Luego de varios cruces entre el juez federal Alejo Ramos Padilla y Juan Pablo Curi, el magistrado desestimó hoy un pedido de recusación contra el fiscal. Le bajó así el tono a la confrontación, sostuvo que las diferencias procesales son lógicas en una causa de esta naturaleza y que no pueden constituir un motivo para apartar al fiscal.
En una resolución firmada esta mañana, Ramos Padilla afirmó que “el impulso de la investigación por parte del Ministerio Público Fiscal se encuentra garantizado con la actuación del Dr. Juan Pablo Curi, cuya actuación ha sido útil y eficaz”.
Las recusaciones habían sido formuladas por las querellas Maximiliano Rusconi y Ricardo Etchegaray, representada por el abogado César Raúl Sivo y las defensas de Rolando Barreiro y Juan Ignacio Bidone, representadas por Tatiana Terzano y Diego Álvarez Bognar, respectivamente. Tanto el ex espía Barreiro y el fiscal suspendido Bidone buscan convertirse en arrepentidos, pero acusan a Curi de frenar y dilatar el trámite, para evitar que aporten a la investigación.
En una audiencia que tuvo lugar este lunes, los abogados plantearon que Curi debería haber tenido mayor compromiso profesional, más eficiente y orientado a la búsqueda de la verdad. Sin embargo, Ramos Padilla no coincidió con los letrados y le bajó el tono a la confrontación con Curi. En su resolución, el juez señala que hay “cuatro dictámenes producidos por los distintos representantes del Ministerio Público Fiscal que han dado concreto impulso a la acción penal, en los que se circunscriben de forma pormenorizada los hechos, se realizan calificaciones legales provisorias, se identifican a los presuntos responsables y, en tres de ellos, además, se proponen numerosas medidas de prueba para que sean dispuestas por el Tribunal”.
A pesar de que Curi busca que el expediente pase a Comodoro Py - encabeza un planteo de incompetencia en línea con el fiscal en rebeldía Carlos Stornelli y el detenido y procesado Marcelo D´Alessio- Ramos Padilla entendió que hasta el momento “su actividad (la de Curi) fue importante para el avance de la investigación y los dictámenes y pruebas reclamadas resultaron útiles y conducentes para el avance de la averiguación de la verdad”.
Además, el juez consideró que “la diferencia de criterios en torno a cuestiones jurídicas” no son motivo suficiente para apartar al fiscal de la causa ya que “no permite inferir una pérdida de objetividad o un temor de parcialidad”.
En cuanto a la falta de avances por parte del fiscal Curi para aceptar que Barreiro y Bidone se conviertan en arrepentidos, Ramos Padilla señaló que la ley establece que el acuerdo en ese sentido sólo puede ser celebrado por el fiscal y el imputado, por lo que él como juez no tiene la facultad de opinar al respecto ni mucho menos que sea argumento para aceptar una recusación. Afirmó que la celebración de un acuerdo de imputado colaborador “constituye una atribución legal dada únicamente a las partes -Defensa y Fiscalía- y no al Tribunal. De este modo, si no es posible al Juez avanzar en la celebración de un acuerdo -ni impedir que este se realice- y sólo le corresponde intervenir una vez presentado para su homologación, tampoco el Tribunal se encuentra facultado para señalar la supuesta falta de objetividad de un fiscal sobre la base de su negativa a firmar un acuerdo de esta naturaleza”
Ramos Padilla es crítico de la ley del arrepentido al afirmar que deja "varios vacíos legales". En su escrito señala que “la Ley nº 27.304, impone un procedimiento que, más allá de algunas causas específicas, ha tenido escaso recorrido en los tribunales, y, como puede verse, tiene varios vacíos legales. A partir de esta falta de previsión del legislador, podrían formularse diferentes tipos de interrogantes, en torno al procedimiento establecido en dicha ley, tales como: ¿Es discrecional la facultad del fiscal de celebrar un acuerdo? ¿Debe fundamentar su rechazo? ¿Es función del Juez interviniente realizar un examen de legalidad y razonabilidad respecto de la negativa fiscal de prestarse para tal acuerdo? (...) Ninguna de estas cuestiones fue abordada en forma puntual por la ley, pero está claro que en todo caso, y en función de las previsiones e implicancias procesales del artículo 120 de la Constitución Nacional, si existiera alguna clase de revisión en torno a las potestades que la norma pone en cabeza del fiscal, la misma debería canalizarse dentro del ámbito del propio Ministerio Público Fiscal”.
Según lo que pudo saber Página/12, los abogados querellantes y las defensas no van a insistir con la recusación ante la Cámara. Es decir, no van a apelar el respaldo que Ramos Padilla le dio al fiscal. Entienden que Curi ahora sí está interesado en que avance la investigación. El giro del fiscal quedó plasmado en su último dictamen, en el que hace un pormenorizado detalle de los delitos de la banda de D´Alessio en connivencia con Stornelli y reclama una gran cantidad de medidas de prueba. Entre ellas, citar como testigos a Mirtha Legrand y a su nieto y productor Nacho Viale y un pedido de informe a la AFI para que diga si hubo comunicaciones del organismo con los miembros de la asociación ilícita.
El abogado querellante Maximiliano Rusconi le adelantó a Página/12 que no apelarán ya que “en su último escrito Curi cambia radicalmente su comportamiento y propone un conjunto de medidas bien orientadas, útiles, para que avance la investigación. Si hoy Curi da muestras en esa tendencia de trabajo, fantástico. No tenemos por qué apelar. Nosotros no recusamos caprichosamente. Recusamos porque teníamos un fiscal que hasta ese momento había hecho poco y nada. Pero si Curi vuelve al trabajo investigativo, bienvenido Curi”, expresó.