Tras ocho años de litigio, la justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad que le brinde un servicio eléctrico adecuado a la Villa 21-24. El fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó los recursos planteados por la gestión de Horacio Rodríguez Larreta y su antecesor, Mauricio Macri, y confirmó lo resuelto en su momento por la Cámara de Apelaciones. De acuerdo al fallo, el gobierno deberá elaborar un “proyecto eléctrico” para “solucionar las falencias y peligros del deficiente servicio de electricidad en el Barrio 21-24 de Barracas” en un plazo de 105 días hábiles administrativos. “Esperamos que empiecen a cumplir con la sentencia para que no haya más muertes, incendios o perdidas de bienes, que es lo que sucedió durante estos años”, dijo el codirector de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (Acij), Sebastián Pilo, que junto al Defensor General de la Ciudad iniciaron un amparo colectivo en 2010.
El fallo del TSJ significará un cambio fundamental para los pobladores de la villa más grande y poblada de la ciudad, 65 hectáreas y más de 50.000 habitantes, que debieron convivir durante años con un servicio eléctrico precario y de alto riesgo gestionado por los vecinos.
Por la falta de urbanización del barrio, la empresa Edesur lleva el servicio hasta la entrada del asentamiento, a través de seis medidores comunitarios. Adentro, las conexiones domiciliares son responsabilidad del gobierno porteño, que es el cliente de la empresa. Pero, ante la inacción del Estado y el incumplimiento del gobierno que apeló las medidas cautelares, el paisaje en el que quedaron inmersos los vecinos es una maraña de cables que se cruzan en el cielo, un tendido eléctrico caótico y muy precario. “Las conexiones tuvieron que ser gestionadas vecinalmente”, contó Felipe Mesel, abogado del Área de Derecho a la Ciudad de Acij. “En abril del año pasado murió electrocutada Gilda, una vecina. Porque la precariedad generó desde incendios y electrocución de personas por electrificación de rejas y paredes o por el contacto directo con cables que no tenían suficiente aislación, hasta la rotura de electrodomésticos” por cortes de luz o sobrecarga eléctrica.
Desde el Ministerio Público de la Defensa consideraron que el fallo del TSJ “deja un antecedente fundamental sobre la obligación estatal de garantizar que se brinde un servicio eléctrico de calidad en las villas, equivalente al que se brinda en el resto de la ciudad”, y remarcaron que “es un gran paso para revertir definitivamente la desidia estatal histórica que tolera una realidad en la que hay personas que mueren sólo por el hecho de ser pobres”.
El derrotero judicial para que los vecinos obtengan un servicio eléctrico de calidad similar al que se presta en el resto de la ciudad comenzó el 26 de noviembre de 2010, con la presentación del amparo colectivo pidiendo que el GCBA diera solución al grave riesgo eléctrico existente en la villa. El juzgado de primera instancia dispuso una medida cautelar y ordenó que se “adopte de forma inmediata todas las medidas urgentes que sean necesarias para eliminar el riesgo eléctrico en sus aspectos más perentorios; es decir, aquellos que comprometen de manera directa la vida, la salud y/o la integridad personal de los habitantes de la villa 21-24”.
También ordenaba “diseñar e implementar una campaña de difusión, dirigida a la población de la villa, tendiente a informar sobre los riesgos eléctricos a los que se encuentran expuestos sus moradores y las precauciones que deben adoptar para reducirlo”.
El 9 diciembre de 2013, el juez de primera instancia hizo lugar al amparo y ordenó la elaboración de un “proyecto eléctrico adecuado” para solucionar las falencias en un plazo de 45 días hábiles administrativos, lapso que después la Cámara, al confirmar el fallo, amplió a 105 días. Además, la Cámara tuvo por probado “que el GCBA es el titular del servicio de electricidad que presta la empresa Edesur en toda la villa 21-24, que paga la facturas que por ese servicio emite la compañía y que el servicio es entregado por el GCBA en condiciones que genera serios riesgos para la salud, la vida y los bienes de las personas que viven en ese barrio”.
En todos los casos y a lo largo de ocho años el gobierno recurrió las sentencias para no realizar las obras necesarias que garanticen un suministro eléctrico estable y seguro en la villa.
Para Pilo, la sentencia del Tribunal da un impulso fuerte “para que se realicen las acciones urgentes, no en 105 días sino de forma inmediata, porque no hay razón para que tengan un servicio deficiente. La elaboración del plan eléctrico va a terminar con los parches”, dijo, y remarcó que “si el Estado invierte mucho menos en donde viven los pobres que en donde viven las clases medias y acomodadas, están discriminando por condición socio económica”.