El titular del Juzgado Federal N° 2 de La Plata, Adolfo Gabino Ziulu, hizo lugar a una acción de amparo y le ordenó al Estado Nacional que garantice la vacunación contra el meningococo para todos los menores de 11 años de la provincia de Buenos Aires. El Poder Ejecutivo Nacional había suspendido la dosis para los niños y niñas de esa edad, informándolo a través de la web del entonces Ministerio de Salud de la Nación pero sin acto administrativo alguno. Es decir, no hubo un decreto firmado por los responsables de la medida. Y tampoco se indicó durante cuánto tiempo estaría suspendida la aplicación de esa dosis. 

A consecuencia de eso, la madre de una menor y la Asociación Civil AJUS La Plata-Ensenada realizaron una presentación judicial en contra de esa decisión. Como respuesta, el juez Ziulu primero aceptó tramitar la causa como colectiva, con alcance a todos los niños y niñas de 11 años de la provincia de Buenos Aires, y posteriormente hizo lugar a una medida cautelar y ordenó al Estado vacunar gratuitamente a la niña cuya madre había iniciado la demanda, facilitando los medios para hacerlo.

Ahora, el magistrado resolvió el fondo de la cuestión e hizo lugar al amparo, ya que consideró que el entonces Ministerio de Salud incurrió en una vía de hecho, dado que informó la vacunación por la web sin ningún acto administrativo que lo respalde, en violación al principio de legalidad. 

En ese sentido, el juez Ziulu dispuso la improcedencia de la suspensión de la resolución en cuestión.

El doctor Emanuel Desojo, titular de AJUS y patrocinante de la mujer que pidió el amparo, explicó: “Presentamos el amparo en septiembre, después de que, en agosto, el entonces Ministerio de Salud de la Nación (hoy devenido en secretaría), a través de un comunicado de prensa, informó la suspensión de la dosis a los chicos de 11 años hasta contar con la disponibilidad necesaria. Argumentaba, falsamente, la falta de stock, con lo que les endilgaba la responsabilidad a los laboratorios, que supuestamente carecían de cantidades suficientes, hecho que fue negado por los mismos proveedores”.

Uno de los ejes del amparo es la defensa del derecho a la salud de todos los chicos. “En el momento en que se suspende la vacunación obligatoria y gratuita, la vacuna costaba alrededor de 2000 pesos. Ahora cuesta aproximadamente 3000. No todos pueden pagar. Entonces, lo planteamos también como una cuestión de equidad. Y también pedimos que sean incorporados los chicos que tenían 11 años al momento de la suspensión y ahora ya cumplieron los 12. El fallo incluye a esos chicos, por lo cual están protegidos”, detalló el doctor Desojo. 

Uno de los argumentos esgrimidos por el entonces Ministerio de Salud para suspender la dosis en los púberes fue que ese grupo etario no era el más vulnerable y que priorizaban la vacunación de los más pequeños. Pero ese razonamiento fue pulverizado en el amparo (y sostenido en los “visto” de la sentencia), en base a recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). A los 11 años se pierde la inmunización conseguida con las dosis anteriores, entonces los chicos de esa edad pueden difundir la enfermedad en las escuelas, por ejemplo, y ser una potencial fuente de peligro para los bebés de menos de tres meses, para los cuales no hay vacuna. A causa de la alta tasa de mortalidad y de las gravísimas secuelas, la OMS reconoce la importancia de la enfermedad y la utilidad de la vacunación como medida de prevención.

“Es muy importante que se difunda este fallo, para que todos los que llevaron a los chicos a vacunar y les dijeron que no, vuelvan para que reciban la vacuna. Si en algún lugar les dicen que no ahora, por cualquier razón (que no hay, que la suspendieron, lo que sea), hay que pedir un certificado, para poder presentar una acción legal y conseguir que lo vacunen”, insistió Desojo.

La sentencia del juez Ziulu sólo protege el derecho a la salud de los chicos de la provincia de Buenos Aires, ya que no tiene alcance nacional. Por otra parte, tanto diputados como senadores están intentando blindar las partidas presupuestarias destinadas al programa de vacunación. Un proyecto en ese sentido del diputado Pablo Yedlin fue votado favorablemente en la Cámara baja, en tanto la senadora nacional Magdalena Odarda presentó en la un proyecto de ley para declarar la intangibilidad de las partidas presupuestarias destinadas al Calendario Nacional de Vacunación y las coberturas de vacunas. “En este contexto de ajuste y recortes en salud pública, nos parece imprescindible que el Congreso pueda blindar los recursos para vacunas y que no vuelva a ocurrir lo que sucedió en agosto con la ‘falta de stock’ de la vacuna contra la meningitis”, precisó la rionegrina.