En el juicio al médico que mató de cuatro balazos a un joven que intentaba robar su auto, luego de los alegatos, los doce integrantes del jurado popular se retiraron de la sala para deliberar y decidir si Lino Villar Cataldo es culpable de homicidio (como pidieron la fiscalía y la querella) o debe ser absuelto (como reclamó la defensa). A cada uno de los jurados la jueza Carolina Martínez le entregó un formulario de veredicto con tres opciones: culpable por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego; culpable por exceso en la legítima defensa; no culpable. Para que Villar Cataldo sea declarado culpable, son precisos diez votos; la decisión será leída ante el tribunal por el presidente del jurado.
La deliberación es un proceso secreto en el cual sólo están presentes los doce jurados titulares (seis mujeres, seis varones), en un debate moderado por uno de ellos, elegido como presidente. Para poder declararlo culpable, diez de ellos deben estar de acuerdo; “si el jurado tiene 9 votos y no alcanza a 10, el juicio puede repetirse otra vez ante otro jurado diferente a pedido del fiscal”, explicó el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), una de las organizaciones que promovió la adopción de juicios por jurados.
Si no hay diez votos por una de las tres opciones, Villar Cataldo deberá ser declarado no culpable, “porque no se puede condenar a una persona con semejante nivel de duda”, detalló Inecip. La necesidad de esa mayoría es “por respeto al principio de inocencia que dicta la Constitución Nacional, que exige que toda condena debe poseer un nivel muy superior de certeza. No se admiten condenas con dudas”.
En los demás distritos del país que admiten juicios por jurados populares, los veredictos de inocencia o culpabilidad requieren que la decisión sea unánime.
Durante el proceso de deliberación, “cada integrante debe comentar al resto el análisis de los hechos y de las pruebas. Es muy importante que los jurados se escuchen entre sí y que se atienda a todas las opiniones y los puntos de vista”, recordó Inecip.
Los jurados populares pueden tomarse el tiempo que necesiten para decidir, porque no hay un plazo establecido para ello. El único requisito al respecto es que, si se trata de resolver sobre un veredicto de condena perpetua, la decisión debe ser unánime.