El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) dará a conocer hoy pasado el mediodía el fallo que determinará la constitucionalidad del protocolo de aborto no punible. La aplicación del protocolo sancionado en 2012, que contempla la interrupción del embarazo en caso de violación o riesgo de vida, fue suspendida por un recurso de amparo que presentó la ONG antiderechos Portal de Belén. Para este mediodía, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto convocó a un pañuelazo ante el Tribunal.
“Las expectativas son todas positivas”, dijo a Páginal12 Bettiana Olearo, de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir. En el caso de que el TSJ declare la constitucionalidad del protocolo, podrán interrumpir su embarazo aquellas personas gestantes que han sido víctimas de una violación, o cuya vida esté en riesgo, en cualquier centro de salud cordobés. Olearo contó que ella y sus colegas de la Red realizan acompañamientos hace más de 8 años “tal cual lo estipula el protocolo de Salud de la Nación”. “Creemos que con el fallo se va a destrabar el problema que tenemos con los casos que tienen otro nivel de complejidad, como aquellos donde la mujer tiene un embarazo que supera las 12 semanas y no puede hacer tratamientos ambulatorios”, explicó.
En marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió el fallo F.A.L. que establece que toda mujer que ha sido violada tiene derecho a interrumpir su embarazo sin necesidad de contar con una autorización judicial. La provincia de Córdoba dictó el protocolo de abortos no punibles, y días después Portal de Belén presentó un recurso de amparo que suspendió su aplicación.
Rodrigo Agrelo, abogado y presidente de la ONG antiderechos, aseguró a La Voz del Interior que se impulsa la aplicación del protocolo porque la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) “lo está reclamando para incorporar a la Argentina”. Asimismo, acusó que “sigue esta discusión porque el gobernador Juan Schiaretti se ha empecinado en mantenerlo. Si el gobierno lo derogara, se acabaría”.
Agrelo señaló que hay dos planteos pendientes que el TSJ no respondió. En primer lugar, cuestionó la convocatoria para la lectura del fallo. En segundo lugar, puso en duda la composición del tribunal ya que, según el abogado antiderechos, se eligieron camaristas que figuraban en el cuarto, quinto y octavo lugar de una acordada previa del TSJ, sin que se haya explicado el criterio para no convocar a los otros camaristas.
“Nosotros pensamos que esos planteos no van a prosperar”, opinó Olearo. La médica afirmó que el amparo que presentó el Portal de Belén “va en contra del Código Penal argentino”. “Tenemos claro lo que es el artículo 86 del Código, pero las instituciones y los equipos de salud han usado este amparo para impedir que mujeres accedan a la práctica”, señaló. Olearo informó que el recurso interpuesto por la ONG antiderechos “estaba incidiendo en casos de abortos por violación, que está permitido desde 1921”.
La médica de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir consideró que la aplicación del protocolo ayudaría a que instituciones y equipos de salud estén más acompañados. “Como dijo el ministro Rubinstein, el 80 por ciento de los casos donde se aplica el aborto no punible son ambulatorios, pero muchas veces las mujeres requieren otro tipo de contención”, afirmó Olearo. Tal es el caso de las personas gestantes que no pueden utilizar misoprostol o para “abortos incompletos que terminan hospitalizados”. “Vamos a poder brindar un servicio de salud de calidad en toda la provincia”, manifestó Olearo.
Informe: Ludmila Ferrer.