meses. Pero según ha señalado Jozami, la Asociación era auditada periódicamente, lo cual imponía conocer estos desvíos, que supuestamente lo colocaban en víctima".
Para la Alzada, "el dolo está acreditado por la asiduidad en el retiro, por la constancia y por la función que cumplía en la entidad Jozami desde hacía tanto tiempo. Porque el dolo es conocer lo que se hace, y al conocer lo que se hace, entra el otro elemento que es la voluntad, y allí se hace lo que se quiere", sentenciaron.
La abogada querellante, Laura Marziali, recordó el fallo de primera instancia no tuvo en cuenta la pericia contable oficial y absolvió al acusado. Sobre los otros tres imputados, aclaró que llegaron a un acuerdo de principio de oportunidad, con la reparación económica, a lo que se negó Jozami.