La decisión de un juez platense, quien resolvió el mes pasado que es inconstitucional exigir un libre deuda de infracciones como requisito para poder renovar el registro de conducir en la provincia de Buenos Aires, volvió a poner en debate las políticas de seguridad vial y el valor de las multas como herramienta para crear conciencia en los conductores. La mayoría de los especialistas consultados por este diario esgrimieron dos tipos de argumentos: unos, priorizaron el derecho a la defensa ante las sanciones; otros, resaltaron la necesidad de sancionar las conductas infractoras. Sin embargo, todos coincidieron en un punto: el escaso control del tránsito por parte de las autoridades, en un contexto en el que hay más de 20 víctimas por día y arriba de 7000 muertos por año en siniestros viales en el país. La mayoría de ellos en la provincia de Buenos Aires, que encabeza el ranking de siniestralidad. Este diario intentó comunicarse por todos los medios, numerosos llamados y contactos con voceros de prensa del organismo provincial responsable del área, y no logró que ningún funcionario explicara cómo se está trabajando en materia de seguridad vial en el territorio bonaerense.
La medida del juez Juan José Ruiz, quien habilitó al motociclista que presentó un amparo a obtener su registro pese a las cinco multas impagas, dividió las opiniones.
Por un lado, la Defensoría del Pueblo bonaerense recordó que, tras una resolución elaborada por el organismo, “no es necesario que los municipios (bonaerenses) requieran del pago de deudas sin sentencia firme a la hora de renovar las licencias de conducir”. Medida que había sido dispuesta por el gobierno provincial, a través de su dirección de Política y Seguridad Vial, con la que infructuosamente PáginaI12 intentó comunicarse. “Los municipios no deben obstaculizar la renovación del registro de conducir si el ciudadano posee infracciones constatadas o en trámite, sin sentencia firme”, advierte la defensoría. Y en ese sentido, el Defensor del Pueblo Adjunto, Walter Martello, entiende “que la negación del derecho a defensa al no tener las multas sentencias firmes y utilizarla como elemento de coacción a la hora de obtener las licencias, solo siguen fines recaudatorios”.
El juez platense no fue el primero en declarar la inconstitucionalidad del artículo 10, apartado 3, del anexo II, en el decreto 532/2009 del Ejecutivo provincial. Dos años atrás, un tribunal de Mar del Plata entendió también que ese apartado violaba “los principios máximos de razonabilidad, legalidad, igualdad y el derecho constitucional de transitar libremente”.
Para el presidente de la asociación civil Luchemos por la Vida, Alberto Silveira, si bien es “cierto que hay jurisprudencia en ese sentido”, en nuestra opinión “sería correcto negársela en el caso de que se trate de infracciones o contravenciones que impliquen un peligro para la conducción, y diferenciarlo de otras infracciones. En caso de mal estacionamiento, negarlo sería casi una forma extorsiva del Estado para cobrar, cuando puede poner en práctica un procedimiento de ejecución. En casos como el exceso de velocidad, no usar el cinturón o pasar un semáforo en rojo, que hacen a la calidad del conductor y la responsabilidad, y que tiene que ver con la habilitación que le da el Estado para conducir, se puede justificar que le nieguen la renovación hasta tanto pague la multa, que es asumir la responsabilidad por lo que se hizo mal”. Y remarcó que “la multa como herramienta funciona si se concreta. No hay forma de hacer cumplir las leyes de tránsito, ni acá ni en ningún país, si no se aplican sanciones. Donde hay seguridad vial el sistema de control y sanción funciona muy bien. Acá se controla muy poco y la cantidad de multas que se labran es mínima en comparación con el número de infracciones que se cometen”.
Al igual que el juez, el presidente del Observatorio Vial Latinoamericano, Fabián Pons, remarcó que no se puede negar el registro si no hay sentencia firme, porque “todas las personas tienen el derecho a ejercer su derecho a la defensa”. Pero advirtió que “el gran problema es que en la provincia de Buenos Aires todas las multas están mal comunicadas. Tenemos un sistema de comunicación nefasto a lo que se suman los negocios de los municipios con multas truchas. Y cuando se quiere meter la Agencia Nacional de Seguridad Vial para ejercer el control no puede porque alegan el federalismo”.
De todos modos, aclaró que “si la persona tiene multas por exceso de velocidad o por andar por la banquina, y la multa está bien comunicada no hay duda que corresponde no darle el registro hasta que no pague”.
El licenciado en accidentología vial y presidente de la Asociación de Ciclistas Urbanos, Néstor Sebastián, dijo que “lo primero que hay que resaltar es que estas noticias se ponen como haciendo propaganda a la libertad que debería tener una persona, y donde parecería entrar en colisión dos derechos, cuando lo que debería estar en primer plano es que las muertes por accidentes de tránsito son una de las causas más importantes en nuestro país”. “Pero no es lo mismo quien no pagó la patente que quien hizo una infracción de tránsito. Y desde el punto de vista de la seguridad vial se podría hacer una discriminación: estacionar en doble fila, que puede generar un riesgo que no tiene inmediatez, no es lo mismo que no dar prioridad de paso al peatón, el exceso de velocidad o cualquier conducta temeraria que tiene inmediatez en el riesgo”. “Tenemos que acotar las conductas de riesgo”, advirtió y recordó que días atrás “murieron varias personas por ir en la caja de una camioneta, y el tema se desvió a que no se hicieron obras. Cuando el accidente pudo ocurrir igual con el mismo resultado porque estaban llevando a personas en una caja que no es apta para llevar pasajeros, y sin embargo no vas a encontrar multas por llevar gente en la caja. Y son cientos de camionetas las que circulan en la provincia de esta forma porque a la falta de control se suma que la sociedad no tiene conciencia”.
Para el periodista especializado en tránsito Jota Leonetti “si alguien comente una infracción hay que cobrarla porque es una sanción para que cambie su conducta. La gente no le da dimensión al peligro vial”, y explicó que para evitar que la multa se entienda como recaudatoria hay que “aplicar el sistema de scoring”, que no existe en la provincia y está “dibujado” en la capital. “Todos hablan del no respeto a la norma cuando es el otro el que la incumple”, remarcó, y sostuvo que “el derecho a la defensa es discutible, no todos las infracciones las podés detener in situ”.
En este sentido, cabe recordar que, a principios de abril, el juez federal de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, declaró inconstitucionales las fotomultas por exceso de velocidad en las rutas nacionales de Misiones por considerar que tiene fines recaudatorios al aplicar el sistema automático de fotomultas sin detener al conductor.
Leonetti explicó también que las multas están mal comunicadas y llegan tarde por cuestiones reglamentarias y porque el sistema es arcaico. “Es un sistema en el que una persona tiene que ir a sacar el chip de una cámara determinada, llevarlo a una computadora determinada, en un lugar específico, y descargar la imagen. Después, eso tiene que ser chequeado para ver si lo que lee el sistema es correcto o no. Para agilizar eso, habría que registrar una dirección digital al momento de sacar la licencia, de la misma forma que hay que tener un domicilio digital en la AFIP. Es cierto que no hay control pero tampoco hay conciencia. La gente reclama control pero después no le gusta cuando le toca. Y la sanción construye esa conciencia vial”.