El respaldo político y judicial con el que contaba Carlos Stornelli comienza a agotarse. Por unanimidad, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata rechazó ayer el planteo recusatorio que el fiscal había planteado contra el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, por lo que el magistrado quedó confirmado al frente de la causa que investiga extorsión, asociación ilícita y una supuesta red de espionaje que involucra funcionarios políticos, judiciales y legislativos. Ahora, Stornelli deberá prestar declaración indagatoria ante Ramos Padilla el próximo martes 26 de marzo, “bajo apercibimiento de ser declarado en rebeldía”.
La resolución firmada por los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez -el tercero, Bernardo Bibel, no firmó por estar ausente y, en su lugar, lo hizo el secretario Rafael Julián-, confirmó lo resuelto por el magistrado de la instancia anterior. Es decir, desestimar la recusación formulada por Stornelli con el objetivo de desplazar a Ramos Padilla y evitar su citación declaratoria. La medida, por lo tanto, ratificó al magistrado al frente del expediente en el que el fiscal es investigado por extorsión junto al falso abogado Marcelo D’Alessio.
En el escrito, los camaristas pusieron el foco en el análisis de la invocada parcialidad y los visos de prejuzgamiento -esto es, los consejos que el magistrado hubiere realizado extrajudicialmente respecto del proceso a alguno de los interesados- en los que, según el fiscal, habría incurrido Ramos Padilla. En ese sentido, no se metieron con otros puntos, también mencionados en la presentación de Stornelli, vinculados a la competencia del órgano investigador o a los reales alcances del impulso fiscal, ya que consideraron que implicaría “adelantar opinión sobre un thema decidendum que está siendo ventilado en otro incidente y que eventualmente puede ser traído en un futuro a estudio de esta alzada”. La conclusión de la Cámara fue que “la actividad del juez instructor no evidencia la alegada falta de neutralidad y el adelanto de opinión que argumenta Stornelli”.
En sus argumentos, Tazza y Jiménez enfatizaron que, siguiendo un principio rector de la Corte Suprema de Justicia, “las causales de apartamiento de un juez que interviene en un expediente deben ser ante un acto de suma gravedad, analizadas en forma sumamente restrictiva y deben ajustarse estrictamente a alguno de los supuestos que la ley establece en forma categórica y taxativa”. Al respecto, concluyeron que en torno a la causal de prejuzgamiento -que constituye el eje central de la recusación de Stornelli- “no se dan en el caso aquellas exigencias que la norma procesal impone para lograr el apartamiento del magistrado interviniente”.
En otro apartado de la resolución, el tribunal analizó dos de las premisas planteadas en la recusación, con las que Stornelli intentó argumentar la falta de objetividad de Ramos Padilla. La primera de ellas tenía que ver con “algunas referencias plasmadas por el magistrado de manera asertiva sobre su participación en las conductas a investigar”. Sobre esto, los camaristas coincidieron en resaltar que “el uso de expresiones de manera asertiva o potencial con las que Ramos Padilla se refirió a la eventual intervención de Stornelli o de otros funcionarios judiciales y/o políticos en probables tareas de inteligencia puede no resultar la manera más conveniente de presentar la posible responsabilidad de los actores”. Sin embargo, consideraron “excesivo entender que tal estilo semántico permita inferir el prejuzgamiento de quien se manifiesta de esa manera”.
La segunda queja de Stornelli había sido “la publicidad que la cuestión ha tenido en medios periodísticos, donde se ventilaron esos conceptos”, que anticiparían su responsabilidad. “Se entiende que la especial atención periodística se debe a la gravedad de los hechos investigados y el interés público en los mismos”, apuntaron al respecto los tribunos. Además, agregaron que “las declaraciones efectuadas en medios periodísticos por el recusado no evidencian objetivamente en su actuación futura un comportamiento que frustre el debido ejercicio de derechos y de garantías constitucionales”.
Con esta resolución, Stornelli queda entre la espada y la pared. Cada vez menos efectivo resulta el respaldo que la familia judicial y el gobierno de Cambiemos le brindaron al fiscal apenas se destapó el D’Alessio Gate. Con la decisión de la Cámara de Apelaciones se agotaron sus maniobras para eludir a la Justicia. Ahora, tras los tres faltazos que pegó en las últimas dos semanas a la citación indagatoria ante Ramos Padilla, el juez le concedió al fiscal la postergación de la audiencia dispuesta para ayer y le dio un ultimátum: el próximo martes 26 deberá presentarse a declarar. Si no lo hace, será obligado por la fuerza pública.
“Siendo la presentación del abogado defensor de Carlos Stornelli un pedido de postergación de la audiencia indagatoria dispuesta para el día de la fecha, interpreto entonces que es intención de su pupilo ponerse a derecho”, sentenció Ramos Padilla, que el jueves se presentó por segunda vez en el Congreso, esta vez ante la Comisión Bicameral de Inteligencia, donde los legisladores del oficialismo buscaron sacarle información que refuerce el pedido de juicio político impulsado por el Ejecutivo.