La Justicia Civil y Comercial de Rosario ordenó a Litoral Gas restituir sin costo el medidor que le retiró por falta de pago a un jubilado, y sentó precedente a nivel nacional. Tras la presentación del recurso de amparo por parte de la Multisectorial contra los Tarifazos, el juez Gabriel Abad tomó en cuenta el fallo de la Justicia de Dolores y consideró que se trata de un caso social y de raigambre constitucional. El hombre tiene 61 años, problemas de salud y dos nietos menores de edad a su cargo, tras el fallecimiento de su hija. El abogado de la organización, Juan Alcaraz, advirtió que la morosidad en el pago de facturas de gas alcanza un 35 por ciento, en Rosario. "A la gente se le está haciendo imposible pagar, no pueden usar más tarjetas y están en la situación de decidir entre alimentar a la familia o pagar. Es desesperante. Ni hablar de los problemas psicológicos y de salud que genera esto".
El beneficiario del fallo judicial tiene 61 años, problemas de salud y dos nietos menores de edad a su cargo, desde que falleció su hija.
"Me venían boletas de unos 3.000 pesos y con los intereses se fueron a 5.000. Llegaron facturas de hasta 12.000 pesos, sin explicación porque tenemos un calefactor chico, la casa no es grande; un calefón y una cocina, nada más", dijo el jubilado Oscar Strua, que tiene a cargo dos nietos de 10 y 16 años.
En la presentación judicial, Alcaraz pidió que en el fallo de fondo se declare la inconstitucionalidad del corte del servicio; y de manera cautelar añadió que se deje sin efecto el corte por el retiro "arbitrario, ilegítimo e ilegal" del medidor. Para el letrado, el accionar de la empresa concesionaria del servicio no se ajusta a las resoluciones del Juzgado Federal de Dolores, a cargo de Alejo Ramos Padilla, de mayo y junio del año pasado.
Al mismo tiempo, detalló que el damnificado padece diabetes, es insulino dependiente, tiene elevado colesterol, hipertiroidismo e hipertensión. También sufrió un ACV. Por lo tanto, el abogado expresó que "la mayor parte de su jubilación la destinaría a medicamentos". todo ello configura un caso de "vulnerabilidad social y económica que le impidió abonar algunas facturas por el servicio, dado el elevado monto de los mismos".
En una semana, y tras correr traslado a la empresa, el juez Abad consideró que "se encuentran involucrados derechos fundamentales". Y aclaró: "Cabe tener presente que los tratados internacionales de Derechos
Humanos que integran el bloque de constitucionalidad reconocen invariablemente el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, derecho dentro del cual se ubica la vivienda digna".
Tras la decisión, Alcaraz manifestó que es la primera resolución a nivel país, un "caso líder", tras el fallo del juez Ramos Padilla, que reza que las distribuidoras no pueden realizar cortes de gas por falta de pago, sin antes indagar sobre el estado de vulnerabilidad social del usuario. "Sorprende la pasividad de Enargas, como organismo que tiene que salir a defender a usuarios y consumidores. Debería ser el que autorice los cortes porque es quien tenía que notificar la sentencia de Padilla", dijo el abogado.