“Es la ratificación de un profundo desacuerdo, de una derrota muy significativa y previsible del Gobierno de quien los representó en esta demanda, ANSES”, opinó el Defensor de la Tercera Edad porteño, Eugenio Semino, respecto al fallo que acaba de dictar la Corte Suprema a favor de la actualización de haberes jubilatorios con el índice más beneficioso para los jubilados. Semino celebró la sentencia por cuatro votos a uno que hoy dio a conocer el máximo tribunal, aunque aclaró que sus efectos no serán inmediatos y que impactarán sólo en aquellos jubilados que se negaron a adherirse a la reparación histórica: unos 150 mil.
Para Semino, el fallo de la Corte se corresponde con el criterio que habían fijado años atrás, en 2009 con el caso Eliff, aquel que había estipulado que las remuneraciones se debían actualizar por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic). La resolución judicial declaró inconstitucional la utilización del índice propuesto por la ANSES, la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) para calcular el haber inicial. “Trasladado a la liquidación final, el cálculo con el Ripte es una merma del 40,45 por ciento”, explicó el Defensor de la Tercera Edad.
Semino llevó tranquilidad a los jubilados al señalar que el gobierno no puede ahora desoír la sentencia de la Corte, a pesar de que ayer el ministro de Producción y Trabajo Dante Sica había dicho que la sentencia estaría “acotado a un caso”. “Por vía de resolución no se puede cambiar una resolución de la Corte, una jurisprudencia que implique perjudicar al más débil, que es el jubilado”, aclaró el Defensor.
A pesar de ello, pidió a los jubilados “limitar las expectativas” porque no todos podrán beneficiarse con la validación del Isbic. “El colectivo de jubilados son 7 millones, quienes están relacionados con este fallo de forma directa son los que ya llegaron a la Corte y luego los 150 mil restantes que ya están en juicio, que mantuvieron su juicio no aceptando la reparación histórica”, puntualizó Semino, quien además aclaró que “esto no quiere decir que los 150 mil van a cobrar mañana o pasado mañana” porque ahora empieza un nuevo proceso.
Por un lado, aquellos que están en diversas instancias del juicio “van a tener que obtener la sentencia firme antes”, con la posibilidad de que el estado argentino apele estas resoluciones, “como lo hizo siempre, a pesar de que va en contra de tratados internacionales”, según subrayó. Desde entonces, el plazo que le da la Justicia a la Anses para pagar son de 120 días hábiles. “Esto tampoco se cumple, en realidad el promedio del pago está entre un año y un año y medio, con lo cual no va a haber impacto fiscal hasta 2020 y será muy apaisado”, ratificó.