La Justicia hizo lugar a un amparo impulsado por trabajadores del Teatro Colón y estableció que la administración porteña deberá, en el plazo de 30 días, presentar un plan de trabajo para identificar, inventariar y proteger “los bienes muebles de valor cultural, histórico y/o artístico” que conforman el patrimonio del teatro. A través de un fallo unánime, la Cámara de Apelaciones rechazó la apelación interpuesta por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y confirmó, de esta manera, la sentencia de 2017 que había ordenado al GCBA y al Ente Autárquico Teatro Colón la realización del inventario y la protección de esos bienes muebles.
Según confirmó el fallo de la Sala II, el plan de trabajo para inventariar esos bienes, que el Gobierno deberá presentar en 30 días, no podrá insumir más de seis meses y deberá tener en cuenta las pautas establecidas en la sentencia de 2017. Siguiendo esas condiciones, el listado tendrá que realizarse “con intervención de los responsables de cada área relevada” y “comprender –como mínimo– los elementos de la biblioteca y el museo, archivos de fotografía, audio y video, escenografía, vestuario, sastrería, zapatería, peluquería, pinturas, artesanías, esculturas, cortinados, tapicería, artefactos lumínicos, instrumentos musicales y el telón”. Para ello, deberán tenerse en cuenta tanto los bienes alojados en el inmueble del coliseo como los que puedan encontrarse depositados en otros edificios.
Una vez finalizado el inventario, según informó el portal iJudicial al publicar el fallo, se deberán instrumentar los mecanismos previstos en la ley 1227 y las normas reglamentarias, a fin de hacer efectiva la catalogación y la protección de dichos bienes.
“Se trata, así, de hacer efectiva la responsabilidad que recae sobre la administración pública en lo referente a la conservación del dominio público que impide consentir una inacción que interferiría con sus cometidos. En definitiva, se ha indicado adoptar las medidas pertinentes en aras a garantizar efectivamente la protección que merezca el patrimonio cultural de la Ciudad, por las vías administrativas y procesales correspondientes”, explicaron en el fallo los camaristas Esteban Centanaro, Fernando Juan Lima y Mariana Díaz.
Las actuaciones se iniciaron a partir de un amparo impulsado en 2009 por Máximo Parpagnoli, Pastor Jorge Mora, Diana Fasoli, Patricia Pérez y María Sara Tonazzi, habitantes y empleados del Teatro Colón que señalaron que el Master Plan que guio la refacción del Colón implicó “graves y notorias modificaciones en el edificio” y alteró “el patrimonio histórico, cultural y artístico” del lugar.
Los seis empleados que se presentaron ante la justicia consideraron que la intervención sobre el Teatro, que había sido declarado monumento histórico en 1989, fue “agresiva, improvisada e incoherente” y señalaron por “conductas activas y omisivas” al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y al Ente Autárquico Teatro Colón. Según detallaron en el amparo, durante las obras para reformar el lugar de acuerdo con el Master Plan, “no se confeccionaron inventarios” y corrieron riesgos –por traslados de modo “discrecional, ilegal” y sin “mínimas medidas de seguridad y conservación”– bienes de las áreas de archivo, biblioteca, escenografía, zapatería y fotografía, entre otros. Por todo esto, solicitaron la implementación de “medidas de protección, resguardo, preservación, conservación” y “recomposición” de los bienes del teatro.
En un fallo de 2017, el juez de primera instancia Guillermo Scheibler hizo lugar parcialmente a este amparo, al considerar que el Gobierno de la Ciudad incurrió “en una omisión ilegítima en el deber de preservar y proteger el patrimonio cultural” del Teatro Colón. En esa sentencia, el magistrado le ordenó al Gobierno realizar “un plan de trabajo” para inventariar, en menos de seis meses, “los bienes muebles de valor cultural, histórico y/o artístico que integran el patrimonio de Teatro”. Para el titular del juzgado N°13, la falta de inventario “impactaba en diversos aspectos del derecho a participar de la vida cultural”, y “conspiraba contra la conservación de importantes bienes culturales, pues al no estar catalogados como tales era más factible que no se encontraran sujetos a los cuidados específicos que su preservación pudiera requerir y a protocolos particulares para su utilización, traslado, etc.”.
Esa decisión judicial fue apelada por el Gobierno de la Ciudad. Sin embargo, en un fallo reciente, la Cámara de Apelaciones rechazó esa apelación.