El fallo de la Corte Suprema que declaró la inconstitucionalidad del cobro a los jubilados del Impuesto a las Ganancias beneficia a unos 300.000 individuos. Los adultos mayores alcanzados, menos del 2 por ciento del total, son aquellos que perciben más de 62.460 pesos mensuales. La decisión del máximo tribunal está limitada a la jubilada María Isabel García, una ex diputada y ex docente, que impulsó el reclamo, pero los abogados especializados consultados por PáginaI12 sostienen, sin embargo, que también quedarán eximidos quienes se presenten ante la Justicia. 

A la novedosa jurisprudencia suprema deberán añadir una explicación sobre la situación de vulnerabilidad social que atraviesan para obtener la exención. Ese fue un argumento central para validar el reclamo de García. Ni la jubilada entrerriana ni quienes ya iniciaron reclamos similares cobrarán de manera inmediata. Los letrados que recorren los tribunales con esas causas advierten que, una vez obtenida la sentencia, el trámite administrativo puede demorar más de dos años. Aquellos jubilados que desde hoy inicien nuevos juicios amparándose en el flamante fallo deberán sumar otros tres años de espera que representan los plazos judiciales habituales en esas causas. Así, el potencial impacto fiscal de la medida, los recursos que dejaría de recaudar el Estado, serán experimentados por el próximo gobierno.

Con esa certeza desde el Palacio de Hacienda precisaron aliviados que “la decisión impactará fiscalmente en la medida en que la Corte Suprema avance en la sentencia de las causas individuales, algo que podrá ocurrir o no a lo largo del tiempo”. La información oficial suministrada por la cartera indica que en 2018, el total de retenciones de Anses por Impuesto a las Ganancias a jubilados y pensionados alcanzó los 5748 millones de pesos. Sobre el monto total, 3600 millones correspondieron a haberes mensuales y 2088 a retenciones sobre sentencias. A esa cifras deben sumarse los datos de las cajas provinciales que elevan el monto total hasta los 14.000 mil millones de pesos.

“Este fallo solo alcanza al 2 por ciento de los beneficiarios del sistema previsional que son quienes cobran los haberes más elevados. Es un fallo más de la Corte Suprema que distrae del tema central que es la movilidad de los haberes. El cuestionamiento a la nueva fórmula llegó a la Corte Suprema pero los magistrados deciden no tratarlo. Esa medida afectaría a 18 millones de personas entre jubilados,pensionados y titulares de asignaciones”, explicó a este diario el abogado previsionalista y ex gerente de la Anses, Miguel Fernández Pastor. 

La Anses informó ayer que al liquidar los haberes de febrero realizó retenciones a 175.000 jubilados. A esa cifra se suman los jubilados y pensionados de las cajas previsionales provinciales que no fueron transferidas a la Nación. Por eso, la AFIP señaló que existían alrededor de 300.000 individuos que perciben más de seis mínimas. De ahí surge el universo potencial de beneficiarios.

“Los jubilados debemos pagar ganancias cuando percibimos un ingreso elevado ya que eso hace a la solidaridad del sistema, para poder distribuir mejor se descuenta Ganancias y se puede pagar más a quienes están debajo”, expresó Fernández Pastor, al indicar que más de la mitad de los jubilados perciben el haber mínimo. El fallo remarca que la inconstitucionalidad del cobro del Impuesto a las Ganancias está limitada a los pasivos que se encuentran en una situación de “vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad” por lo que algunos expertos entienden que la extensión del fallo será incluso más restringida. O sea, no alcanzaría con llevar adelante el juicio sino que sería necesario demostrar, por ejemplo, situaciones vinculadas al estado de salud de las personas.

“El fallo de la Corte Suprema sostiene que el parámetro cuantitativo que establece cuándo deben pagar ganancias los jubilados, los 6 haberes mínimos, no debe ser descartado pero sugiere incorporar un elemento más adicional. Los jueces dicen que buscan abordar una problemática social y el parámetro adicional que proponen es la ‘vulnerabilidad vital’. Sugieren al Poder Legislativo que modifiquen la ley pero mientras tanto seguirá siendo la justicia quién determine si corresponde que el impuesto no sea cobrado”, explicó a este medio el especialista en seguridad social, Jorge García Rapp. “La medida es igualdad entre iguales en igualdad de situación, lo mismo que ya ha enunciado la justicia al sostener la exención de ganancias para los magistrados”, consideró el docente de la Universidad Nacional de Moreno.