Después de 20 años, la Corte Suprema de Justicia anuló una sentencia absolutoria contra cinco policías de Seguridad Ferroviaria acusados de armar causas contra tres personas inocentes entre 1997 y 1998 y ordenó juzgar a los agentes federales. El fallo, firmado por los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, revierte la sentencia dictada en diciembre del 2012 por el Tribunal Oral en lo Criminal 23, que resolvió declarar la prescripción de la acción penal y sobreseer a los cinco funcionarios policiales imputados por la comisión de varios delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada en concurso ideal con el de falsedad ideológica de instrumento público”. Además, la misma resolución ordena iniciar un nuevo juicio contra los agentes. “Se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen con el fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente”, indicaron en el escrito los supremos.
Entre fines de los 90 y principios de los 2000, la Policía Federal armó un centenar de operativos truchos, mediante procedimientos idénticos, contra personas inocentes. Esos operativos fraguados fueron ejecutados por policías de 14 divisiones y 12 comisarías porteñas diferentes y una de las áreas que más inocentes incriminó fue la de Seguridad Ferroviaria.
El mecanismo siempre era el mismo. En primer lugar, los miembros de la fuerza de seguridad elegían a sus víctimas que, como patrón general, estaban marcadas por la vulnerabilidad: pobres, mujeres trans, inmigrantes ilegales o personas con discapacidad. Una vez seleccionada la víctima, le ofrecían una changa o un trabajo para el cual, generalmente, debía trasladarse a otro punto de la ciudad. Una vez que llegaba al lugar -siempre público-, la persona era abandonada con alguna excusa, bajo la orden de cuidar un bolso. El plan culminaba con el arribo de la Policía, el secuestro de drogas, armas y explosivos dentro de los bolsos “plantados” y la aparición casi instantánea de los medios de comunicación para registrar el “procedimiento exitoso”. Así, la maniobra facilitaba ascensos, elevaba los números estadísticos y servía para mejorar la imagen de la institución.
Los tres casos sobre los que se expidió la Corte Suprema son el del albañil Segundo Víctor Sandoval Morales y el electricista Luis Fernando Cuberos Gutiérrez (ambos desocupados), detenidos el 5 de septiembre de 1997; el del obrero Roque Molfese, ocurrido el 14 de enero de 1998, y el de dos adolescentes de 17 y 19 años, que data del 27 de agosto de 1998. Sandoval y Cuberos quedaron presos por tenencia de armas y explosivos pero fueron sobreseídos más tarde. En tanto, Molfese y los dos jóvenes llegaron a juicio y fueron absueltos.
“La versión parecía disparatada”, contó a PáginaI12 el juez federal Daniel Rafecas, en referencia al caso de Molfese, que le llegó cuando se desempeñaba como secretario en una fiscalía. Su incertidumbre desató “una avalancha de casos”: comenzó a buscar otros similares y, una semana después, ya contaba una docena. Entonces, decidió llevar el tema a la Procuración General de la Nación, y se creó una comisión para investigar operativos fraguados que Rafecas pasó a dirigir. Entre el 2000 y el 2003, la comisión elaboró un informe oficial con 100 casos fraguados verificados, que habían afectado a más de 250 víctimas.
Por otro lado, el magistrado destacó que “desde el año 2004 nunca más la Policía Federal volvió a hacer procedimientos de esas características” y recordó la purga de la fuerza ordenada por el ex presidente Néstor Kirchner. “Hay un sector del Poder Judicial que no termina de advertir la trascendencia que tiene condenar este tipo de prácticas. Este fallo de la Corte es una señal muy clara de que esto no puede quedar impune”, expresó.
Informe: Sibila Gálvez Sánchez.