El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas emitió el 17 de enero pasado un dictamen en el que insta "encarecidamente" a la provincia de Santa Fe a realizar una "investigación pronta, imparcial e independiente de todas las alegaciones de tortura", formuladas oportunamente por el desaparecido Roberto Agustín Yrusta, que falleció en la cárcel de Coronda el 7 de febrero de 2013. Tras agotar las instancias para ser aceptadas como querellantes, las dos hermanas de la víctima concurrieron a los organismos internacionales, representadas por el entonces Defensor provincial Gabriel Ganón. Estela Deolinda y Alejandra del Valle Yrusta deberán ser reparadas por el estado, según dictaminó el Comité. Además, El Comité recomendó que se tomen las medidas pertinentes para impedir que se repita la situación.

Entre las profusas conclusiones del dictamen, el último punto plantea con claridad que el estado deberá formular "acusaciones específicas de tortura contra los infractores" y aplicar "las penas correspondientes en la legislación doméstica".

Además, al entender que a las denunciantes se les negó de manera sostenida la condición de querellantes, el Comité indicó que al estado que "conceda a las autoras el estatus de víctimas con todos los derechos asociados y les permita constituirse en querellantes en la causa que investiga las alegaciones de tortura y la investigación sobre las causas de muerte del señor Yrusta".

Sobre la reparación que el estado deberá brindar a las hermanas de Yrusta, se indica que deberá ser "apropiada, incluidas medidas de indemnización justa, y de acceso a la verdad". Yrusta estaba detenido en Bouwer, donde fue torturado, y al denunciarlo públicamente, la situación se agravó. Fue trasladado en enero de 2013 a Coronda de forma engañosa, ya que creía que lo llevaban a Santiago del Estero para estar más cerca de su familia. Durante días su familia desconoció su paradero, y por eso, el Comité sobre Desapariciones Forzadas ya le había reconocido el estatus de desaparecido en marzo de 2016. Es el segundo dictamen adverso que recibe el estado argentino -y la provincia de Santa Fe- en relación a Yrusta.

El Comité establece que Santa Fe debe adoptar "las medidas necesarias para favorecer garantías de no repetición con relación a los hechos de la presente queja. Para esto último, el Comité insta al Estado parte a que modifique su legislación procesal penal y a que informe en un plazo de 180 días, con respecto a las iniciativas o medidas impulsadas para permitir que quienes tengan el estatus de víctima puedan participar en los procesos penales que investigan alegaciones de tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, ya sea en calidad de querellantes o con otro estatuto especial". Este punto tiene que ver con los obstáculos que tuvieron las hermanas de Yrusta para acceder como actoras en la causa judicial por la muerte de su hermano, que las autoridades penitenciarias quisieron presentar como suicidio. Sin actividad investigativa, la causa fue archivada el 20 de octubre de 2017.

Las hermanas de la víctima también cuestionan la forma en que se realizó la autopsia y por eso, el Comité invitó al estado a "considerar la posibilidad de que, en caso de existir alegaciones sobre hechos constitutivos de tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con resultado de muerte, se puedan realizar exámenes médicos forenses que gocen de estándares de imparcialidad e independencia".

Otra recomendación del Comité es que se "publique el presente dictamen y difunda ampliamente su contenido, en particular, pero no exclusivamente, entre los miembros de las fuerzas de seguridad y el personal penitenciario encargados de cuidar y atender a las personas privadas de la libertad".