La embestida judicial de Cambiemos para frenar la consulta popular en La Rioja –que definirá si el gobernador Sergio Casas puede presentarse para un nuevo mandato– sufrió ayer un doble revés. La Procuración General dictaminó que la Corte Suprema no debe intervenir en el proceso y que “el asunto a resolver se relaciona con el procedimiento jurídico político de organización de dicho Estado provincial”. En tanto, el Tribunal Superior de Justicia riojano rechazó el pedido de “inconstitucionalidad” de la enmienda constitucional que habilita a Casas para competir por un nuevo mandato y convocatoria al plebiscito que debe ratificar o rechazar la ley sancionada por la Legislatura provincial. De todas maneras, la Corte, que habilitó la feria judicial para tratar el reclamo de los diputados nacionales del PRO y UCR, debe pronunciarse contrarreloj sobre el pedido de amparo: la consulta popular es el domingo 27 de enero.
“A la luz de tales pautas jurisprudenciales, entiendo que las cuestiones esgrimidas deben tramitar ante la justicia de la Provincia de La Rioja, puesto que el respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales exige que sean los magistrados locales los que intervengan en las causas en que se ventilen asuntos de esa naturaleza”, dice uno de los párrafos del dictamen de la procuradora ante la Corte, Laura Monti, solicitado por los propios cortesanos.
“Es mi parecer que en el presente se intenta que la Corte intervenga en un proceso que debe estar sujeto a la jurisdicción y competencia de los magistrados de la provincia”, insiste la procuradora ante la solicitud de amparo presentada por los diputados nacionales Héctor Enrique Olivares (presidente de la UCR riojana) y Marcelo Wechsler (interventor del PRO en esa provincia), con el patrocinio del ex camarista y ex diputado radical Ricardo Gil Lavedra.
Ahora, el titular de la Corte, Carlos Rosenkrantz –de turno en la feria—, deberá convocar al resto de los cortesanos para fallar sobre el caso apremiado por el tiempo: la consulta popular es el próximo domingo.
El gobierno riojano salió a cruzar duramente la judicialización opositora de la enmienda constitucional y el plebiscito. “Los derechos que otorgan al pueblo, tanto la Constitución Nacional como la Constitución de la provincia de La Rioja y su autonomía, están siendo severamente atropellados a través de un espurio intento de menoscabo por parte de los partidos políticos de la oposición, con motivo de la Ley de Enmienda de la Constitución provincial aprobada por los representantes del pueblo y que convoca a una consulta popular”, dice una solicitada del Gobierno de La Rioja.
Allí también exhorta “a la sensatez que carateriza al máximo órgano jurisdiccional de la República y siguiendo la doctrina sentada en jurisprudencia recientemente dictada en los casos ‘Salta’, ‘Santa Cruz’ y ‘Santiago del Estero’, para que no permita desnaturalizar con intenciones secundarias los ‘derechos del pueblo’ y la ‘autonomía provincial’”.
En La Rioja también se conoció ayer otro revés judicial al intento opositor de frenar el plebiscito. El Superior Tribunal riojano rechazó un recurso de inconstitucionalidad. “Este STJ resuelve: Rechazar la acción de inconstitucionalidad deducida por el señor Miguel Ignacio Medina en representación del partido provincial ‘Convergencia Riojana’, en su carácter de presidente del mismo, en contra de la ley provincial 10.161 y de los actos dictados en consecuencia: Decreto FEP 1484 de fecha 21 de diciembre de 2018 (de promulgación) y Decreto FEP 1491 del 26 de diciembre de 2018 (convocatoria a consulta popular) y en contra del artículo 15 de la ley provincial 5989”, dice el fallo del máximo tribunal provincial.
Casas fue vicegobernador de Luis Beder Herrera (2011-2015) y luego fue elegido gobernador. La enmienda constitucional interpretativa aprobada por dos tercios de la Legislatura riojana (de acuerdo a la Constitución), establece que Casas está habilitado para un segundo y último mandato consecutivo como gobernador. Si la consulta popular del próximo domingo reúne un 35 por ciento de votos negativos del padrón electoral (más de un tercio), la enmienda será rechazada.