La resolución 4055 del Gobierno de la Ciudad por la cual se cierran 14 escuelas comerciales y 9 cursos en liceos y bachilleratos nocturnos de la jurisdicción aparece como inexplicable e indefendible.
Cerrar escuelas a las que asisten quienes, después de trabajar, quieren elevar su nivel educativo para seguir estudiando y/o progresar en su trabajo... ¿a quien se le ocurre?
Sin embargo, esta decisión se inscribe dentro de una premisa de la derecha argentina de hace mucho tiempo: minimizar la educación de adultos.
Repasemos: en 1989 una de las primeras decisiones del presidente Carlos Menem fue cerrar el Plan Nacional de Alfabetización que había implementado el gobierno de Raúl Alfonsín. En 1992, en el Proyecto de Ley Federal aprobado por el Senado (artículo 32), la educación de adultos quedaba limitada a la Educación Básica, lo que eliminaba los centros educativos de nivel secundario y terciario dependientes de la Dirección Nacional de Educación del Adulto.
El supuesto era entonces (y es ahora) que el Ministerio de Educación debe ocuparse de los “grandes números” y, como la matrícula de esta modalidad históricamente es baja, la solución no es salir a buscar matrícula (a través de relevamientos, becas, convenios con Pymes, tutorías, etc.) sino minimizar la oferta, concentrando la matrícula en pocas escuelas.
Que la matrícula de la educación de adultos sea baja no significa que la demanda educativa potencial no sea altísima: el censo 2010 nos indica que hay en la ciudad, tomando sólo la franja etárea de los 25 a los 39 años (la educación de adultos incluye muchos alumnos de menor y mayor edad), un 11 por ciento de vecinos con secundario incompleto: 78 mil personas.
En los años 90, y al amparo de una Ley Federal de Educación que consideraba a esta modalidad como uno de los “regímenes especiales”, se cerraron escuelas de adultos, así como salas de 3 y 4 años: la prioridad era cumplir con la obligatoriedad de la Educación General Básica (EGB).
Este enfoque fue sustituido cuando en 2006 se sancionó, con los votos del oficialismo y la oposición, la Ley de Educación Nacional (26.206), que en su artículo 46 estableció que “la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos es la modalidad educativa destinada a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por la presente ley, a quienes no la hayan completado en la edad establecida reglamentariamente, y a brindar posibilidades de educación a lo largo de toda la vida”.
Minimizar la educación de adultos es, como tantas otras decisiones, incumplir con la ley y volver a políticas que, implementadas en los años 90, nos condujeron a un país más desigual e injusto.
Mariano Echenique. Doctor en Ciencias de la Educación (UNLP).