La AFIP dio a conocer las normas para poder deducir el alquiler en vivienda única en el impuesto a las ganancias. El contribuyente podrá deducir hasta el 40 por ciento del valor del alquiler, pero con un límite anual de deducciones de 51.967 pesos (equivalente a 4330,50 pesos mensuales). El locatario, para poder aplicar la deducción por alquiler de vivienda única, no deberá estar registrado como titular de otros inmuebles, Además, deberá informar la fecha de inicio del contrato de alquiler y presentar la factura mensual emitida por el locador. Dicha información será tramitada ante el Siradig, sistema de registro y actualización de deducciones del impuesto a las ganancias.
El organismo recaudador informó, además, que la aplicación Siradig 2016 quedará habilitada entre el 31 de enero al 31 de marzo próximo, mientras que el plazo para presentar las declaraciones juradas informativas se fijó en el 30 de junio del corriente año.
La reglamentación de la AFIP a la última modificación del impuesto a las ganancias también especificó que la nueva deducción especial para jubilados (que sustituye a la Ganancia Mínima no imponible y a la Deducción Especial) será el equivalente a seis veces la suma de los haberes mínimos garantizados, que para el mes de enero alcanza a 33.966 pesos. La condición para poder gozar de ese beneficio es que el jubilado debe recibir únicamente ese ingreso y no sea contribuyente de Bienes Personales, salvo por su casa habitación.